CONVOCATORIA PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ENTIDAD COLABORADORA PARA LA GESTIÓN DEL BONO CONSUMO CREVILLENT 2026

Título oficial: CONVOCATORIA PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ENTIDAD COLABORADORA PARA LA GESTIÓN DEL BONO CONSUMO CREVILLENT 2026

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 15.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Tener personalidad jurídica propia y plena capac idad de obrar para actuar como entidad colaboradora en la gestión de subvenciones públicas.
  • Encontrarse legalmente constituidas y disponer d e personalidad jurídica propia, debiendo acreditar dicha circunstancia mediante la documenta ción que corresponda en función de su naturaleza jurídica.
  • A estos efectos, podrán aportarse, entre otros, los siguientes documentos:
  • Certificado de inscripción en el Registro Mercanti l cuando se trate de sociedades mercantiles.
  • Certificación de inscripción en el Registro Nacion al de Asociaciones o en el correspondiente Registro de Autónomos de Asociaciones, cuando se trate de asociaciones Fomento Económico, empleo y comercio Expediente 1868307X
  • Certificación de inscripción en el Registro de Fun daciones que resulte competente, cuando se trate de fundaciones.
  • Certificación o documento acreditativo de su creac ión, adscripción o existencia jurídica, cuando se trate de organismos públicos, entidades p úblicas empresariales, organismos autónomos, consorcios u otras entidades integrantes del sector público.
  • Certificación expedida por la Secretaría General o por el órgano competente de la correspondiente Corporación de derecho Público, cua ndo se trate de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación u otras corporaciones de derecho público.
  • Escritura de constitución, estatutos o cualquier o tro documento válido en derecho que permita acreditar la personalidad jurídica y plena capacidad de obrar de la entidad solicitante.
  • No encontrarse incursas en ninguna de las prohib iciones para obtener la condición de entidad colaboradora previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social, SUMA y con el
  • Cumplir con las obligaciones descritas en el art ículo 15 de la LGS.
  • Comprometerse a constituir tras la firma del con venio de colaboración, la garantía exigida en la presente convocatoria mediante aval bancario en los términos previstos en las mismas. La acreditación del cumplimiento de los requisitos anteriores se realizará mediante la presentación de la documentación prevista en la base quinta, sin perjuicio de las facultades de comprobación que correspondan al Ayuntamiento de Crevillent.
  • - Solvencia y eficacia. Las entidades deberán disponer de una organización y de medios suficientes para desarrollar la campaña, custodiar y distribuir los fondos, atender a establecimientos y consumidores y justificar
  • La persona responsable de la coordinación y el e quipo asignado, con sus funciones y disponibilidad.
  • La plataforma tecnológica y sus funcionalidades de registro, emisión, canje, trazabilidad y elaboración de informes.
  • Los procedimientos de comprobación de operacione s, conciliación de fondos y prevención de duplicidades.
  • La organización de la asistencia a establecimien tos y consumidores.
  • Los medios económicos y organizativos que permit an atender los costes de gestión asumidos hasta su liquidación. La valoración de estos medios como requisitos de admisión se realizará mediante informe técnico motivado, atendiendo a su suficiencia para ejecutar las obligaciones descritas, sin confundir esta comprobación con la puntuación de la experiencia prevista en la cláusula octava. Las condiciones de solvencia y eficacia deben permitir verificar la aptitud real de la entidad colaboradora.
  • - Solicitud, plazo de presentación y documentación a aportar. Las solicitudes se presentarán exclusivamente por m edios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Crevillent, de conf ormidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimient o Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo máximo de si ete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Fomento Económico, empleo y comercio Expediente 1868307X

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Comercio, Turismo y Pymes