CONVOCATORIA PYME GLOBAL 2026. MISIÓN COMERCIAL DIRECTA MEXICO. PARA EMPRESAS DE LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LA CÁMAR…

Título oficial: CONVOCATORIA PYME GLOBAL 2026. MISIÓN COMERCIAL DIRECTA MEXICO. PARA EMPRESAS DE LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE GRANADA

La presente convocatoria tiene por objet o promover la participación de pymes de la demarcación territorial de la Cámara de Granada en la actuación MISION COMERCIAL DIRECTA A MÉXICO, del 23 al 27 de noviembre de 2026. Esta actuación va dirigida principalmente a empresas del sector turístico que quieran conocer nuevos proveedores, clientes potenciales y las novedades relacionadas con el mercado turístico mexicano. En caso de que se organice la misma actuación en varias anualidades, una misma empresa podrá participar un máximo de 4 veces en la misma.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES614 - Granada. La gestiona CÁMARA DE COMERCIO DE GRANADA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.807,00 €. Plazo: Fin: 02/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán tener la condición de beneficiarios, las empresas que cumplan los requisitos para optar al
  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación (según Anexo II de esta convocatoria).
  • Declaración anual de IVA del último año finalizado o cualquier otro documento oficial, del último año disponible, en el que pueda comprobarse el cumplimiento de la facturación requerida.
  • Informe de plantilla media de trabajadores en alta, de la TGSS, en el período 01 -01-2025 a 31 -12- 2025 En el caso de la información vinculada con las obligaciones tributarias, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 2.4 de la
  • Poder de representación de la persona que presenta la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa)
  • Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, solicitado a efectos de obtener subvenciones.
  • Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social expedido por la TGSS, solicitado a efectos de obtener subvenciones.
  • Certificado de Situación Censal expedido por la AEAT, en el que se indique el centro operativo del solicitante y actividades económicas efectivamente desarrolladas, así como su antigüedad.
  • En cualquier caso, la Cámara de Comercio podrá requerir cuanta documentación estime pertinente para acreditar el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria.
  • PRESUPUESTO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS. CONCEPTOS SUBVENCIONABLES. El presupuesto máximo de ejecución de la actuación MISION COMERCIAL DIRECTA A MÉXICO, del 23 al 27 de noviembre de 2026, en el marco de esta convocatoria es de 14.163,85 euros, en el marco del Programa
  • 1 Presupuesto de los servicios de apoyo de la Cámara de Comercio de Granada Estos servicios se realizan en el marco de las funciones de carácter público-administrativo encomendadas a las Cámaras de Comercio en la Ley 4/2014, de 1 de abril, para fortalecer el tejido empresarial a través del desarrollo de actividades de apoyo y estímulo al comercio exterior. El presupuesto para estos servicios es de 3.356,85 euros, que serán prefinanciados en su totalidad por la Cámara de Comercio de Granada, no suponiendo desembolso alguno, ni coste, para la empresa participante en la actuación. La financiación para el desarrollo de estos servicios será aportada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea , por la Diputación de Granada y por la Cámara de Comercio de Granada.
  • 2 Presupuesto de ejecución de las pymes participantes: El presupuesto de ejecución de las pymes participantes en esta convocatoria es de 10.807,00 euros y comprende los conceptos que se relacionan a continuación -y que están recogidos en el Anexo I
  • Coste unitario gastos de transporte: 1.250 euros
  • Coste unitario gastos de alojamiento y/o manutención: 255 euros /día de actividad en destino ✓ Adicionalmente, se financiarán los costes indirectos de las empresas, a tipo fijo, aplicando el porcentaje del 7% de los costes directos subvencionables, según art. 54 letra a) del Reglamento (UE) 2021/1060. La cuantía máxima de la ayuda por empresa beneficiaria asciende a 2.296,49 euros, correspondiente al 85% de la cofinanciación de FEDER del importe los gastos detallados en este apartado, siendo el 15%
  • MOB 2026 #EuropaSeSiente 7 de 16 restante aportado por la empresa beneficiaria , quien deberá a deberá contratar y prefinanciar dichos gastos. El número máximo de empresas beneficiarias previsto asciende a 4, con el siguiente desglose inicial por
  • 105,25 € 6.889,46 € 3 La distribución presupuestaria entre ambas zonas se ha realizado atendiendo al Directorio Central de Empresas (DIRCE) del Instituto Nacional de Estadística para la provincia de Granada a diciembre de 2023. El presupuesto inicial de cada zona geográfica podrá varia, en función de la demanda y los remanentes que puedan generarse en las demás zonas geográficas. En el caso de que en una de las zonas no se registran suficientes solicitudes para cubrir el presupue sto asignado, la diferencia pasará automáticamente a incrementar el presupuesto de la otra Zona.
  • PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, CRITERIOS DE SELECCIÓN Y RESOLUCIÓN La concesión de ayudas respetará los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia, igualdad y no discriminación y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias. Las solicitudes de participación y admisión de empresas al Programa serán seleccionadas por estricto orden de registro de entrada en la Sede Electrónica. Las ayudas se concederán bajo el único criterio del orden de registro de la solicitud en la Sede electrónica, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos hasta que se agote el crédito presupuestario asignado en la presente Convocatoria. El técnico coordinador del programa será el instructor del procedimiento, mientras que la Secretaría General será el órgano competente para su resolución. La resolución de las solicitudes será comunicada de manera individualizada a los beneficiarios a través de la Sede electrónica de la Cámara de Comercio . El listado de admitidos, denegados y lista de espera de la
  • Por justificación se entenderá, en todo caso, la aportación de los documentos justificativos de los gastos realizados, debiendo comprender el gasto total de la actividad subvencionada, aunque la cuantía de la subvención sea inferior. La justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención, de la aplicación de los fondos recibidos, de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos previstos en la convocatoria, será realizada por las empresas beneficiarias. La justificación económica se realizará de acuerdo con lo establecido en la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027. En este sentido, todos los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la operación cofinanciada. La justificación de la ayuda se realizará teniendo en cuenta las instrucciones recogidas en el Anexo I
  • “Tipología de Gastos Elegibles y Justificación”, conforme al siguiente procedimiento: a. Todos los gastos deberán estar pagados antes de la FECHA FIN ELEGILIBIDAD indicada en el punto 2 de la Resolución de admisión (calendario de devengo y pago) , mediante una de las formas de pago aceptadas. b. La justificación completa de los gastos deberá realizarse antes de la FECHA FIN JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL indicada en el punto 2 de la Resolución de admisión (calendario de devengo y
  • MOB 2026 #EuropaSeSiente 11 de 16 d. Si en el proceso de revisión se apreciara la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada por el beneficiario, se pondrá en conocimiento de éste, concediéndole un plazo de diez días hábiles para su corrección. e. La Cámara de Comercio podrá requerir a la empresa beneficiaria cuanta documentación estime pertinente para acreditar el cumplimiento de las condiciones de participación y obligaciones del beneficiario. f. Una vez verificada la documentación, y aprobados los gastos presentados, la Cámara de Comercio de España abonará a la empresa beneficiaria el importe de la ayuda correspondiente la financiación FEDER, mediante transferencia bancaria. La empresa deberá demostrar, con carácter previo al pago de la ayuda, que continúa al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A tal efecto, la empresa autoriza a la Cámara de Comercio de España a verificar de manera telemática que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, a efectos de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Gene ral de Subvenciones, conforme al artículo

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por objet o promover la participación de pymes de la demarcación territorial de la Cámara de Granada en la actuación MISION COMERCIAL DIRECTA A MÉXICO, del 23 al 27 de noviembre de 2026. Esta actuación va dirigida principalmente a empresas del sector turístico que quieran conocer nuevos proveedores, clientes potenciales y las novedades relacionadas con el mercado turístico mexicano. En caso de que se organice la misma actuación en varias anualidades, una misma empresa podrá participar un máximo de 4 veces en la misma.