CONVOCATORIA QUE RIGE LAS AYUDAS AL FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA DENTRO DEL PROGRAMA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DEL PLAN DE VIVIENDA DE CANARIAS 2020-2025

Es objeto de las pres entes bases regular el otorgamiento de ayudas dentro de la línea de actuación “fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada en el término municipal” del Programa Regional para Combatir la D espoblación en el Medio Rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020 - 2025, cumpliendo los requisitos establecidos en dicho Programa y su documento técnico y con la finalidad de asegurar la rehabilitación o adecuación de viviendas de titularidad privada del entorno rural a las condiciones mínimas de habitabilidad, ahorro de consumo energético, elementos estructurales y, en definitiva, aquellas obras necesarias para el adecuado mantenimiento de las mismas, con lo q…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES705 - Gran Canaria. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA BRÍGIDA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

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  • DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE
  • DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE, en su caso
  • DATOS DE LA VIVIENDA OBJETO DE LA AYUDA
  • 1 Descripción de las deficiencias o necesidades de la vivienda Indique de forma breve las deficiencias existentes en la vivienda que justifican la necesidad de realizar
  • 2 Descripción de la actuación para la que se solicita la ayuda Indique de forma breve las obras o actuaciones que se pretenden realizar para subsanar las
  • DECLARACIÓN RESPONSABLE DE DATOS DE LA UNIDAD FAMILIAR, en su caso A los efectos de las Bases, se considera unidad familiar la compuesta por la persona solicitante, su cónyuge o la persona que con ella conviva en el supuesto de uniones de hecho, así como otros familiares de primer y segundo grado por consanguinidad o afinidad que constituyan una unidad económica, declarando responsablemente que el número total de miembros de mi unidad familiar es
  • 1 MENORES A CARGO DE LA PERSONA SOLICITANTE Nº Nombre Apellidos DNI/NIE (si dispone) Fecha de nacimiento Edad Menor 1 Menor 2 Menor 3
  • 2 PERSONAS MAYORES DE EDAD QUE FORMAN PARTE DE LA UNIDAD FAMILIAR Las personas mayores de edad integrantes de la unidad familiar autorizan u otorgan, cuando resulte necesario, su consentimiento para que el Ayuntamiento de Santa Brígida pueda obtener o consultar los datos y documentos necesarios para la tramitación de la presente solicitud, conforme a lo previsto en las bases reguladoras de la convocatoria. Parentesco con la persona solicitante Nombre Apellidos DNI/NIE Firma
  • DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA PERSONA
  • - Cumple los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
  • - Los datos consignados en la presente solicitud y en la documentación aportada son ciertos , comprometiéndose a comunicar al Ayuntamiento cualquier variación que pudiera producirse.
  • - La vivienda objeto de la actuación cumple los requisitos establecidos en las bases.
  • - No haber iniciado las obras para las que solicita la subvención con anterioridad a la presentación de la solicitud.
  • - Se halla al corriente en el cumplimien to de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con los regímenes alternativos de previsión social que correspondan, y no mantiene deudas con el Ayuntamiento de Santa Brígida.
  • - No se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • - Se compromete a destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente durante el periodo mínimo establecido en las bases, en su caso.
  • - No ha recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto procedentes de cualquier Administración o ente público. En caso contrario, se hace constar que ha solicitado o recibido las ayudas cuya documentación se adjunta.
  • - En caso de haber recibido con anterioridad subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Santa Brígida, ha procedido a la justificación de las mismas en los términos legalmente establecidos.
  • - Se compromete a cumplir las obligaciones establecidas en las bases reguladoras y en la resolución de concesión.

Gastos y actuaciones

  • Séptima: Presupuesto y gastos subvencionables. · eligible
    El presupuesto subvencionable será el correspondiente al total de la ejecución de las obras descritas en la base segunda, incluidos los trabajos que sean necesarios para la correcta y completa ejecución de las actuaciones, más los honorarios de los profesionales intervinientes -coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados n ecesarios-, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares siempre que todos ellos estén debidamente justificados y sean absolutamente necesarios para la realización de las obras y su puesta al uso. No se incluirán impuestos, tasas o tributos.
  • En todo caso, el importe de la subvención no podrá exceder del coste de los gastos subvencionables. · eligible
    Asimismo, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
  • En todo caso, el importe de la subvención no podrá exceder del coste de los gastos subvencionables. · eligible
    Los costes subvencionables de la actuación no podrá superar los costes medios de mercado que a tales actuaciones correspondan.
  • En todo caso, el importe de la subvención no podrá exceder del coste de los gastos subvencionables. · eligible
    Los honorarios profesionales subvencionables estarán limitados al 7,5% del coste de las obras.
  • En todo caso, el importe de la subvención no podrá exceder del coste de los gastos subvencionables. · eligible
    El presupuesto subvencionable no incluirá electrodomésticos.
  • En todo caso, el importe de la subvención no podrá exceder del coste de los gastos subvencionables. · eligible
    Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor en la normativa de contratación pública, la persona beneficiaria deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.
  • En todo caso, el importe de la subvención no podrá exceder del coste de los gastos subvencionables. · eligible
    Para la obtención de las subvenciones relacionadas en este programa, se requiere que la obra subvencionable no se haya iniciado antes de la fecha de solicitud de la subvención
  • En todo caso, el importe de la subvención no podrá exceder del coste de los gastos subvencionables. · eligible
    La persona beneficiaria podrá contratar con terceros la ejecución material de las obras, servicios o actuaciones subvencionadas, asumiendo en todo caso la responsabilidad de la correcta ejecución de la actividad frente al Ayuntamiento. Cuando proceda, deberá respetarse lo previsto en el artículo 29 de la Ley 38/2003, así como la obligación de solicitar tres ofertas en los supuestos previstos en el artículo
  • En todo caso, el importe de la subvención no podrá exceder del coste de los gastos subvencionables. · eligible
    3 de dicha Ley.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto de las pres entes bases regular el otorgamiento de ayudas dentro de la línea de actuación “fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada en el término municipal” del Programa Regional para Combatir la D espoblación en el Medio Rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020 - 2025, cumpliendo los requisitos establecidos en dicho Programa y su documento técnico y con la finalidad de asegurar la rehabilitación o adecuación de viviendas de titularidad privada del entorno rural a las condiciones mínimas de habitabilidad, ahorro de consumo energético, elementos estructurales y, en definitiva, aquellas obras necesarias para el adecuado mantenimiento de las mismas, con lo que se pretende contribuir también a propiciar la permanencia o el cambio de residencia a este Municipio, correspondientes al ejercicio 2025. Las presentes bases tienen carácter específico para esta convocatoria, vinculada a la financiación concedida por el Instituto Canario de la Vivienda al Ayuntamiento de Santa Brígida. La línea de ayudas se justifica por la financiación finalista recibida, la finalidad pública del Programa para combatir la despoblación del medio rural y la necesidad de canalizar las ayudas a las personas destinatarias finales mediante procedimiento de concurrencia competitiva.