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CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS PARA CUBRIR GASTOS ABONADOS EN CONCEPTO DE APERT…

Título oficial: CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS PARA CUBRIR GASTOS ABONADOS EN CONCEPTO DE APERTURA DE NEGOCIOS COMERCIALES UBICADOS EN ESTELLA-LIZARRA

El objeto de la subvención es fomentar la apertura de locales comerciales en Estella-Lizarra.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Autónomos, Comercio. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ESTELLA-LIZARRA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Autónomos, Comercio.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las personas beneficiarias de esta subvención deberán cumplir las siguientes
  • Permanecer de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o Mutualidad del Colegio Profesional durante doce meses desde la fecha de otorgamiento de la subvención solicitada.
  • Permanecer de alta en el impuesto sobre actividades económicas de Estella - Lizarra o en caso de actividades agrarias, en el Registro de Explotaciones Agrarias, durante doce meses desde la fecha de otorgamiento de la subvención solicitada.
  • El local abierto deberá ser destinado a una actividad comercial.
  • Publicitar la ayuda recibida, durante 1 año a partir de la fecha de notificación de la resolución de concesión , colocando en un lugar visible del establecimiento comercial el siguiente carte l: https://www.estella-lizarra.com/wp- content/uploads/2024/11/CARTEL-COMERCIOS.pdf
  • Las obligaciones establecidas con c arácter general en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de S ubvenciones, así como someterse a las actuaciones de comprobación y control a efectuar por el órgano concedente y por cualesquiera otros órganos competentes para ello, aportando cuanta documentación le sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones.
  • En caso de incumplimiento de las citadas obligaciones o de las establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de S ubvenciones, salvo en casos de fallecimiento, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la persona beneficiaria, dará lugar al reintegro de la misma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de la citada ley. Asimismo, el incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones anteriores podrá dar lugar al reintegro de la cantidad correspondiente.
  • El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de dicha convocatoria y finalizará el 31 de diciembre de 2026. Será causa de inadmisión la presentación de la solicitud fuera de plazo.
  • Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través del registro general electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Estella - Lizarra: https://sedeelectronica.estella-lizarra.com/
  • Solamente se admitirá una solicitud de ayuda por persona y/o negocio reabierto. Si la a pertura del negocio la realizase más de una persona, el importe de la ayuda será proporcional a su participación en el mismo.
  • La documentación que debe acompañar a cada solicitud es la siguiente, que, deberá presentarse escaneada en documentos separados y debidamente
  • Solicitud de la ayuda indicando en la misma el nombre de la convocatoria.
  • Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de cada una de las personas solicitantes. Modelo: https://www.estella- lizarra.com/wp-content/uploads/2024/11/Modelo-declar.-responsable- subvenciones.docx
  • Acreditación de alta en el Rég imen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones con Seguridad Social y Hacienda Tributaria.
  • Acreditación de alta en el impue sto sobre actividades económicas Estella- Lizarra, o en caso de actividades agrarias, en el Registro de Explotaciones Agrarias, de conformidad con el Decreto Foral Legislativo 150/2002, de 2 de julio.
  • Solicitud de abono por transferencia de cada una de las personas solicitantes. Modelo: https://www.estella-lizarra.com/wp-content/uploads/2022/06/Orden-abono- transferencia.pdf
  • Copia de las facturas o documentos acreditativos de los gastos subvencionables así como justificante del pago de los mismos.
  • Si la documentación presentada no reuniera los requisitos señalados en el

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Base 2. – Actuaciones subvencionables. · eligible
    Serán objeto de subvención los gastos derivados de la apertura de locales comerciales en Estella-Lizarra. Serán subvencionables los siguientes gastos devengados y efectivamente
  • Base 2. – Actuaciones subvencionables. · eligible
    Gastos notariales y registrales.
  • Base 2. – Actuaciones subvencionables. · eligible
    Gastos de asesoría jurídica o financiera.
  • Base 2. – Actuaciones subvencionables. · eligible
    Gastos periciales.
  • Base 2. – Actuaciones subvencionables. · eligible
    Gastos de alquiler del negocio del local, y/o medios productivos necesarios para el negocio.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de la subvención es fomentar la apertura de locales comerciales en Estella-Lizarra.