Convocatoria pública de prestaciones económicas para la atención de las necesidades básicas “Programa integral de atenc · 2026

Título oficial: Convocatoria pública de prestaciones económicas para la atención de las necesidades básicas “Programa integral de atención y apoyo social a familias y personas en situación de vulnerabilidad Puntallana 2026”.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES707 - La Palma. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PUNTALLANA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.007,80 €. Inicio: 17/09/2026. Plazo: Fin: 30/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Los beneficiarios tendrán un plazo de dos meses para la justificación del gasto realizado a contar desde la fecha de abono de la ayuda económica.
  • - La justificación se realizará mediante presentación de facturas (papel o electrónicas) y demás documentos de valor probatorio (incluyendo justificantes bancarios de pago) equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
  • Dentro del plazo de justificación deberán presentarse ante el órgano gestor de la subvención los originales de los documentos acreditativos del gasto para su validación y estampillado.
  • - Las resoluciones del Alcalde-Presidente, pondrán fin a la vía administrativa.
  • - De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, o Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de S/C de Tenerife, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social