Convocatoria Programa Pyme Global 2026 Visita Feria ECE Rotterdam para empresas de Cataluña

La presente convocatoria tiene por objet o promover la participación de pymes de la Comunidad Autónoma de Cataluña en la actuación Visita a feria ECE Rotterdam 2026, feria internacional del sector de cereales y alimentación animal, que tendrá lugar los días 5 y 6 de noviembre de 2026 en Rotterdam (Países Bajos)

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona CÁMARA DE COMERCIO DE TORTOSA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • - CONCEPTOS CON JUSTIFICACIÓN SIMPLIFICADA:
  • Viaje y alojamiento de las empresas
  • Billetes o pasajes (físicos o electrónicos) de ida y vuelta, del medio de transporte público utilizado o copia de las tarjetas de embarque o documento electrónico que lo sustituya. (si no se dispone de la documentación mencionada, se podrá presentar copia de la factura de com pra del billete junto con la reserva del plan de vuelo realizado) (2) Alojamiento y/o manutención: Se tendrán en cuenta los días de actividad en destino acreditados con las evidencias de dicha actividad (p.e agenda de reuniones, acreditación de entrada a la feria, etc.)
  • - CONCEPTOS CON JUSTIFICACIÓN COMPLETA: Documentación a aportar* Tipología Concepto de gasto Factura/s (1) Comprobantes bancarios (2) Evidencia de la realización del gasto (3)
  • Alquiler de espacio, stand y/o salas para la realización de la actuación, derechos de inscripción en ferias O O O
  • Gastos de decoración básica del espacio, stand y/o sala, alquiler de mobiliario, medios audiovisuales, entradas feria, acreditaciones, azafatas, etc. O O O
  • Elaboración de agendas de trabajo de las empresas O O O
  • ACLARACIONES SOBRE LA DOCUMENTACIÓN A APORTAR: (1) Facturas: copia de las facturas debidamente cumplimentadas que deberán contener los datos o requisitos que establece el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
  • gastos declarados, la misma debe permitir acreditar los siguientes aspectos: i. Fecha-Valor del pago. ii. Identificación del beneficiario del pago y del ordenante del mismo: el ordenante del pago debe ser el beneficiario de la ayuda (coincidencia NIF y denominación social). iii. Concepto en que se ordena el pago, con remisión, en su caso, al número o números de facturas a que corresponde (si el documento de pago como tal no hace referencia a la/s factura/s, deberá ir acompañado de la documentación complementaria que permita verificar la correspondencia entre gasto y pago). A continuación, se listan los principales medios de pago y su forma de justificación, si bien se podrán admitir otros medios de pagos legalmente aceptados, siempre que permitan acreditar los extremos
  • Copia de la orden de transferencia
  • Extracto bancario donde se pueda comprobar claramente el descuento de la orden de transferencia aportada en la cuenta bancaria de la entidad beneficiaria. En el caso de transferencias realizadas a través de banca electrónica, el pago se podrá acreditar mediante documento bancario en el que se haga mención expresa a los siguientes
  • Identificación del beneficiario del pago y del ordenante: el ordenante del pago debe ser el beneficiario de la ayuda (coincidencia CIF y denominación social).
  • Concepto en que se ordena el pago, con remisión, en su caso, al número o números de facturas a que corresponde (si el documento de pago pago como tal no hace referencia a la/s factura/s, deberá ir acompañado de la documentación complementaria que permita v erificar la correspondencia entre gasto y pago).
  • Extracto bancario donde se pueda verificar el correspondiente cargo en la cuenta bancaria de la entidad beneficiaria. PAGARÉ ▪ Copia del pagaré No es prueba suficiente de pago efectivo el posible descuento del pagaré que el
  • Extracto bancario donde se pueda verificar el correspondiente cargo en la cuenta bancaria de la entidad beneficiaria. proveedor haya podido realizar en una entidad bancaria, es decir, el pago efectivo no quedará acreditado hasta que se aporte el cargo del importe en la cuenta de la entidad beneficiaria.
  • Copia del recibo mensual de la tarjeta
  • Extracto bancario donde se pueda verificar el descuento de dicho extracto
  • Contrato del cliente (beneficiario) con la entidad financiera
  • Pago del cliente (beneficiario) a la entidad financiera,
  • Pago de la entidad financiera al proveedor. En el caso de acreditar el pago mediante una de estas formas es necesario que en todo el proceso de documentación se pueda identificar el concepto que se está pagando (factura/s), las fechas en las que se producen los movimientos financieros y que se identifique claramente al proveedor/acreedor y al beneficiario. FACTORING

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objet o promover la participación de pymes de la Comunidad Autónoma de Cataluña en la actuación Visita a feria ECE Rotterdam 2026, feria internacional del sector de cereales y alimentación animal, que tendrá lugar los días 5 y 6 de noviembre de 2026 en Rotterdam (Países Bajos)