Personas físicasES617 - Málaga

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO, ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MIJAS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

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    Nombre y apellidos Fecha nacimiento/adopción/acogimiento Cód. Validación: 74YJT2MEFGNP94PK4ZL76DDQ7 Verificación: https://mijas.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2
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    DOCUMENTACION A APORTAR  DNI/NIE de la persona solicitante (Tutor/a legal 1)  DNI/NIE del tutor/a legal 2  Libro de familia completo o cualquier otro documento que acredite la composición de la unidad familiar.  Resolución administrativa de acogida o certificación expedida por los servicios de protección de menores competentes en los supuestos de acogimiento familiar  Certificado de titularidad bancaria  Certificado de discapacidad de los/las menores que motivan la solicitud o hermanos/as  En caso de oposición expresa a la consulta de datos de empadronamiento, aportar certificado de empadronamiento histórico colectivo  En caso de solicitantes menores de edad que realizan la solicitud sin representación legal, copia de la escritura pública de emancipación, certificación del Registro Civil o certificado literal de matrimonio, según proceda Cód. Validación: 74YJT2MEFGNP94PK4ZL76DDQ7 Verificación: https://mijas.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 2
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    - Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto establecer el procedimiento para la concesión de las Ayudas al Nacimiento, Adopción o Acogimiento , dirigidas a apoyar económicamente a las familias del municipio de Mijas ante la llegada de nuevos menores al núcleo familiar durante el ejercicio
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    La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mijas , aprobada definitivamente el 13 de noviembre de 2025.
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    Las Bases Reguladoras de las Ayudas al Nacimiento, Adopción o Acogimiento del Ayuntamiento de Mijas.
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    La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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    La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
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    -. Crédito presupuestario. Las ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 30002/2316/48004 del Presupuesto Municipal, por un importe total de 100.000,00€ concediéndose en régimen de concurrencia competitiva. La concesión quedará limitada al crédito disponible, sin que se puedan contraer compromisos superiores. Cód. Validación: AAET944S4ZC2HQY7996TGGWLL Verificación: https://mijas.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 4
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    Podrán ser beneficiarias las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras que cumplan:
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    Que el nacimiento, adopción o acogimiento se haya producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
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    Estar empadronadas en Mijas , con una antigüedad mínima de 5 años inmediatamente anterior al hecho causante.
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    Convivir con el menor en el domicilio de Mijas en la fecha de presentación de la solicitud.
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    Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
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    No estar incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003. Estas ayudas podrán solicitarse por cada menor nacido, adoptado o acogido.
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    -. Cuantía de la ayuda económica. La cuantía individual de la ayuda será de 300,00€ por cada menor. En casos de nacimientos múltiples, adopciones múltiples o acogimientos de varios menores , se concederá la cuantía por cada niño o niña. Si el importe total de las ayudas a conceder superara la dotación presupuestaria disponible, se aplicará un prorrateo entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos, reduciéndose la cuantía individual hasta ajustarse al límite máximo del crédito autorizado.
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    - Naturaleza de la ayuda económica. La ayuda tiene carácter de prestación económica de apoyo familiar , sin necesidad de justificar un gasto concreto, destinada a cubrir necesidades iniciales derivadas del nacimiento, adopción o acogimiento.
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    - Plazo y forma de presentación de solicitudes. En cumplimiento de lo establecido en el art. 14.3 de la LPAC, las personas solicitantes deberán presenter la solicitud por sede electronica del Ayuntamiento de Mijas o en los Registros Municipales, utilizando los modelos establecidos como anexos en la presente convocatoria. El plazo de solicitudes comenzará siete días después de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPMA y durante un plazo de 15 días hábiles. Cód. Validación: AAET944S4ZC2HQY7996TGGWLL Verificación: https://mijas.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 4
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    DNI/NIE de la persona solicitante.
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    Libro de familia, resolución judicial o administrativa de adopción o acogimiento.
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    Certificado de empadronamiento histórico colectivo.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras actuaciones de carácter económico