Personas físicasPersonas con discapacidadES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS INDIVIDUALES PARA EL TRANSPORTE EN TAXI PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR…

Título oficial: CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS INDIVIDUALES PARA EL TRANSPORTE EN TAXI PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 33%, MOVILIDAD REDUCIDA Y DIFICULTAD PARA UTILIZAR Y TRANSPORTES COLECTIVO DE LA FMSS DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GIJÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1 Tendrá la condición de persona beneficiaria de la subvención, la destinataria de los fondos públicos, quien deberá encontrarse en la situación que legitime su concesión.
  • 2 Para ser beneficiario/a de la Ayuda para el transporte en taxi para personas con una discapacidad igual o superior al 33%, movilidad reducida y dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos regulada en la presente Convocatoria, se deberán reunir los siguientes
  • requisitos: 1º) Estar empadronadas en Gijón con una antigüedad de al menos 1 año al formalizar la solicitud. 2º) Tener reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33% y una movilidad reducida así como dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos, de conformidad con lo
  • el baremo establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, o en,
  • el baremo de Limitaciones en las Actividades de Movilidad (BLAM) recogido en el ANEXO IV - Baremo de evaluación de las capacidades/Limitaciones en la Actividad (BLA) del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. 3º) No haber superado los ingresos del/la persona beneficiaria de la Ayuda en el ejercicio 2025 dos (2) veces el importe del Indice público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente en el año 2026 (se tomará como referencia el IPREM anual para el año 2026, 14 pagas, que asciende a 8.400,00 €).
  • DGEN03.009.2 En el caso de los menores de edad que convivan con su/s progenitor/es o tutor/es o acogedor/es, se tendrán en cuenta los ingresos de sus progenitores/ tutor/es o acogedor/es con los que conviva y se dividirán entre 3. Si conviviese con un/a solo/a progenitor/a o tutor/a o acogedor/a se tendrán en cuenta los ingresos de éste/a divididos entre 2. En el caso de personas mayores de edad o emancipadas que tengan establecidas judicialmente medidas de apoyo para complementar su capacidad jurídica que convivan con su/s progenitor/es o curador/a/es, se tendrán en cuenta los ingresos de la persona que tenga establecida judicialmente medidas de apoyo y los de sus progenitor/a/es/ o curador/a/es con los que conviva y se dividirán entre 3 ( si ostentan la representación legal o complementan la capacidad jurídica 2 personas) o entre 2 (si ostenta la representación legal o complementa la capacidad jurídica 1 persona). 4º) No podrán obtener la condición de personas beneficiarias aquellas en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Las solicitudes de ayudas se ajustarán al modelo de instancia que se adjunta como Anexo I a la presente Convocatoria que se encontrará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de
  • Gijón (https://sedeelectronica.gijon.es/ ) y se podrán presentar: ￿ a través del registro electrónico de entrada del Ayuntamiento de Gijón (https://www.gijon.es/es/tramites/registro-del-ayuntamiento-de-gijon) ￿ en las Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía ￿ por los demás medios especificados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales y se iniciará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Asturias.
  • La solicitud conforme al modelo Anexo I deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
  • Copia del documento nacional de identidad o documento de identificación de extranjero de la persona beneficiaria de la ayuda.
  • En el caso de que la persona solicitante actúe en representación legal de un/a menor de edad o persona mayor de edad o emancipada que tengan establecidas judicialmente medidas de apoyo para
  • complementar su capacidad jurídica, se presentará además:
  • copia del DNI o documento de identificación de extranjero de la persona representante legal del/la menor o de la persona que represente al /la beneficiario/a de la ayuda mayor de edad o emancipada/o que tenga establecida judicialmente medidas de apoyo para complementar su
  • documentación con la que se acredite dicha representación legal (libro de familia y/o Resolución judicial). La copia del DNI se presentará en blanco y negro (NO en color). Dado que no todos los datos del DNI son necesarios para este procedimiento, se recomienda
  • el número can (las cifras de la parte inferior derecha de la cara principal del DNI). En el reverso del DNI de recomienda tachar el número de equipo.
  • Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad (artículo 11 del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre,por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, «BOE» núm. 252, de 20 de octubre de 2022 o en Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimientopara el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad) o Certificación del tipo de discapacidad o Resolución de reconocimiento de la discapacidad de las que se desprenda el reconocimiento de la situación de discapacidad igual o superior al 33% y la Movilidad reducida así como las dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos (en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad o en Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad).
  • En el caso de haberse opuesto a la consulta por parte de la FMSS de datos de otras Administraciones públicas necesarios para la comprobación de los requisitos para el acceso a la ayuda contemplada en la presente Convocatoria, deberá aportarse la copia completa de la declaración individual y/o conjunta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) relativa al ejercicio 2024 o certificado de imputación de rentas expedido por la Agencia estatal de la Administración Tributaria de la persona beneficiaria o del/la menor o persona mayor de edad o emancipada que tenga establecida judicialmente medidas de apoyo para complementar su capacidad jurídica para el que se solicita la ayuda, y en los 2 últimos casos, la misma información fiscal relativa a los ingresos de//la/los/las progenitor/es, tutor/a/es legal o curador/a/es si conviven con la persona beneficiaria de la ayuda.
  • Fichero de acreedores en papel (modelo específico de Fichero de acreedores del Ayuntamiento de Gijón) para acreditar la titularidad de la cuenta bancaria en la que se va a abonar la ayuda, debidamente firmado por la persona beneficiaria de la ayuda o por la persona representante legal de la misma en caso de menores o persona mayor de edad o emancipada que tenga establecida judicialmente medidas de apoyo para complementar su capacidad jurídica y firmado y diligenciado por la entidad bancaria. La cuenta bancaria deberá encontrarse a nombre de la persona beneficiaria de la ayuda o de su representante legal, en su caso.
  • La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión de la ayuda.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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