Personas físicasES620 - Murcia

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES A CONCEDER DURANTE EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2026 EN EL ÁMBITO DE PROGRAMAS DE PROMOCIÓN E INSERCIÓN SOCIAL A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO QUE OPERAN EN EL MUNICIPIO DE MOLINA DE SEGURA.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones del Ayuntamiento de Molina de Segura a programas o actividades en materia de Promoción o Inserción social cuya ejecución se realice por entidades sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos previstos en las presentes bases específicas…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES620 - Murcia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA.

● Cerrada

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Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiarias de la subvención las entidades sin ánimo de lucro con establecimiento en el municipio de Molina de Segura, que recojan entre sus fines estatutarios la realización de actividades dirigidas a alguno de los ámbitos de promoción o intervención social que son objeto de la presente convocatoria y que cumplan los requisitos
  • Tener domicilio social o sede abierta en Molina de Segura.
  • Carecer de ánimo de lucro y que, de acuerdo con sus estatutos, tengan objetivos y finalidades coincidentes con el objeto de la subvención.
  • Disponer de estructura suficiente y de medios humanos y materiales para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
  • Acreditar funcionamiento estable y efectivo en el municipio de Molina de Segura al menos en los últimos 12 meses anteriores a la publicación en el BORM del extracto de la convocatoria, desarrollando actividades relacionadas con el proyecto presentado.
  • El proyecto deberá tener necesariamente como ámbito de actuación el municipio de Molina de Segura.
  • No ser titular o no poder ser titular, durante el año 2026, de una subvención de carácter nominativo, de concesión directa o por la suscripción de un convenio de colaboración en materia social con el Ayuntamiento de Molina de Segura.
  • Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Molina de Segura, en el caso en que la forma jurídica de la entidad sea susceptible de ser inscrita.
  • Estar inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Región de Murcia, en su epígrafe correspondiente, de acuerdo con el Decreto 3/2015, de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales. La inscripción deberá estar vigente a la fecha de solicitud de la subvención.
  • Haber presentado en el plazo establecido la justificación de otras subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Molina de Segura anteriormente. En el caso de que en el momento de solicitud de las subvenciones, haya entidades beneficiarias con subvenciones
  • Ayto. de Molina de Segura (Murcia) Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación (CSV): 16340500572703206753 Dirección de validación del CSV: https://sedeelectronica.molinadesegura.es/validacion-de-documentos/ Plaza de España s/n. 30500 Molina de Segura (Murcia) - CIF: P-3002700G - N.º Teléfono 968388500 Página 4 de 43 pendientes de justificación, podrá continuar el procedimiento condicionándose la concesión y el pago, a que estas justificaciones se produzcan.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad social de acuerdo con la normativa de aplicación y la normativa en materia de subvenciones.
  • No tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento de Molina de Segura.
  • Haber presentado en plazo establecido las justificaciones de otras subvenciones otorgadas por este Ayuntamiento en el ejercicio anterior.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones de reintegro de subvenciones concedidas por este Ayuntamiento.
  • No estar incursas en ninguna causa de prohibición para ser considerada beneficiaria de subvenciones, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Si la actividad o el proyecto para el que se solicita la subvención tiene como sujetos a menores de edad, será requisito presentar una declaración responsable de que todo el personal (incluido el personal voluntario y contratado para tal efecto) encargados de realizar la actividad y que tengan contacto habitual con menores, cumple con el requisito previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, y en el artículo 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
  • documentation
    La puntuación máxima que se puede obtener es de 100 puntos.
  • documentation
    Los criterios objetivos que se tendrán en cuenta para la valoración de las solicitudes de subvención para la realización de proyectos y actividades, así como la ponderación que
  • documentation
    A.- En relación con el Proyecto (hasta 50 puntos)

Gastos y actuaciones

  • ARTÍCULO 13. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el mismo ejercicio para que se concede la subvención y su pago se hubiese hecho efectivo antes de la finalización del plazo para la presentación de la justificación. Los gastos financieros, de asesoría jurídica, los gastos notariales y registrales, los gastos periciales para la realización del proyecto o actividad subvencionada y los de administración específicos, son subvencionables si están directamente relacionados con el proyecto/actividad subvencionado y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma, y así se haya hecho constar en el proyecto presentado.
  • ARTÍCULO 13. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    En ningún caso serán subvencionables:
  • ARTÍCULO 13. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • ARTÍCULO 13. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • ARTÍCULO 13. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • ARTÍCULO 13. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • ARTÍCULO 13. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Impuestos personales de la renta.
  • ARTÍCULO 13. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos de actividades de inversión.
  • ARTÍCULO 13. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los gastos realizados deberán haber sido realizados a partir del 1 de enero de 2026 y dentro de dicho ejercicio, no pudiendo exceder la fecha de facturas o justificantes de gasto del 31 de diciembre de 2026.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones del Ayuntamiento de Molina de Segura a programas o actividades en materia de Promoción o Inserción social cuya ejecución se realice por entidades sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos previstos en las presentes bases específicas. Estas bases específicas contienen las regulaciones particulares del procedimiento de concesión, en el marco de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Molina de Segura, publicada en el BORM de 7 de julio de 2005 y de las Bases Generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios, incluidas en las bases de ejecución del presupuesto vigente del ejercicio 2026, publicadas en la sede electrónica municipal y que constituyen las bases generales reguladoras de la subvención