CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN POR CONCURRENCIA COMPETITIVA EN EL AÑO 2026 DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA DEL CASCO ANTIGUO Y PINTADO Y DECORO DE FACHADAS EN EL CASCO URBANO, QUE HAYAN SIDO EJECUTADAS.

subvención. Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales , no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la citada ley. Esta circunstancia se acreditará por parte de las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 del Reglamento de esta ley…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • - Haber solicitado y obtenido la licencia, o el título habilitante correspondiente, que establezca la legislación aplicable, así como el abono efectivo de las obligaciones tributarias derivadas de dichas actuaciones.
  • - Haberse iniciado la ejecución de la actuación a partir del día siguiente a que concluyera el plazo de presentación de solicitudes correspondiente a la convocatoria de la anualidad de 202 5 . Urbanismo y Medio Ambiente Expediente 1861910M
  • - Haber ejecutado a la fecha de presentación de la solicitud de forma íntegra las actuaciones (obra, pago y justificación) respecto de inmuebles ubicados en el Casco Antiguo de la Ciudad, en el caso de las ayudas a la rehabilitación, y en el casco urbano en el caso de las ayudas al pintado y decoro de fachadas. Se entiende por “Casco Antiguo” el delimitado en el artículo 5.1.1 de las NN.UU. del PGOU. Se entiende por “casco urbano” el suelo urbano en situación básica de urbanizado, de acuerdo con el planeamiento urbanístico vigente.
  • - Las actuaciones de pintado de fachadas deberán haberse ejecutado conforme a las prescripciones técnicas establecidas por el Área de Urbanismo y Medio Ambiente, y previa conformidad del Arquitecto municipal acreditada en debida forma. En todo caso, deberá haberse emitido informe de conformidad con la ejecución por el Arquitecto municipal respecto del cumplimiento de las disposiciones del Plan Especial de Protección y Reforma del Casco Antiguo, en los casos procedentes.
  • - Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado por la normativa reguladora de la subvención. Número 2 del artículo 31 redactado por el apartado tres del artículo 11 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas («B.O.E.» 29 septiembre2022), según consta en el punto 8.3.5º. F . Octavo.- Presentación de solicitudes, plazo y documentación
  • 2.- Si la solicitud no reúne los requisitos y documentos indicados, se requerirá al solicitante para que, en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, subsane las deficiencias observadas, quedando apercibido de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistido en su petición y se archivarán las actuaciones sin más trámite, conforme a lo previsto en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y
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    3.- En los casos en que la convocatoria prevé la sustitución de la presentación de determinados documentos por una declaración responsable del solicitante, con anterioridad al pago de la subvención se deberá requerir por el órgano instructor la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a 10 días. El incumplimiento de dicha condición implicará la pérdida del derecho al cobro de la subvención. Decimotercero.- Criterios de valoración Las cuantías e importes de la subvención se establece en el punto SEXTO de esta convocatoria.
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    Obras de conservación y mantenimiento, restauración, consolidación y reparación, acondicionamiento, reestructuración o exteriores no incluidas en la letra b) siguiente, e instalaciones, dotaciones y servicios necesarios vinculadas a dichas edificaciones: hasta un máximo de 5 puntos, distribuidos en forma razonada en relación con e l grado de la necesidad y de la mejora de la seguridad, la habitabilidad, en las de rehabilitación; y en relación con la visibilidad y mejora de la imagen urban a resultante, en las de pintado y decoro de fachadas. Se aplica a actuaciones de rehabilitación y de pintado de fachadas.
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    Nivel de protección patrimonial del edificio: hasta 5 puntos. Se aplica a actuaciones de rehabilitación y de pintado de fachadas. * BIC: 5 puntos * Entorno BIC o incluido en Conjunto Histórico-Artístico: 4 puntos * Bien Catalogado, según Ley de patrimonio cultural o por inclusión en el catálogo del PEPRI, 3 puntos.
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    Antigüedad del edificio. Hasta 5 puntos. Se aplica actuaciones de rehabilitación y de pintado y decoro de fachadas. * Edificios anteriores a 1920: 5 puntos. * Edificios entre 1920 y 1940: 4 puntos. * Edificios entre 1941 y 1960: 2 puntos. * Edificios entre 1961 y 1980: 1 punto.
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    Gasto previsto: en función del coste subvencionable unitario por vivienda o local del
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    edificio. Se aplica a actuaciones de rehabilitación y pintado de fachadas: * Hasta 1000 €: 1 punto. * de 1000 € a 5000 €: 2 puntos. * de 5001 € a 10000 €: 3 puntos. * de 10001 € a 30000 €: 4 puntos * Más de 30000 €: 5 puntos. Decimocuarto.- Plazo para el otorgamiento El plazo máximo en el que debe notificarse al interesado la resolución será el establecido Urbanismo y Medio Ambiente Expediente 1861910M
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    - El Ayuntamiento de Barbastro revocará las subvenciones que haya otorgado y ordenará el reintegro de las cantidades percibidas, más el interés de demora, desde el momento del pago de la subvención, en los casos y forma establecidos legalmente, y además en los
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    La falta de presentación del certificado al que hace referencia en el apartado OCTAVO basada en la falsedad de la información aportada en el Anexo IV.
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    - Constituirán criterios de graduación de posibles incumplimientos de las condiciones
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    Proporción respecto del grado efectivo de cumplimiento de las obligaciones.
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    Verificación de que el cumplimiento de las obligaciones se aproxima de modo significativo al total, y actuación inequívoca tendente al cumplimiento.
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    DOCUMENTOS ANEXOS A PRESENTAR DEBIDAMENTE FIRMADOS Y CUMPLIMENTADOS
  • OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES OTORGABLES POR EL
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    SOLICITA concurrir a la convocatoria de subvenciones destinadas a la rehabilitación en el Casco Antiguo o al pintado de fachadas (según proceda) y CERTIFICO que todos los datos contenidos en esta solicitud y los documentos que se acompañan se ajustan a la realidad. En Barbastro a…... de ……………….. de 2026 Fdo. ……………………………………. (firma digital para personas jurídicas) De acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos le informamos que los datos personales contenidos en este documento formarán parte del fichero de subvenciones titularidad del Ayuntamiento de Barbastro con la finalidad de tramitar estas subvenciones. Estos datos no serán cedidos a terceros salvo que la ley lo permita o lo exija. Ud. podrá acceder, rectificar y suprimir sus datos así como los demás de derechos expuestos en la información adicional sobre protección de datos que podrá consultar en nuestra web www.barbastro.org”. En Barbastro a..… de ……………….. de 2026 Fdo. ……………………………………. (En el formato digital deberán incluir: _____Acepto Política de Protección de Datos)

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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subvención. Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales , no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la citada ley. Esta circunstancia se acreditará por parte de las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 del Reglamento de esta ley. Para las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada se establece la necesidad de acreditar el cumplimiento de los plazos legales de pago mediante certificación, emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que atenderá al plazo efectivo de los pagos de la empresa cliente con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa proveedora. Quinto.- Gastos subvencionables Podrán ser objeto de subvención municipal los gastos directamente vinculados al objeto de la subvención, es decir, los costes de las obras e instalaciones que se citan, en las materias de rehabilitación edificatoria y pintado/decoro de fachadas, hasta el momento de Urbanismo y Medio Ambiente Expediente 1861910M