Convocatoria pública de bolsas de estudio de Educación Infantil para el curso escolar 2026-2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES111 - A Coruña. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA COMBA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 7.000,00 €. Inicio: 14/09/2026. Plazo: Fin: 30/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • SEXTA: Solicitudes: Las solicitudes, formuladas en el modelo normalizado, se dirigirán a la Alcaldía, deberán presentarse, preferiblemente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Santa Comba o presencialmente en el registro municipal o por cualquiera de las formas señaladas en el artículo 16.4
  • SÉPTIMA: Documentación: Las solicitudes de ayuda deberán presentarse en el formulario de solicitud que figura como anexos en las presentes bases, que se puede descargar en la página web municipal o recoger en las oficinas de
  • anexo II: Declaración jurada de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
  • anexo III: Autorización para solicitar datos a los centros educativos sobre la matrícula realizada en el curso objeto de convocatoria. El formulario de solicitud deberá ir acompañado de los siguientes documentos que conforman la
  • DNI/NIE o pasaporte del solicitante y de los/as alumnos/as beneficiarios/as (cuando por edad tengan obligación de tenerlo).
  • Libro de familia o documentación que lo sustituya.
  • Volante de empadronamiento colectivo de la unidad familiar en el Ayuntamiento de Santa Comba.
  • Certificado de la matrícula escolar de los alumnos beneficiarios del curso escolar para el que se solicita la beca, en el caso de no autorizar expresamente la cesión de datos al Ayuntamiento por parte de los centros educativos.
  • Documentación acreditativa de la renta de los miembros de la unidad familiar en el ejercicio fiscal del año anterior a la convocatoria en curso, según lo dispuesto en la base quinta de la convocatoria.
  • En el caso de no efectuar declaración de la renta en el año anterior a la convocatoria, por no estar obligado a ello, certificado de imputaciones o, bajo valoración de servicios sociales, justificantes de ingresos, nóminas, o declaración jurada sobre los ingresos de la unidad familiar.
  • Sentencia de separación o divorcio, o fotocopia del justificante de viudedad donde conste el importe de las pensión por gastos de manutención del menor u otros.
  • Pensionistas: justificante de la pensión mensual y número de meses que la percibe.
  • Perceptores del RISGA y RAI: Justificante de la cuantía mensual actual y fotocopia del documento de notificación de la concesión.
  • Se podrá requerir por el Ayuntamiento de Santa Comba cualquier otra documentación complementaria a la indicada que se considere necesaria para mayor clarificación de la situación acreditada o compulsa de la presentada si la copia simple presentada genera dudas de autenticidad.
  • OCTAVA: Revisión de solicitudes y subsanaciones: Finalizado el plazo de solicitud, se procederá a la comprobación del cumplimiento de requisitos y revisión de la documentación. Se notificará al interesado la documentación a subsanar, si es el caso, y plazo para las subsanaciones con la indicación de que, si esta no se produjera, se le tendrá por desistido de su solicitud, archivándose previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Por pertenecer a una unidad familiar con una renta per cápita anual inferior o igual a
  • Por pertenecer a una unidad familiar con una renta per cápita entre 8.000,01 euros y
  • 000,00 euros, ambos incluidos, 15 puntos.
  • Por pertenecer a una unidad familiar con una renta per cápita anual entre 9.000,01 euros y
  • 000,00 euros, ambos incluidos, 10 puntos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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