Personas físicasVivienda y alquilerES30 - COMUNIDAD DE MADRID

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS SOCIALES EXTRAORDINARIAS DIRIGIDAS A VECINOS DE ARGANDA DEL REY PARA C · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS SOCIALES EXTRAORDINARIAS DIRIGIDAS A VECINOS DE ARGANDA DEL REY PARA COLABORAR EN SUS GASTOS POR VIVIENDA HABITUAL AÑO 2026.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 42.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. Personas físicas cuya vivienda, ubicada en el término municipal de Arganda del Rey, tuviese un valor catastral en 2026, inferior o igual a 250.000 euros y la use como vivienda habitual, para lo que tendrán que estar empadronadas en la misma.
  • 2. Que no sean titulares catastrales en 2026 de ningún derecho de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre otro inmueble de uso residencial (vivienda) dentro o fuera territorio español.
  • 3. Que la renta per cápita de la unidad familiar del solicitante sea igual o inferior a 25.641,00 € euros brutos anuales, (equivalente al 1,5 del SMI anual vigente).
  • 4. Que el solicitante se halle al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Arganda del Rey, a fecha de la solicitud.
  • Se tomará como referencia para el cálculo de la cantidad a subvencionar el 0,1% del valor catastral del inmueble, con un límite máximo de 120 euros por vivienda, en el caso de propiedades con más de un titular catastral, podrá ser solicitada la ayuda por cualquiera de ellos, y en caso que se solicite por más de uno, se aplicará el cálculo en proporción a la cuota de propiedad que ostente sobre dicho inmueble.
  • La percepción de esta ayuda no es compatible con otros beneficios fiscales que recaigan sobre la vivienda, EXCEPTO el descuento del 5% por domiciliación bancaria.
  • El pago de la ayuda concedida se efectuará mediante ingreso en la cuenta corriente, en los datos bancarios expuestos en la Ficha de Terceros (según modelo oficial del Ayuntamiento). MUY IMPORTANTE: El/la titular de la cuenta corriente presentada debe coincidir, necesariamente, con el/la solicitante de la ayuda.
  • Ficha de Terceros (modelo 930-1-16) cumplimentada con los datos del acreedor, acompañada de copia ejemplar de su libreta de ahorro, o de un documento bancario (recibo, certificado, extracto,) que acredite esa titularidad. Las personas físicas deberán acreditar la titularidad de la cuenta corriente mediante la presentación del modelo, debidamente firmado por el acreedor, acompañando la libreta de ahorro, cheque, certificado, extracto remitido por el Banco o cualquier otro documento bancario, donde conste que el acreedor es titular de la cuenta y el número de cuenta IBAN.
  • En caso de hallarse en situación de desempleo, deberá aportar documento acreditativo de la situación legal de desempleo, en el que conste antigüedad.
  • En caso de fallecimiento del titular catastral, Certificado de Defunción y justificante de nuevo propietario de vivienda.
  • En el caso de separación o divorcio, sentencia firme o convenio que justifique la nueva unidad familiar.
  • En el caso de tener reconocido grado discapacidad o dependencia, resolución de dictamen técnico acreditativo.
  • En el caso de Victima de Terrorismo, certificado de Ministerio de Interior.
  • Plaza de la Constitución, 1 – 28500 Arganda del Rey – Madrid – Tlf.: 91 871 13 44 – Fax 91 871 63 12 – www.argandadelrey.es Código Seguro de Verificación (CSV): 16345537250742356773 91104_05 ✓Situación en el Padrón Municipal de habitantes de todos los miembros de la unidad familiar. ✓NIF/NIE de habitantes de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años. ✓Estar al corriente en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles 2026, que servirá como justificante de la referencia catastral de la vivienda para la que se solicita la ayuda. ✓Estar al corriente en el pago de los tributos municipales. ✓Renta obtenida durante el año 2025 por todos aquellos miembros de la unidad familiar mayores de 18 años. ✓Declaración de no ser titular de ningún derecho de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre otro inmueble de uso residencial (Vivienda) dentro o fuera del territorio español. Autorización acceso a información catastral de carácter protegido. ✓Si procede, situación reconocida y en vigor de ser víctima de violencia de género.
  • El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, desde su publicación en el BOCM. La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Tablón de Anuncios y en la web del Ayuntamiento de Arganda del Rey.
  • Los lugares y horarios de presentación de solicitudes son los que a continuación se
  • Oficina de Atención a la Ciudadanía – Ayuntamiento de Arganda del Rey (Plaza de la Constitución, s/n), de lunes a viernes de 8:30 a 19:30 horas.
  • Oficina de Atención a la Ciudadanía – Avenida del Cañal, nº 44. De lunes a viernes, de 8:30 a 14:30 horas. Puede solicitar cita previa mediante los siguientes canales y evitar esperas innecesarias A través del enlace http://citaprevia.argandadelrey.es de la web municipal Telefónicamente a través del 918711344 Mediante el correo electrónico 010@argandadelrey.es
  • OCTAVA. Procedimiento de concesión. Las solicitudes serán tramitadas por la Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Arganda del Rey.
  • El procedimiento de concesión de las ayudas, será en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria pública, conforme a los siguientes CRITERIOS DE VALORACION en atención a la RENTA FAMILIAR, a FACTORES SOCIALES, así

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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