Convocatoria pública para la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de Cataluña, destinadas a la financiación de las oficinas municipales de escolarización, para el curso 2025-2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT D'EDUCACIÓ I FORMACIÓ PROFESSIONAL.

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Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • La persona solicitante tiene que estar en posesión de los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria de acuerdo con el establecido en las bases reguladoras.
  • Cuantía total máxima de la convocatoria
  • 1. La cuantía máxima prevista por esta convocatoria es de 1.500.000,00 € y está consignada a la partida presupuestaria D/460000102/4241/0000, del centro gestor EN0704, del presupuesto de la Generalitat de Catalunya para el año 2026.
  • 2. La cuantía total máxima para esta convocatoria se puede ampliar de acuerdo con lo que se prevé en el artículo 92.4.b) del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña. La efectividad de la cuantía adicional quedará condicionada a la disponibilidad efectiva del crédito en el momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención. Previamente a la resolución de concesión, se publicará en el DOGC la declaración de los créditos efectivamente disponibles.
  • El importe de la subvención
  • 1. El importe de la subvención por persona beneficiaria, de acuerdo con la base 4 del Orden
  • Del número de habitantes del municipio, de acuerdo con los últimos datos de padrón
  • De la relación de gastos que contiene la cuenta justificativa que presentan los ayuntamientos, derivadas del funcionamiento de las OME. El total de la subvención otorgada no podrá exceder el 80% del total de los gastos que se hagan constar en esta relación.
  • En el caso de las OME de nueva creación se otorgará una cuantía fija de hasta 5.000 euros.
  • 2. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • 3. Si el importe destinado a la financiación de la convocatoria no permite atender la totalidad de las solicitudes, el órgano competente procederá al prorrateo entre los beneficiarios de la subvención de acuerdo con el importe global máximo destinado a las subvenciones. En este caso, se reducirá el importe de la cuantía por tramos (en función de los habitantes del municipio) y el importe fijo para ser OME de nueva creación, para ajustarlo al importe disponible.
  • documentation
    La documentación que se tiene que adjuntar a la solicitud es la siguiente:
  • documentation
    Certificado de Acuerdo del pleno o del órgano competente del ayuntamiento, de participación en la convocatoria de la subvención.
  • documentation
    En caso de que el formulario no esté firmado por el alcalde/essa del municipio, hay que aportar la documentación que acredite la representación de la persona firmante para actuar en nombre del Ayuntamiento.
  • documentation
    Reformulación de la solicitud Dado que la concesión de la subvención se efectúa en régimen de concurrencia no competitiva y no se prevé una propuesta de resolución provisional, no se podrá realizar la reformulación de las solicitudes para esta subvención.
  • justification
    1. La persona beneficiaria tendrá que presentar la justificación de la subvención a partir las 8:00 horas del día 7 de septiembre de 2026 hasta las 15:00 horas del día 25 de septiembre de 2026.
  • justification
    2 La justificación de la subvención se llevará a cabo mediante una cuenta justificativa sin aportación de justificantes de gasto conforme el artículo 5.2 del Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones, acompañado de la documentación
  • justification
    Una memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de las actividades subvencionadas, según modelo normalizado, en las que se indiquen las actividades llevadas a cabo y los resultados obtenidos.
  • justification
    Una memoria económica sobre el coste de las actividades realizadas, en las que conste:
  • justification
    Una relación clasificada de los gastos de la totalidad de la actividad subvencionada, de acuerdo con el presupuesto presentado, con la identificación del acreedor, número de la factura o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago. Esta relación está incluida en el formulario de justificación.

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos subvencionables de esta subvención, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 38/2003, general de subvenciones son los que constan en la base 11 de la Orden EDF/96/2026, de 27 de mayo.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Resolución del procedimiento y notificación a la persona interesada
  • Gastos subvencionables · eligible
    1. Las resoluciones y los acuerdos resolutorios de subvenciones se publican en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1), sin perjuicio que se puedan utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
  • Gastos subvencionables · eligible
    2. Corresponde a la persona titular del órgano concedente resolver sobre la concesión, inadmisión, denegación y desistimiento de la subvención, a través de una resolución que se tiene que dictar y publicar en el plazo máximo de 6 meses a contar del día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria. De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, contra la resolución de concesión y de denegación de las subvenciones, la persona beneficiaria podrá interponer un recurso administrativo o, si ocurre, recurso contencioso administrativo, en los términos que indique la resolución de concesión.
  • Gastos subvencionables · eligible
    3. Transcurrido este plazo, si no se ha dictado y notificado una resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo, de acuerdo con lo que establece el artículo 54.2.e) de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Plazo de ejecución de la actividad Las actividades que se tengan que realizar para el cumplimiento del objeto de la subvención
  • Gastos subvencionables · eligible
    fecha de inicio: 01.09.2025
  • Gastos subvencionables · eligible
    fecha fin: 31.08.2026 Las personas beneficiarias pueden solicitar la ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas, por razones debidamente justificadas, mediante el trámite habilitado que se indique en la resolución de concesión.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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