CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A PERSONAS DE HASTA 25 AÑOS QUE TENGAN RECONOCIDO UN G · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A PERSONAS DE HASTA 25 AÑOS QUE TENGAN RECONOCIDO UN GRADO DE DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 5%, RECEPTORAS DE TRATAMIENTOS TERAPÉUTICOS. AÑO 2026

El objeto de esta subvención es la financiación de terapias recibidas por personas de hasta 25 años de edad que padezcan algún Ɵpo de discapacidad, desƟnadas a conseguir la máxima funcionalidad de sus capacidades İsicas, sensoriales, mentales o intelectuales o a prevenir o retrasar la progresión y el agravamiento de la situación de discapacidad, mejorando así su autonomía personal y calidad de vida, así como a favorecer la inclusión social de dichas personas.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES242 - Teruel. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TERUEL.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 30.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas de hasta 25 años empadronadas en
  • Teruel que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 5% y hayan recibido Terapias desƟnadas a conseguir la máxima funcionalidad de sus capacidades İsicas, sensoriales, mentales o intelectuales o a prevenir o retrasar la progresión y el agravamiento de la situación de discapacidad. En caso de menores de edad o personas con medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad, las solicitudes se realizarán por quienes ostenten la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento familiar o representación legal de la persona con discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la cláusula sépƟma de la convocatoria. Para el resto de personas mayores de edad, la solicitud podrán realizarla ellos mismos o actuar a través de representante. En los casos en que la solicitud se realice por medio de representante deberá acreditarse dicha representación. Los requisitos que deben reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención serán los
  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 5%.
  • Haber nacido entre el 1 de enero de 2001 y el 31 de diciembre de 2026.
  • Estar empadronado/a en el municipio de Teruel y con residencia legal en España con una anƟgüedad mínima de un año respecto de la fecha de publicación de la presente convocatoria. En el caso de menores de un año, dicho requisito deberá cumplirse por, al menos, uno de los progenitores o tutores legales del niño.
  • Hallarse al corriente de pago de sus obligaciones frente a la Hacienda Municipal, Hacienda de la Comunidad Autónoma, Hacienda Estatal y Seguridad Social.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios en la presente subvención aquellos en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el ar ơculo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Procedimiento de concesión de la subvención El procedimiento seguido para la concesión de estas subvenciones es el procedimiento simplificado de concurrencia compeƟƟva previsto en el ar ơculo 16.3.b del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, que puede aplicarse cuando se prevea que “la subvención se concederá a todos los que reúnan los requisitos para su otorgamiento y solo se aplicarán criterios de evaluación para cuanƟficar, dentro del crédito consignado en la convocatoria, el importe de dicha subvención”.
  • Plazo, lugar, forma de presentación de las solicitudes y documentación. Documentación a presentar por el solicitante
  • - Forma, lugar y plazo de presentación de las solicitudes.
  • Las solicitudes de subvención se presentarán, junto con la documentación exigida (detallada en el punto 2 de esta cláusula), en los modelos normalizados que facilitará el Ayuntamiento a través del apartado subvenciones de su página web o en el Centro Municipal de Servicios Sociales.
  • Las solicitudes de subvención podrán ser presentadas por los siguientes medios:
  • De forma presencial , mediante la presentación de documentación en soporte papel en el Registro General del Ayuntamiento de Teruel o en cualquiera de los lugares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administra Ɵvo Común de las Administraciones Públicas.
  • De forma electrónica , uƟlizando alguno de los siguientes medios o canales:
  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teruel. Dicha sede electrónica recoge como trámite suscepƟble de presentación electrónica el denominado “Solicitud de subvenciones dirigidas a personas de hasta 25 años con discapacidad, receptoras de tratamientos terapéu Ɵcos” , que recoge la documentación requerida/formularios normalizados para dicho trámite. En su defecto, también es posible la u Ɵlización del trámite electrónico 'Instancia General', adjuntando a dicha presentación toda la documentación requerida/formularios normalizados.
  • A través de la Sede Electrónica de cualquier otra en Ɵdad del sector público.
  • A través de la Sede Electrónica de la Administración General del estado (Registro Electrónico Común RED-SARA) Se establecen como medios de idenƟficación y firma electrónica cualesquiera de los sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en cerƟficados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de cer Ɵficación». A estos efectos la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
  • DNI electrónico habilitado para la firma electrónica.
  • Sistema de firma electrónica Cl@ve proporcionada por la Administración General del Estado. Las solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días hábiles a contar a par Ɵr del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Bole ơn Oficial de la Provincia de Teruel (sección oficial del Bole ơn Oficial de Aragón). Si el úl Ɵmo día del referido plazo coincidiera con día inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil. La convocatoria se publicará, asimismo, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, Tablón de Anuncios municipal y en la página web del Ayuntamiento (Portal de Transparencia y apartado “Subvenciones”).
  • - Documentación a presentar:

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables · eligible
    Serán subvencionables los gastos derivados de terapias recibidas entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de noviembre de 2026 por personas con discapacidad nacidas entre el 1 de enero de 2001 y el 31 de diciembre de 2026, desƟnadas a conseguir la máxima funcionalidad de sus capacidades İsicas, sensoriales, mentales o intelectuales, mejorando así su autonomía personal y calidad de vida, así como a favorecer la inclusión social de dichas personas. No será subvencionable el apoyo escolar.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Recursos, plazos y forma de interposición De conformidad con lo dispuesto en los ar ơculos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento AdministraƟvo Común de las Administraciones Públicas, contra la resolución de concesión cabrá interponer, con carácter potestaƟvo, recurso de reposición ante la Alcaldesa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la no Ɵficación, o bien interponer directamente recurso contencioso administraƟvo en el plazo de dos meses ante la sección de lo Contencioso-Administra Ɵvo del Tribunal de Instancia de Teruel, con sede en Teruel, de conformidad con los arơculos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administra Ɵva, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que esƟme procedente.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Forma y plazo de jusƟficación El plazo de jusƟficación finalizará el 15 de noviembre de 2026.
  • Gastos subvencionables · eligible
    relación detallada de los documentos jusƟficaƟvos del gasto realizado, en la que se detallará:
  • Gastos subvencionables · eligible
    Número de factura o referencia del documento.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Fecha de la factura o documento.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Fecha de realización de la terapia.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Tercero/Proveedor (terapeuta o centro donde se realizó la terapia).
  • Gastos subvencionables · eligible
    Concepto / gasto (terapia recibida)
  • Gastos subvencionables · eligible
    Base imponible.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Porcentaje imputado al Ayuntamiento de Teruel. No podrán imputarse al ayuntamiento importes de gasto inferiores a 30 euros. El porcentaje imputado al Ayuntamiento de Teruel ha de ser idén Ɵco para todas las facturas de la relación, salvo mo Ɵvación objeƟva y expresa que se hará constar en un anexo a este documento.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Porcentaje imputado a otras Subvenciones o ayudas.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Fecha de pago. En caso de pagos realizados al contado, el importe de cada uno de ellos no podrá superar la cuanơa de 300 euros. A tal efecto, se presentará el Anexo de acreditación de pagos en efecƟvo, junto con la factura o documento equivalente.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercan Ɵl con eficacia administraƟva, incorporados a la relación a que se hace referencia en el apartado anterior y la documentación acreditaƟva del pago, que acredita haber abonado el importe de la terapia. En todo caso, se aconseja el pago mediante transferencia bancaria. Las facturas o documentos equivalentes se presentarán ordenadas y numeradas en concordancia al número de orden que se le haya asignado en la relación detallada descrita anteriormente. A estos efectos, sólo se admi Ɵrán facturas legalmente emi Ɵdas conforme a la normaƟva vigente. Por lo tanto no se admi Ɵrán albaranes, notas de entrega, Ɵckets de caja, recibos, etc. Las facturas simplificadas ( Ɵckets de caja) solo serán admi Ɵdas si con Ɵenen todos los datos fiscales del emisor y del desƟnatario del mismo.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Solamente se admi Ɵrán facturas de terapias realizadas entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2026.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Se admiten pagos en efec Ɵvo en la cuan ơa máxima de 300 euros, y solo se admi Ɵrá como jusƟficante de los mismos el anexo “Acreditación pago en efec Ɵvo de facturas” , el cual deberá estar totalmente cumplimentado, con los datos y requisitos que en el mismo se recogen.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Si se realizan pagos mediante cheques o talones, solo se admiƟrán si son nominaƟvos y cruzados, es decir, expedidos a nombre del emisor de la factura que pretenden pagar y que solo puedan hacerse efecƟvos mediante el cargo en la cuenta bancaria del emisor. Para la jusƟficación se presentará fotocopia y extracto bancario en el que se compruebe el cargo en cuenta.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de esta subvención es la financiación de terapias recibidas por personas de hasta 25 años de edad que padezcan algún Ɵpo de discapacidad, desƟnadas a conseguir la máxima funcionalidad de sus capacidades İsicas, sensoriales, mentales o intelectuales o a prevenir o retrasar la progresión y el agravamiento de la situación de discapacidad, mejorando así su autonomía personal y calidad de vida, así como a favorecer la inclusión social de dichas personas.