Personas físicasFamilias e infanciaES30 - COMUNIDAD DE MADRID

Convocatoria pública de concesión de subvenciones en concepto de "Prestación económica para familias numerosas en el mu · 2026

Título oficial: Convocatoria pública de concesión de subvenciones en concepto de "Prestación económica para familias numerosas en el municipio de Móstoles", convocatoria 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Impuesto de Bienes Inmuebles y datos de titularidad catastral.
  • Contrato de arrendamiento y prórrogas.
  • Si tuvieran el derecho de uso gratuito en vivienda de persona física familiar de hasta 2º grado de consanguinidad, se acreditará mediante declaración jurada del familiar, identificación personal y titularidad de la vivienda. f. No superar los 40.000 € de renta en tributación individual y los 70.000 € en renta conjunta. g. No ser beneficiario/a de otras ayudas otorgadas por el área de Familia que cubran la necesidad para la que se solicita la misma h. No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas según las normas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. i. Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de las siguientes obligaciones, a
  • Obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Obligaciones con la Seguridad Social.
  • Obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Móstoles.
  • AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES Concejalía de Juventud, Familia, Igualdad y Cooperación - Área de Familia 4/10 C/ Ricardo Medem, 27 – 2ª pta. - 28931-MOSTOLES Tfno.: 91 664 75 00 (ext. 3431) – c.e.: cjuventud.familia.igual.coop@mostoles.es (Se acreditarán mediante declaración responsable que se facilitará en el Anexo II). j. No podrán ser beneficiarios de esta ayuda las personas privadas total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos o cuya tutela haya sido asumida por instituciones públicas.
  • La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
  • Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Residencia en vigor de el/la solicitante.
  • Libro de Familia, certificación del Registro Civil o documento análogo que acredite la composición de la unidad familiar.
  • Certificado correspondiente al Título de Familia Numerosa en el que consten los miembros que la componen (lo gestiona la comunidad de Madrid, ver cláusula cuarta b).
  • En el caso de adopción de menores, adjuntar fotocopia cotejada de la resolución de adopción por órgano competente y su correspondiente traducción jurada cuando corresponda.
  • Empadronamiento familiar. El Ayuntamiento de Móstoles podrá cons ultar este dato eximiéndole de la obligación de aportarlo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Podrá oponerse a la consulta de los datos, en cuyo caso deberá aportar la documentación requerida.
  • Documentación justificativa de la titularidad de la vivienda (copia de escrituras, contrato de compraventa de la vivienda, nota simple registral, …) o contrato de arrendamiento (copia del contrato de alquiler y tres últimos recibos). En caso de que el soli citante no sea titular o arrendatario del domicilio, declaración responsable del titular o arrendador de que el solicitante reside en su domicilio y documentación justificativa de la titularidad de la vivienda.
  • Justificante de la titularidad de la cuenta bancaria. El titular de la cuenta deberá corresponder con el solicitante de la ayuda.
  • Declaración responsable de que no se tienen deudas con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social o el Ayuntamiento de Móstoles.
  • Última declaración de la Renta o Certificado negativo de Hacienda.
  • Designación de cuenta bancaria donde se haga constar los datos de la cuenta según Anexo I o fotocopia de la libreta del solicitante (IBAN).
  • Declaración responsable firmada por la persona solicitante o por su representant e legal acreditado en la que se haga constar que no incurre en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. El Área de Familia podrá solicitar del interesado/a la presentación de los originales de la documentación presentada para su cotejo.
  • El criterio único será el nivel de renta de la unidad familiar de convivencia (UFC).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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