Convocatoria para la realización de acciones sectoriales del ejercicio 2025, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P..

● Cerrada

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Qué necesitas

  • La FEPRL instruirá el procedimiento de concesión y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. Evaluadas las solicitudes por el órgano instructor, la Comisión de Valoración emitirá un informe, en el que concretará el resultado de la evaluación efectuada. Conforme a lo acordado en la sesión del Patronato de la FEPRL, de fecha 11 de noviembre de 2025, a las acciones que se desarrollen al amparo de la presente convocatoria se destinará, con cargo a los presupuestos de la FEPRL , un importe máximo de hasta
  • 362.397,12 euros, de los cuales: 2.816.752,00 euros corresponden a los fondos previstos para acciones Sectoriales correspondientes al ejercicio presupuestario 2025; 1.460.016,00 euros corresponden a la mitad del remanente de fondos previstos para acciones Sectoriales para 2023, tal como se establece en el Plan de Actuación de la FEPRL para el ejercicio 2025, así como 3.918.164,75 euros derivados de remanentes de las convocatorias de acciones ordinarias para el ejercicio 2024 , a los que se añaden 167.464 ,37 euros de remanentes de rendimientos financieros en virtud de lo previsto en el artículo 27 LF.
  • Los CNAEs no prioritarios no tendrán una distribución por CNAEs concretos y su asignación se hará por estricto orden de puntuación.
  • Las solicitudes de acciones a estos CNAEs no podrán superar el importe de
  • Para repartir el crédito asignado a estos CNAEs no prioritarios, se ordenarán las solicitudes que hubieran obtenido la puntuación mínima exigida de 55 puntos, de mayor a menor valoración. El importe a repartir se asignará comenzando por la solicitud de mayor valoración y siguiendo por las sucesivas solicitudes en orden decreciente de valoración, con
  • Reformulación de solicitudes. A las solicitudes de CNAEs no prioritarios a las que no se haya asignado el 100% del importe solicitado, la propuesta de resolución, conforme a lo señalado en la Disposición Decimosexta de la presente convocatoria3., podrá señalar la necesidad de reformulación de la solicitud.
  • Reparto del saldo presupuesto que resulte del reparto de la asignación a los CNAEs
  • Son cuatro los casos posibles que pueden resultar del reparto de la asignación a
  • En caso de que el segundo reparto de la asignación a los CNAEs prioritarios y el primer reparto a los no prioritarios agotes el crédito de cada asignación, no se originará saldo presupuestario para repartir.
  • En caso de que el segundo reparto de la asignación a los CNAEs prioritarios agote el crédito de su asignación y el primer reparto de la asignación a los CNAEs no prioritarios no agote el crédito de su asignación, el saldo presupuestario de los CNAEs no prioritarios se repartirá entre las solicitudes de los CNAEs prioritarios.
  • En caso de que el segundo reparto de la asignación a los CNAEs prioritarios no agote el crédito de su asignación y el primer reparto de la asignación a los CNAEs no prioritarios agote el crédito de su asignación, el saldo presupuesto de los CNAEs prioritarios se repartirá entre las solicitudes de los CNAEs no prioritarios.
  • Por último, si tanto el reparto de la asignación a los CNAEs prioritarios como de los CNAEs no prioritarios no agota el crédito de su asignación respectiva, en cada uno de los dos repartos se origina la situación de que el crédito de la asignación es superior al importe de las solicitudes con puntuación mínima, en cuyo no procede incrementar el crédito de ninguna de las dos asignaciones.
  • El saldo presupuesto de los CNAEs prioritarios se reparte entre las solicitudes de los CNAEs no prioritarios, (caso 3). En este caso se realiza el segundo reparto de CNAEs no prioritarios, el reparto del saldo presupuesto de los CNAEs prioritarios, por puntuación y con el límite de
  • que en los CNAEs no prioritarios queden solicitudes con la puntuación mínima exigida sin asignación.
  • Acreditación de la entidad solicitante:
  • Para las organizaciones sindicales y empresariales:
  • º Número de Identificación Fiscal.
  • º Copia de la escritura pública de sus Estatutos vigentes, y la certificación del depósito de los mismos, emitido por la autoridad competente, validado electrónicamente.
  • º Certificación de cargo del representante legal autorizado que formula la solicitud, validado electrónicamente por la autoridad pública competente, o bien acreditación de la inscripción del apoderamiento en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA).
  • º Copia de la escritura pública de sus Estatutos vigentes y la certificación del depósito de los mismos emitido por la autoridad competente, validado electrónicamente.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras actuaciones de carácter económico