Personas físicasES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Convocatoria prácticas ONCE CRUE UPV 2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 8.000,00 €. Inicio: 30/09/2026. Plazo: Fin: 15/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Forma de presentación de la documentación
  • Inscribirse correctamente en la plataforma establecida para el programa: (https://becas.fundaciononce.es/). Recordar utilizar el mismo número de identificación que se utilizó al matricularse en la UPV (NIF, NIE, o el que corresponda). Además, para el trámite de inscripción en el Servicio Integrado de Empleo (en adelante SIE) de la UPV, deberán cumplimentar y enviar su solicitud a través del formulario on-line que se deberá imprimir en pdf y firmar digitalmente por el solicitante. De forma excepcional, en el caso de que no se pueda poseer certificado digital, se podrá imprimir en formato papel y firmar manualmente. Se aceptará una única solicitud por persona. Adicionalmente, se informa a la persona solicitante de que la Universitat Politècnica de València, para la tramitación de estas Becas, accederá al Expediente académico, en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Sin embargo, la persona solicitante podrá ejercitar su derecho a oponerse a l acceso a dichos documentos indicándolo así en la solicitud. En caso de ejercitar este derecho, deberá aportarlos junto con la solicitud.
  • Lugar de presentación de la documentación La solicitud firmada indicada anteriormente se entregará preferentemente por Sede electrónica de la
  • https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do Cuando no fuera posible enviar la solicitud y documentación de la forma indicada, se podrá remitir por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de l Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Plazo de presentación de la documentación Id: UPV-GENFirma-434936 Cod. Verificació: 2HIG6EARF2E0EZE3
  • 3 El plazo de inscripción en la plataforma de becas de Fundación ONCE está abierto desde el 15 de septiembre de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2026. El p lazo de inscripción en el SIE de la UPV será desde el día siguiente de su publicación en el DOGV hasta el 15 de diciembre de 2026. De acuerdo con art. 59, apartado 5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando a la finalización de un período se hayan concedido las Becas correspond ientes y no se hayan agotado el importe máximo a otorgar, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resoluciones que recaigan en el marco de esta misma convocatoria.
  • Plazo de realización de la práctica La práctica en empresa se podrá realizar desde el mes siguiente a la resolución de esta convocatoria (siempre y cuando se cumpla la normativa de prácticas en empresas en temas de presentación de documentación) y hasta el 31/12/2027 que finaliza la vigencia de este convenio.
  • Tendrán preferencia los/las estudiantes de último curso que hayan superado más del 70 % de los créditos correspondientes a su título universitario.
  • Así mismo, tendrán preferencia los /las estudiantes que no hayan disfrutado aún de prácticas académicas externas.
  • Baremo por nota: Baremo Concepto Descripción Puntos máximos 1 *Expediente Académico Diferencia entre la Nota Persona y la Nota Titulación ---- 2 Créditos superados Haber superado más del 70% de los créditos ---- 3 Práctica realizada No haber realizado ninguna práctica en empresa ----
  • SÉPTIMA. RECURSOS Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universitat Politècnica de València en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso -administrativo ante los órganos de jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, conforme a los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Id: UPV-GENFirma-434936 Cod. Verificació: 2HIG6EARF2E0EZE3
  • Los establecidos por la convocatoria 2026-2027 propia del Programa “Becas – Prácticas FUNDACIÓN ONCE -CRUE – Universidades Españolas ” disponibles en sus “Términos y
  • Que recogen: a. Tener una discapacidad legalmente reconocida igual o superior al 33%. b. Estar matriculado/a en grado o máster (oficial o propio) en la Universitat Politècnica de València. c. Tendrán preferencia el estudiantado de último curso y que hayan superado más del 50% de los créditos de grado o ser estudiantado de máster del correspondiente título universitario. Se dará preferencia además al estudiantado que aún no haya disfrutado de prácticas académicas externas.
  • Cumplimiento de las condiciones establecidas en la normativa de aplicación en la UPV, para la realización de prácticas en empresas bajo Convenios de Cooperación Educativa.
  • A efectos de reconocimiento académico y de acuerdo con los datos obrantes en la UPV deberá tener disponibles el número de horas para la realización de prácticas, en base a la titulación que esté cursando.
  • Estar INSCRITO en la Base de Datos Curr icular del Servicio Integrado de Empleo, a fecha de finalización del plazo de inscripción. La obtención de estas Becas quedará condicionada a que las personas beneficiarias tramiten y realicen una práctica a través de los Programas de Cooperación Educativa del SIE, bajo el marco legal establecido por el RD 592/2014, siguiendo los procedimientos establecidos para tal fin. (https://www.upv.es/contenidos/siepract/17477-2-2/ ).
  • ÓRGANO DE INSTRUCCIÓN El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Técnico de Planificación y Calidad del Servicio Integrado de Empleo o persona en quien delegue.
  • COMISIÓN DE SELECCIÓN La Comisión de selección es el órgano colegiado que valorará las solicitudes y formulará la oportuna propuesta de resolución. La Comisión resolverá las incidencias que se puedan ocasionar a lo largo de la convocatoria con objetividad y transparencia.
  • Presidenta: Vicerrectora de Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad
  • Vicerrectora de Empleo, Formación Permanente y Lenguas.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Educación