CONVOCATORIA PLURIANUAL 2026 DE SUBVENCIONES PARA LAS AYUDAS PARA INVERSIONES NO PRODUCTIVAS DE EE.LL

1. El objeto de la presente convocatoria es regular las condiciones para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva durante el ejercicio de 2026, de las ayudas previstas en la Resolución de 20 de febrero de 2026 de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo LEADER en el Principado de Asturias, para inversiones en operaciones no productivas de entidades locales (LEADER entidades locales), en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (Intervención 7119) (BOPA núm. 39 de 26/02/2026) (en adelante, “bases reguladoras”).

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiarias de la ayuda las entidades locales pertenecientes al ámbito territorial del GAL seleccionado por Resolución de 25 de mayo de 2023 en el Principado de Asturias, para la aplicación de la intervención LEADER en el marco del PEPAC, que cumplan lo establecido en la Base Quinta de las bases reguladoras y cuyas actuaciones cumplan lo establecido en la Base Sexta. Se tendrán en cuenta, asimismo, las limitaciones y condiciones dispuestas, para cada uno de los GAL, en el Anexo II de la presente convocatoria.
  • documentation
    En la sede electrónica del Principado de Asturias ( https://sede.asturias.es) están publicados los modelos normalizados de estas ayudas, que se podrán localizar introduciendo el código AYUD0535T04 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará información complementaria, formularios y plantillas para su descarga y la posibilidad de iniciar electrónicamente dicha solicitud por el formulario web. Estos modelos serán de uso obligatorio.
  • documentation
    La solicitud deberá presentarse obligatoriamente por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 30/2022 de 23 de diciembre, por aplicación del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en los términos previstos reglamentariamente, y en la sede electrónica del Principado de Asturias https://sede.asturias.es/ a través del modelo normalizado antes mencionado, mediante el formulario web.
  • documentation
    Cada solicitante deberá aportar junto con la solicitud de ayuda la documentación establecida en el Anexo III de la presente convocatoria, y deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaria de la ayuda y los compromisos adquiridos. La falta de la documentación e información establecida como mínimo imprescindible en dicho
  • documentation
    De acuerdo al punto 8 de la Base Décima y de conformidad con el artículo 23.4 de la Ley General de Subvenciones, se autoriza la sustitución de la presentación de los documentos acreditativos de los siguientes requisitos por las declaraciones responsables integradas en el modelo
  • documentation
    CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA Estado del documento Original Página 12 de 57 Dirección electrónica de validación CSV https://consultaCVS.asturias.es Código Seguro de Verificación (CSV) 16340722355626400022 normalizado de formulario web de estas ayudas, que se podrán localizar introduciendo el código AYUD0535T04 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página
  • documentation
    El cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el
  • documentation
    Las solicitudes de ayuda serán evaluadas por el personal técnico del GAL conforme a los CSO, vigentes en el momento de la convocatoria. Dichos criterios son los que constan en el Anexo II.
  • documentation
    CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA Estado del documento Original Página 15 de 57 Dirección electrónica de validación CSV https://consultaCVS.asturias.es Código Seguro de Verificación (CSV) 16340722355626400022 La puntuación máxima nunca podrá superar los 100 puntos y no podrán ser aprobadas las solicitudes que obtengan una valoración igual o inferior a 40 puntos.
  • documentation
    En cada GAL se constituirá una Comisión de Valoración compuesta por un máximo de 4
  • documentation
    El Presidente del GAL, que actuará como presidente de la Comisión;
  • documentation
    El Gerente del GAL, que actuará como Secretario de la misma; y
  • documentation
    Uno o dos técnicos del GAL, nombrados por la Presidencia. En caso de imposibilidad de alguno de los miembros para asistir a dicha Comisión, la Presidencia podrá delegar en otro miembro de la Junta Directiva; la Gerencia podrá delegar en un técnico del GAL. Si por causas sobrevenidas no fuese posible completar la Comisión según las indicaciones anteriores podrá nombrarse a personal técnico o de la Gerencia de otro GAL. Si fuese necesario podrá participar personal técnico de la Consejería designado a tal efecto, con voz, pero sin voto.
  • documentation
    Serán funciones de cada Comisión de Valoración las siguientes:
  • documentation
    Asegurar la aplicación del principio de concurrencia competitiva.
  • documentation
    Estudiar y valorar las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido en la convocatoria.
  • documentation
    Comparar las solicitudes admitidas, con el fin de establecer entre las mismas el orden de prelación resultante de la aplicación de los CSO.
  • documentation
    Confeccionar un acta en la que se recoja el resultado de la evaluación, los cálculos realizados y las puntuaciones obtenidas, y en la que se formule propuesta motivada de concesión o
  • documentation
    3 del Reglamento de la LGS), ordenada con criterios de prioridad, donde figuren los importes a conceder a las solicitudes de ayuda que pudieran incorporarse a la lista de admitidas, en el caso de que se liberaran saldos suficientes en la aplicación presupuestaria asignada a esta finalidad. La inclusión en una lista complementaria no supone ningún nivel de prioridad en los procesos de selección que tenga lugar en la siguiente convocatoria.
  • documentation
    Elevar sus propuestas de concesión, incluyendo cantidad propuesta para cada expediente, y de denegación de ayudas a la aprobación de la Junta Directiva de cada GAL.

Gastos y actuaciones

  • Si la ayuda tiene costes subvencionables identificables podrán acumularse con: · eligible
    Cualquier otra ayuda estatal, siempre que dichas medidas de ayuda se refieran a costes subvencionables identificables diferentes;
  • Si la ayuda tiene costes subvencionables identificables podrán acumularse con: · eligible
    Cualquier otra ayuda estatal, correspondiente, parcial o totalmente, a los mismos costes subvencionables, únicamente si tal acumulación no supera la intensidad de ayuda o el importe máximos aplicables en virtud del Reglamento 2022/2472. El importe de las ayudas no puede superar en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas destinadas a la misma finalidad, el coste de la inversión subvencionable. De acuerdo a lo previsto en el punto 7 de la Base Octava, la inversión aprobada y certificada será superior al umbral mínimo de 15.000 €.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    Solo serán elegibles los gastos incluidos conforme a la normativa general aplicable y, en particular, los descritos en la Base Sexta. En concreto, serán subvencionables, entre otras, las
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    La puesta en marcha o mejora, con enfoque innovador, de los servicios básicos a la población de la comarca.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    La puesta en marcha o mejora, con enfoque innovador, de servicios asistenciales o bien dirigidos a la infancia o a la tercera edad.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    La puesta en marcha o mejora, con enfoque innovador, de proyectos turísticos, culturales y de ocio.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    La movilidad sostenible.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    La protección del entorno natural y las actividades asociadas.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    La revalorización del patrimonio arquitectónico y cultural del territorio.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    El Impulso de la transición energética y la bioeconomía.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    El Impulso de la protección y la sostenibilidad medioambiental del territorio.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    El desarrollo tecnológico, de las comunicaciones y la accesibilidad a Internet para fomentar la formación, la actividad económica y el empleo.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    El desarrollo de infraestructuras que generen actividad económica y empleo.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    Las acciones de formación y sensibilización.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    Otras actuaciones acordes con la EDLP del GAL al que corresponde el ámbito territorial en el
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    Las inversiones en infraestructuras y equipamientos necesarios para el desarrollo de las operaciones descritas en los epígrafes anteriores.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    Además, para cada una de las líneas de actuación anteriores, serán subvencionables los costes generales relacionados tales como honorarios de arquitectura, ingeniería, consultoría y asesoría, costes de asesoramiento sobre la viabilidad económica y medioambiental, derechos de patentes o licencias, diseño de envases y marcas, incluidos los estudios de viabilidad, desarrollo de programas informáticos, derechos de autor y marcas registradas, así como otros gastos de naturaleza similar. De acuerdo a la Base Sexta, apartado 3, se establece para estos gastos un límite del 10% del total de la inversión subvencionable. Además, dentro de esta tipología para el concepto de Ingeniería de proyectos y dirección facultativa se establece un máximo del 7,5% de la suma representada por la cuantía de la inversión subvencionable en obra civil. En el caso de proyectos plurianuales, en las certificaciones parciales, las beneficiarias podrán justificar la ayuda mediante pagos parciales y acopios de materiales, según se establece en el punto de 3 de la Base Sexta.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · ineligible
    No serán subvencionables las siguientes inversiones o gastos:
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    Las inversiones que no se ubiquen íntegramente en la comunidad autónoma del Principado de Asturias.
  • Artículo 8.- Gastos subvencionables · eligible
    Los realizados con una fecha anterior a la solicitud de ayuda o, en su caso, a la comprobación de no inicio de las actuaciones.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. El objeto de la presente convocatoria es regular las condiciones para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva durante el ejercicio de 2026, de las ayudas previstas en la Resolución de 20 de febrero de 2026 de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo LEADER en el Principado de Asturias, para inversiones en operaciones no productivas de entidades locales (LEADER entidades locales), en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (Intervención 7119) (BOPA núm. 39 de 26/02/2026) (en adelante, “bases reguladoras”).