Personas jurídicasES523 - Valencia / València

subvenciones para financiar la mejora del servicio de TRANSPORTE PÚBLICO en municipios de La Serranía y El Rincón de Ad…

Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones para financiar la mejora del servicio de TRANSPORTE PÚBLICO en municipios de La Serranía y El Rincón de Ademuz.

La finalidad de las ayudas es financiar: a. Servicio de taxi y transporte discrecional en autobús para personas empadronadas en los municipios beneficiarios de la ayuda. b. Reducción del precio de los títulos de transporte en las líneas de transporte regular de personas por carretera con origen, parada o destino en los municipios beneficiarios, para personas empadronadas en estos municipios. c. Incremento de la frecuencia del servicio de transporte regular de viajeros por carretera entre el núcleo principal y núcleos secundarios del municipio. d. Gastos de funcionamiento del servicio de transporte regular de viajeros de gestión municipal directa. e. Servicio público de vehículo compartido…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 100.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Pertenecer a alguno de los Grupos de Acción Local LEADER 2023-2027 recogidos en la Resolución de 7 de marzo de 2024 del director general de Desarrollo Rural de la Generalitat.
  • Tener menos de 10.000 habitantes, de acuerdo con las cifras oficiales de población de 2025. Estas características fueron las exigidas en la convocatoria BDNS núm. 908187 (modalidad A) para los municipios beneficiarios, convocatoria de la que fueron excluidos estos municipios por estar prevista su inclusión en otro programa (proyecto piloto de transporte a demanda) con la misma finalidad. Dada la imposibilidad de realizar la prueba piloto en un periodo de tiempo similar en fechas de inicio y fin al periodo de ejecución de la convocatoria referida, se convocan estas ayudas para asegurar la homogeneidad de trato a los municipios con características similares de toda la provincia.
  • - Secretario General de DIPUTACION - Vicente Rafael Boquera Matarredona 16-sep-2026
  • - Presidente Diputación - Vicente José Mompó Aledo de DIPUTACION - Presidente Diputación - Vicente José Mompó Aledo 16-sep-2026 Página 3 de 18 Esta es una copia impresa del documento electrónico generada por la aplicación informática Portafirmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://www.sede.dival.es/opencms/opencms/portal/index.jsp?opcion=verifica
  • Bases reguladoras Esta convocatoria se rige por lo que prevé la Ordenanza general de subvenciones (OGS) de la Diputación de València, cuyo texto consolidado se encuentra publicado en el Portal de Transparencia de la Diputación de València (https://www.dival.es/sites/default/files/portal-de- transparencia/2024%2012%2004%20OGS.%20Consolidada.2025.CAS_.pdf), que se ha de entender como las bases reguladoras de esta convocatoria.
  • Definiciones a efectos de esta convocatoria
  • Municipio en riesgo de despoblamiento. Tienen esta consideración los que cumplen las condiciones que prevén los apartados 1 y 2 del artículo 15 de la Ley 5/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana.
  • Municipio rural. Se consideran municipios rurales los municipios de la provincia de Valencia que forman parte de los grupos de acción local (GAL) reconocidos por la Resolución de 7 de marzo de 2024, del director general de Desarrollo Rural, por la cual se seleccionan las c andidaturas estimadas a grupo de acción local provisional LEADER 2023 -2027, en el marco del Plan estratégico nacional de la política agraria comunitaria (PEPAC) de la Comunidad Valenciana 2023-2027 (DOGV 9807, de 12 de marzo de 2024).
  • Núcleo secundario de población. Son núcleos objeto de esta subvención aquellos que están separados territorialmente del núcleo principal de población del municipio al cual pertenecen.
  • Compatibilidad. Esta subvención es compatible con la percepción otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado, a excepción de cualquier otra línea de subvención para el mismo p royecto concedida por la Diputación de València. La subvención concedida en esta convocatoria, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
  • Financiación. Estas subvenciones se financiarán con cargo a la aplicación 706 41400 46200 con un importe total
  • 000 euros del presupuesto de gastos de la Diputación.
  • Cuantía y carácter de la subvención y normas de reparto.
  • El importe de la subvención podrá llegar hasta el 100% del coste subvencionable de las solicitudes presentadas.
  • La subvención tiene carácter postpagable una vez aprobada, si procede, la justificación presentada por la entidad beneficiaria.
  • - Presidente Diputación - Vicente José Mompó Aledo de DIPUTACION - Presidente Diputación - Vicente José Mompó Aledo 16-sep-2026 Página 4 de 18 Esta es una copia impresa del documento electrónico generada por la aplicación informática Portafirmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://www.sede.dival.es/opencms/opencms/portal/index.jsp?opcion=verifica
  • Importe de la subvención: La asignación de los recursos económicos que corresponde a cada
  • Se establece una cantidad fija en cada uno de los municipios beneficiarios. La cantidad fija es de dos mil euros (2.000 €). ii) Se establece una cantidad adicional para los municipios en riesgo de despoblación de quinientos euros (500 €). iii) Una vez asignada la cantidad inicial entre las entidades solicitantes, se restará del total aprobado para la convocatoria (100.000 €) y se repartirá el 50% de manera proporcional a los habitantes de derecho de 202 5, y el otro 50% en función de la distancia de su núcleo principal a su hospital de referencia.
  • Periodo de ejecución. El acuerdo entrará en vigor a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de València, si bien se admitirán gastos desde el 1 de octubre de 2026 y hasta el 28 de febrero de 2027.
  • - Presidente Diputación - Vicente José Mompó Aledo de DIPUTACION - Presidente Diputación - Vicente José Mompó Aledo 16-sep-2026 Página 5 de 18 Esta es una copia impresa del documento electrónico generada por la aplicación informática Portafirmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://www.sede.dival.es/opencms/opencms/portal/index.jsp?opcion=verifica

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables. · ineligible
    Se consideran subvencionables los gastos corrientes derivados de las actividades y los proyectos seleccionados, de acuerdo con lo que se dispone en la base 15.b. de esta convocatoria (justificación de la subvención y forma de pago) y la Ordenanza General de Subvenciones (OGS) de la Diputación de València. Las inversiones quedan expresamente excluidas.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La finalidad de las ayudas es financiar: a. Servicio de taxi y transporte discrecional en autobús para personas empadronadas en los municipios beneficiarios de la ayuda. b. Reducción del precio de los títulos de transporte en las líneas de transporte regular de personas por carretera con origen, parada o destino en los municipios beneficiarios, para personas empadronadas en estos municipios. c. Incremento de la frecuencia del servicio de transporte regular de viajeros por carretera entre el núcleo principal y núcleos secundarios del municipio. d. Gastos de funcionamiento del servicio de transporte regular de viajeros de gestión municipal directa. e. Servicio público de vehículo compartido. El impacto positivo que se espera se concreta, por un lado, a contribuir a dotar de un nivel de servicio similar de transporte público entre municipios; entre núcleos principales y sus núcleos secundarios; y con otras ciudades, infraestructuras o servicios. Por otro lado, y en el mismo sentido, se espera contribuir con estas ayudas a reducir el precio del transporte regular de personas por carretera