CONVOCATORIA POR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A LOS DEPORTISTAS INDIVIDUALES DE FIGUERES QUE PARTICIPEN EN COMPETICI · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA POR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A LOS DEPORTISTAS INDIVIDUALES DE FIGUERES QUE PARTICIPEN EN COMPETICIONES DE ALTO NIVEL DEPORTIVO Y/O FORMAN PARTE DE PROGRAMAS DE ALTO NIVEL Y/O ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO EL AÑO 2026.

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Deportistas, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE FIGUERES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Deportistas, Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.000,00 €. Inicio: 28/09/2026. Plazo: Fin: 26/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Los deportistas no profesionales que, en competiciones individuales o en pareja, hayan hecho podio en Campeonatos de Cataluña, participado o hacer podio en Campeonatos de España, participado o hacer podio en campeonatos de Europa o hayan participado en campeonatos del mi o superiores, todas competiciones de alto nivel deportivo / alto rendimiento, reconocidas por las respectivas federaciones deportivas de ámbito catalán, estatal o internacional.
  • Los deportistas de deportes individuales que acrediten estar en posesión del certificado de deportista de alto nivel/alto rendimiento deportivo expedido por el Consejo Superior de Deportes o el certificado de alto nivel/alto rendimiento catalán de alto nivel expedido por el onsejo Catalán del Deporte. La convocatoria se realiza de conformidad con las bases aprobadas por la Junta de Gobierno Local, por delegación del Pleno, en sesión de fecha 31 de julio de 2024 y publicadas al BOPG número 180, de 20 de agosto de 2024.
  • - Periodo de ejecución El periodo de valoración de los méritos dispuestos para aspirar a las subvenciones de esta convocatoria se establece entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
  • - Carácter de las subvenciones Las subvenciones objeto de esta convocatoria su, a todos los efectos gastadas de derecho público, tienen carácter discrecional, voluntario y eventual, no generan ningún derecho a la obtención otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente. El procedimiento para su concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, libro concurrencia, objetividad, igualdad, no-discriminación, eficacia y eficiencia.
  • - Crédito presupuestario asignado y cuantía máxima que se destina Las subvenciones objeto de esta convocatoria se financian con cargo a la aplicación presupuestaria 26 203 34100 48000 AYUDAS AL DEPORTE del ejercicio 2026 y se destina la cantidad total de 10.000,00 euros.
  • - Compatibilidad con otras subvenciones Las subvenciones concedidas serán compatibles con cualquier otorgada por otras administraciones públicas, entes públicos o privados para la misma actividad. Los beneficiarios tendrán que comunicar la solicitud y/o la obtención de cualquier subvención pública concurrente que no se haya declarado con la solicitud. La suma de todas las subvenciones obtenidas para la misma finalidad no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada. Si se supera este coste, se exigirá la devolución del exceso en la parte proporcional.
  • - Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención Pueden ser beneficiarios de las subvenciones objeto de esta convocatoria las personas físicas (o su representante legal, en caso de ser menores de edad) que cumplan con los requisitos establecidos en su punto séptimo de las bases reguladoras para el otorgamiento de subvenciones destinadas a deportistas individuales de Figueres que participen en competiciones y/o actividades deportivas de alto rendimiento.
  • - Solicitud y plazo de presentación La solicitud de subvención y toda la documentación requerida se presentará telemáticamente mediante certificado digital a través del registro de entrada del Ayuntamiento de Figueres o bien a través de los otros medios previstos en el
  • Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de los premios.
  • Justificar el cumplimiento de los requisitos y las condiciones, y también la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o el goce del premio.
  • Colaborar en la organización de actividades y/o acontecimientos deportivos del municipio.
  • Velar en todo momento para difundir los valores implícitos del deporte y representar dignamente en la ciudad de Figueres.
  • Colaborar en las actividades de promoción de la ciudad de Figueres.
  • Comunicar al órgano concedente la modificación de cualquier circunstancia, tanto de carácter objetivo como subjetivo, que pueda afectar alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la subvención.
  • Hacer constar en toda la producción gráfica y audiovisual que realicen el logotipo y/o la colaboración del Ayuntamiento de Figueres.
  • - Justificación y plazo de pago de la subvención Dado que las subvenciones se conceden en atención a los méritos deportivos conseguidos y justificados documentalmente en la solicitud, estas no requieren otra justificación que la acreditación por cualquier medio admitido en derecho de dicha situación previa a la concesión, en aplicación del artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La orden de pago de las subvenciones se establecerá en el mismo el acuerdo de otorgamiento, previo informe favorable de la persona responsable del centro gestor.
  • - Notificaciones Las concesiones y denegaciones así como todos los actos administrativos derivados de la tramitación administrativa relativa a las solicitudes para concurrir a las convocatorias que se lleven a cabo en el marco de estas bases se notificarán electrónicamente, vía e-NOTUM, a los solicitantes que hayan
  • - Régimen de recursos El acuerdo de resolución de la convocatoria pondrá fin a la vía administrativa, y se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación. Alternativamente y de forma potestativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación.
  • - Medio de notificación Una vez transcurrida este plazo sin que se haya adoptado la resolución, los solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. La resolución tiene que ser notificada a cada beneficiario de manera individualizada en el plazo máximo de diez días posteriores a la fecha en que haya sido adoptada. Las notificaciones se harán por cualquier medio que permita en el Ayuntamiento tener constancia que el interesado o su representante legal ha recibido la resolución, como también de la fecha, la identidad y el contenido del acto administrativo, sin perjuicio de la obligación de publicidad de las subvenciones otorgadas, de acuerdo con el que establece la normativa general de subvenciones.
  • - Publicación Esta convocatoria, así como su extracto previsto en el artículo 17.3.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona. También se publicará en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y a la página web municipal www.figueres.cat.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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