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SUBVENCIONES PARA ENTIDADES DE CULTURA POPULAR Y TRADICIONAL DE IBIZA SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL AÑO 2026

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES DE CULTURA POPULAR Y TRADICIONAL DE IBIZA SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL AÑO 2026

El objeto de esta convocatoria es apoyar las actividades de las entidades de cultura popular y tradicional sin ánimo de lucro de Santa Eulària des Riu, y que estén debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES531 - Eivissa y Formentera. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 55.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • T ener su domicilio social en el municipio de Santa Eulària des Riu.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.
  • No estar sometidas a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Ley .
  • Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.
  • En cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, no estar sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme. A estos efectos, el solicitante firmará una declaración responsable ubicada en el trámite de solicitud de la ayuda en la sede electrónica municipal.
  • El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del extracto de la convocatoria. Las solicitudes se presentarán en el Registro T elemático del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, situado en la página web www.santaeulariadesriu. como, en virtud a lo que se establece en el
  • - Las solicitudes se presentarán por registro de entrada electrónico utilizando el trámite que se habilitará al efecto en la sede electrónica municipal durante el período de presentación de solicitudes, identificándose mediante medios electrónicos o acreditando debidamente la representación. La solicitud contendrá los datos mínimos requeridos para tramitar la ayuda, incluyendo las declaraciones responsables necesarias. La documentación que
  • deberá adjuntarse en este trámite es la siguiente:
  • Copia del DNI/NIE del representante de la asociación y NIF de la entidad que representa.
  • Certificado u otro documento bancario donde se identifique el número de cuenta en la que se pagará el importe íntegro de la subvención. Debe ser una cuenta bancaria en la que la asociación sea titular.
  • Programación para el año 2026 que incluya los proyectos y actividades a realizar para las que se solicita la subvención con indicación del presupuesto de gastos e ingresos previsto para su ejecución, desglosado para cada una de las actividades.
  • Como justificación de las actividades descritas en el punto 8.1 de estas bases, se presentará carta de invitación de la entidad organizadora y publicidad, en su caso, del evento. En el caso de las actividades promovidas directamente por el Ayuntamiento, se adjuntará de oficio a la solicitud la justificación necesaria.
  • Como justificación del punto 8.2. de estas bases se aportará el listado de alumnos de los cursos organizados.
  • Como justificación del punto 8.3. de estas bases se aportará la siguiente
  • Invitación oficial del festival o entidad organizadora.
  • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la entidad que se haya desplazado.
  • Programa del festival que incluya las actuaciones de la entidad peticionaria.
  • Facturas originales de los billetes de las personas desplazadas (bailadores y bailadoras, sonadores y dos directivos) o, en caso de que el viaje no se haya realizado a la hora de presentar las solicitudes, se podrán presentar presupuestos oficiales, obligando al solicitante, a la hora de presentar la justificación económica, a presentar las facturas originales y toda la documentación que requiera la cuenta. Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río
  • Recortes de prensa con noticias, si existen, sobre la participación de la entidad en el festival o evento.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de esta convocatoria es apoyar las actividades de las entidades de cultura popular y tradicional sin ánimo de lucro de Santa Eulària des Riu, y que estén debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.