CONVOCATÒRIA PER A LA CONCESSIÓ D¿AJUTS AL TRANSPORT PER A L¿ALUMNAT D¿ESTUDIS POST OBLIGATORIS FORA DE SANT VICENÇ DE…

Título oficial: CONVOCATÒRIA PER A LA CONCESSIÓ D¿AJUTS AL TRANSPORT PER A L¿ALUMNAT D¿ESTUDIS POST OBLIGATORIS FORA DE SANT VICENÇ DE CASTELLET PER AL CURS 25-26

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT VICENÇ DE CASTELLET.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.250,00 €. Inicio: 07/10/2026. Plazo: Fin: 30/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que estén empadronadas en Sant Vicenç de Castellet.
  • Que estén matriculadas en un centro público o concertado sufragado con fondos
  • Que cursen los estudios fuera del municipio de Sant Vicenç de Castellet.
  • Que hagan uso del transporte público para desplazarse a los centros educativos por el que se solicita la ayuda durante el curso 26-27.
  • Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Sant Vicenç de Castellet, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como con la Seguridad Social.
  • No hallarse en ninguno de los supuestos de reintegro previsto en el artículo 37 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.
  • No hallarse en ninguno de los supuestos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.
  • Acreditar mediante una declaración responsable de que no es persona beneficiaria de ninguna ayuda por el mismo concepto otorgado por el Ministerio de Educación.
  • 2- La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud, mediante la presentación de los documentos indicados en el artículo 7 de esta convocatoria. 4- Gastos subvencionables Con carácter general se considerarán gastos subvencionables los gastos relacionados con el desplazamiento necesario para la realización de estudios postobligatorios fuera del municipio de Sant Vicenç de Castellet en concepto de transporte público. 5- Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOPB por parte de la BDNS.
  • Formas de presentación de las solicitudes: Telemáticamente en la sede electrónica de la web municipal www.svc.cat. Habrá que escoger el trámite correspondiente, iniciar la tramitación, rellenar el formulario web y adjuntar la documentación que se indique debidamente cumplimentada. Para realizar trámites telemáticamente es necesario que se identifique digitalmente. Presencialmente, en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Sant Vicenç
  • de Castellet, OAC, en la dirección: Pl. del Ayuntamiento, 10 08295 San Vicente de Castellet Tel. 93 693 06 11 También pueden presentarse solicitudes en cualquiera de las otras formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento de las normas que la regulan. 6- Cuantía de las ayudas La ayuda consistirá en una cantidad máxima de hasta 120€ por persona solicitante que cumpla todos los requisitos establecidos. En función del número de personas solicitantes que cumplan los requisitos se otorgará un importe de forma proporcional. 7- Documentación a aportar
  • Las personas solicitantes tendrán que presentar:
  • DNI/NIE del alumno/a. En caso de que el alumno/a sea menor de edad es necesario presentar DNI/NIE del padre/madre/tutor/a legal.
  • Formulario específico de la solicitud que incluirá la declaración responsable.
  • Plaça de l’Ajuntament, 10 - 08295 Sant Vicenç de Castellet. Tel. 936930611 - Fax 936930610 - www.svc.cat - svcastellet@svc.cat En la declaración responsable se hará constar conforme la persona solicitante reúne los requisitos para poder obtener la condición de beneficiario, el compromiso de cumplimiento de las condiciones impuestas para el otorgamiento de la ayuda, si ha sido beneficiario/a de otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad, y el compromiso de comunicar las que se obtengan en el futuro. En caso de ser menor de edad, es necesario que el padre/madre o tutor legal, presente la declaración responsable.
  • Volante de empadronamiento (lo obtendrá el propio ayuntamiento)
  • Documento acreditativo de la matriculación en el c entro educativo para el curso 26 -
  • La documentación justificativa deberá incluir:
  • Copia de los títulos de transporte, abonos, billetes o facturas que acrediten el gasto efectuado en concepto de transporte público. El Ayuntamiento se reserva el derecho de verificar la veracidad de la documentación aportada y de requerir información adicional si lo considera necesario para comprobar el correcto destino de los fondos. En caso de que no se presente la justificación en el plazo establecid o o ésta sea incompleta o incorrecta, se procederá a la revocación de la ayuda y, en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas. Sant Vicenç de Castellet, 20 de octubre de 2026 El alcalde, Daniel Mauriz Vidal

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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