CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE DESARROLLO Y SOLIDARIDAD INTERNACIONAL EN EL EJER · 2026/2027

Título oficial: CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE DESARROLLO Y SOLIDARIDAD INTERNACIONAL EN EL EJERCICIO 2026-2027

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es XXXX - TODO EL MUNDO. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.400.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar constituidas legalmente y gozar de capacidad jurídica y de obrar.
  • No perseguir fines lucrativos, ni depender económica o institu cionalmente de entidades lucrativas.
  • Reflejar en sus estatutos que entre sus fines se encuentr an los principios y objetivos de la Cooperación al Desarrollo.
  • Estar constituida con anterioridad al 1 de enero de 2024.
  • Tener Sede/Delegación permanente o en su caso delegación r egistrada en la provincia de Zaragoza, excepto las entidades que representan en España a agencias o programas de las Naciones Unidas y a organizaciones internacionales de derecho público creadas por tratado o acuerdo internacional. En caso de asociación de dos o más ONG para la presentación de solicitud de subvención, se deberá incluir documento del acuerdo firmado po r las ONG asociadas, en el que se refleje que entidad será la perceptora de la subvención, la cual recibirá todas las notificaciones y será la responsable de la justificación de la misma. Así mismo, deberá nombrarse un representante para cumplir las obligaciones que como beneficiario
  • - Ayudas concurrentes.- Cuando para la realización de una a ctividad se cuente con financiación procedente de otras Administraciones o Entida des, además de la de Diputación Provincial de Zaragoza, se deberá comunicar a la Diputa ción Provincial la obtención de subvenciones o ayudas para la misma actividad.
  • - Realización de la actividad.- Los beneficiarios deberán realizar la actuación que fundamenta la concesión de la subvención ajustada a la solicitud q ue la motivó y acreditarla debidamente ante la Diputación Provincial de Zarag oza, así como el
  • - Actuaciones de control.- Los beneficiarios deberán someterse a las actuaciones de comprobación por parte de los Servicios Técnicos Provinciales, a las de control financiero de la Intervención General, así como a los demás p revistos en la vigente legislación y específicos del Plan de que se trate.
  • - Autorizaciones, permisos y licencias.- La inclusión de las actividade s en el mencionado Plan no exime a las Entidades beneficiarias de sus obligaciones jurídicas con relación a la realización de la actividad subvencionada y la obtención de cuantos permisos, licencias, autorizaciones, etc… procedan en orden a la ej ecución de dicha actuación; así como las obligaciones que para el beneficiario de la subvención imponen las bases de ejecución del presupuesto provincial.
  • - Deberán estar al corriente de las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social. con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Tesorería de la Diputación Provincial de Zaragoza.
  • Para la ejecución de proyectos de satisfacción de necesidades básicas, promoción del desarrollo local sostenible y defensa de los derech os humanos se destinará de inicio el 74% del total de la dotación presupuestaria de la convocatoria.
  • Para proyectos de Educación para el desarrollo y la ciudadanía global (EpDCG) y comercio justo, se reservará de inicio el 20% del presupuesto total de la convocatoria.
  • Para proyectos de codesarrollo se destinará de inicio el 6% de la dotación presupuestaria de la convocatoria. No obstante, la Comisión Valoradora podrá determinar la disminu ción del porcentaje dedicado a cada una de las acciones A), B) o C), bien por insuficiencia de las solicitudes o porque las existentes no sean informadas favorab lemente, incrementando el porcentaje destinado a cualquier otra acción. La cuantía máxima individual a solicitar y conceder no podrá supe rar el 80 por ciento de la actividad subvencionable. Si el beneficiario percibe más ayudas públicas para la misma actividad, la suma de las mismas no puede suponer más del 80 por ciento del coste de la actividad subvencionada. Si de la suma de las ayudas p úblicas se superase dicho porcentaje, la aportación de la Diputación Provincial de Zar agoza se reducirá hasta cumplir con ese porcentaje.
  • A) Para la ejecución de acciones que tiendan a la satisfacción necesidades básicas, promoción del desarrollo local sostenible y defensa de lo s derechos humanos, se establecen dos modalidades: A.1.- Modalidad General DSyDH y
  • A.1)- Modalidad General DSyDH: máximo de 40.000,00 €, excep to las
  • prioridades que figuran en el siguiente apartado A.1.1.): A.1.1.) Dentro de este apartado y atendiendo a las prior idades establecidas por la Diputación Provincial de Zaragoza se podrán
  • A.2)- Modalidad Pequeños Proyectos DSyDH: Se podrán subvencio nar proyectos con un importe máximo de 8.000,00 € para cada un o de ellos, con un importe total para esta modalidad de 100.000,00€ . El presupuesto de los proyectos incluidos en esta modalidad no podrá superar los
  • 000,00 € (sin incluir las aportaciones valorizadas que figura n en la cláusula sexta de la convocatoria)
  • B) Para acciones de Educación para el desarrollo y la ciudada nía global (EpDCG) y comercio justo: máximo de 30.000,00€, excepto las prioridades
  • B.1)- Modalidad General EpDCG: Dentro de este apartado y atendiendo a las prioridades establecidas por la Diputación Provincial de Zaragoza se

Gastos y actuaciones subvencionables

  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Prohibiciones establecidas en el artículo 31.7 LGS:  Los intereses deudores de las cuentas bancarias.  Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.  Los gastos de procedimientos judiciales.  Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Acreditación del representante legal de la entidad, certifi cada por el Secretario/a de la misma mediante cualquier medio válido en derecho.
  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Certificación de la Inscripción registral.
  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Estatutos de la asociación.
  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Acreditación del registro de la sede o delegación en Zaragoza, en el caso de no figurar la misma en los Estatutos de la entidad. La delegació n asume ante la Diputación Provincial de Zaragoza la responsabilidad directa en la presentación de la solicitud y deberá disponer en ella de la documentación actualiza da del proyecto.
  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Documento en el que conste la conformidad del Socio Local, si lo hubiera, en la ejecución del proyecto, recogiendo los términos de la colaboración entre la entidad solicitante y el socio local.
  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Certificados de estar el corriente de las obligaciones con la A gencia Estatal Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Comunidad Autónoma de Aragón. Para acreditar esta documentación pod rá AUTORIZAR al Centro Gestor de la DPZ para que los pueda obtener de o ficio. Esta autorización quedará supeditada a la posibilidad técnica de recabar dicha información por parte del Centro Gestor. La presentación de la solicitud a esta convocatoria conllevará la AUTORIZACIÓN al órgano gestor para recabar los certificados precitados. En el caso de que el interesado no consintiera que el Centro Gestor de la DPZ obtuviera
  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Declaración responsable de que cumple los extremos que exige el artículo 13 y 9 de la Ley General de Subvenciones y el Decreto Legislativo 2/2023 Texto Refundido de la ley de Subvenciones de Aragón respectivamente (incluida en

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural