Convocatoria Pyme Global 2026, Misión comercial a Perú, que tendrá lugar del 22 al 28 de noviembre del 2026

MOB 2026 #EuropaSeSiente 3 de 16 La presente convocatoria tiene por objet o promover la participación de pymes de la demarcación territorial de la Cámara de Gran Canaria en la actuación Misión comercial a Perú, que tendrá lugar del 22 al 28 de noviembre del 2026 en Perú. Esta actuación va dirigida a empresas grancanarias con interés comercial en dicho país . En caso de que se organice la misma actuación en varias anualidades, una misma empresa podrá participar un máximo de 4 veces en la misma.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES705 - Gran Canaria. La gestiona CÁMARA DE COMERCIO DE GRAN CANARIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 19.195,80 €. Plazo: Fin: 02/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán tener la condición de beneficiarios, las empresas que cumplan los requisitos para optar al programa
  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación (según Anexo I I de esta convocatoria).
  • Declaración anual de IGIC del último año finalizado (modelo 425) o cualquier otro documento oficial, del último año disponible, en el que pueda comprobarse el cumplimiento de la facturación requerida.
  • Informe de plantilla media de trabajadores en alta, de la TGSS, en el período 01-01-2025 a 31-12-2025 En el caso de la información vinculada con las obligaciones tributarias, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 2.4 de la Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se regula el suministro de información tributaria a las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como los supuestos contemplados en el
  • MOB 2026 #EuropaSeSiente 10 de 16 La justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención, de la aplicación de los fondos recibidos, de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos previstos en la convocatoria, será realizada por las empresas beneficiarias. La justificación económica se realizará de acuerdo con lo establecido en la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021 -2027. En este sentido, todos los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la operación cofinanciada. La justificación de la ayuda se realizará teniendo en cuenta las instrucciones recogidas en el Anexo I “Tipología
  • Convocatoria y sus Anexos, y en especial: a. Participar activamente en la consecución de los objetivos del Programa , en concreto, deberá cooperar con la Cámara, mostrando una adecuada disposición para la recepción de los servicios y la obtención del máximo aprovechamiento, así como remitir, en tiempo y forma, la documentación solicitada. b. Cumplir cuantas obligaciones se deriven de la normativa que afecta a la cofinanciación por el FEDER de la ayuda objeto de la presente convocatoria. c. Contestar a cualquier requerimiento que el técnico cameral, la Cámara de Comercio , la Cámara de Comercio de España o los órganos de control, seguimiento y evaluación del Programa le soliciten,
  • INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES Y OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO El incumplimiento de lo dispuesto en la presente convocatoria , así como de los objetivos para los que se concedió la ayuda, la falta de justificación o su cumplimiento extemporáneo, o el incumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios, será causa de la pérdida del derecho al cobro y/o de reintegro total de la ayuda, en su caso. En todo caso, ante posibles incumplimientos, se tendrá en cuenta lo dispuesto el artículo 37 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Técnica responsable del departamento internacional (instructor del procedimiento): Verónica Serpa
  • Directora departamento (órgano competente para resolución): Begoña Cañete Quintana
  • Teléfono: 928 390 390, extensión 6
  • E-mail: internacional@camaragc.es
  • - CONCEPTOS CON JUSTIFICACIÓN SIMPLIFICADA:
  • Viaje y alojamiento de las empresas
  • Billetes o pasajes (físicos o electrónicos) de ida y vuelta, del medio de transporte público utilizado o copia de las tarjetas de embarque o documento electrónico que lo sustituya. (si no se dispone de la documentación mencionada, se podrá presentar copia de la factura de com pra del billete junto con la reserva del plan de vuelo realizado) (2) Alojamiento y/o manutención: Se tendrán en cuenta los días de actividad en destino acreditados con las evidencias de dicha actividad (p.e agenda de reuniones, acreditación de entrada a la feria, etc.)
  • - CONCEPTOS CON JUSTIFICACIÓN COMPLETA: Documentación a aportar* Tipología Concepto de gasto Factura/s (1) Comprobantes bancarios (2) Evidencia de la realización del gasto (3)
  • Elaboración de agendas de trabajo de las empresas O O O
  • ACLARACIONES SOBRE LA DOCUMENTACIÓN A APORTAR: (1) Facturas: copia de las facturas debidamente cumplimentadas que deberán contener los datos o requisitos que establece el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
  • gastos declarados, la misma debe permitir acreditar los siguientes aspectos: i. Fecha-Valor del pago. ii. Identificación del beneficiario del pago y del ordenante del mismo: el ordenante del pago debe ser el beneficiario de la ayuda (coincidencia NIF y denominación social). iii. Concepto en que se ordena el pago, con remisión, en su caso, al número o números de facturas a que corresponde (si el documento de pago como tal no hace referencia a la/s factura/s, deberá ir acompañado de la documentación complementaria que permita verificar la correspondencia entre gasto y pago). A continuación, se listan los principales medios de pago y su forma de justificación, si bien se podrán admitir otros medios de pagos legalmente aceptados, siempre que permitan acreditar los extremos
  • Copia de la orden de transferencia
  • Extracto bancario donde se pueda comprobar claramente el descuento de la orden de transferencia aportada en la cuenta bancaria de la entidad beneficiaria. En el caso de transferencias realizadas a través de banca electrónica, el pago se podrá acreditar mediante documento bancario en el que se haga mención expresa a los siguientes

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

MOB 2026 #EuropaSeSiente 3 de 16 La presente convocatoria tiene por objet o promover la participación de pymes de la demarcación territorial de la Cámara de Gran Canaria en la actuación Misión comercial a Perú, que tendrá lugar del 22 al 28 de noviembre del 2026 en Perú. Esta actuación va dirigida a empresas grancanarias con interés comercial en dicho país . En caso de que se organice la misma actuación en varias anualidades, una misma empresa podrá participar un máximo de 4 veces en la misma.