CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y PROYECTOS DEL ÁMBITO CULTURA PARA EL AÑO 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ROCA DEL VALLÈS, LA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • El plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones para proyectos y actividades a desarrollar en el ámbito de CULTURA será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria registrado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) en el Butlletí Oficial de la Província de Barcelona (BOPB).
  • Cualquier solicitud presentada fuera de este plazo no será admitida.
  • Para los sujetos obligados del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, es obligatorio presentar la solicitud mediante el trámite habilitado a tal efecto, el cual se puede tramitar a través del siguiente enlace presente en la web municipal del Ayuntamiento de la Roca del Vallès: Solicitud Subvenciones 2026 concurrencia - CULTURA
  • Para las personas físicas, también es obligatorio presentar la solicitud mediante el trámite habilitado a tal efecto, que se puede tramitar a través del enlace indicado en el correlativo anterior. Aquellas solicitudes que no sean presentadas en la forma establecida en este artículo, y/o fuera del plazo aquí indicado, se entenderán presentadas de forma incorrecta y, en consecuencia, serán desestimadas.
  • Documentación necesaria para solicitar una subvención: Para presentar una solicitud de subvención ante el Ayuntamiento de la Roca del Vallès será necesario seguir los pasos del procedimiento habilitado a tal efecto. En los
  • siguientes casos será necesario adjuntar documentación:
  • En el caso que la subvenció n sea superior a 10.000,00 € se presentará una Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección de la entidad, al efecto de hacerlas públicas a tenor de lo que dispone el artículo
  • 2 de la L ey 19/2014, de 29 de diciembre, de tr ansparencia, acceso a la información i buen gobierno.
  • En caso que la subvención sea superior a 3.000,00 € se presentará: .- Certificado acreditativo de l’AEAT de estar al corriente con las obligaciones tributarias .-. Certifica do acreditativo de estar al corriente con las obligaciones con la Seguridad Social. Dicha documentación deberá presentarse en cualquiera de las lenguas cooficiales en Cataluña, y deberá presentarse debidamente firmada por el solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artí culo 53.1.d) de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y aceptación de las normas que la regulan.
  • - PLAZO PARA RESOLVER Y NOTIFICAR De acuerdo con lo que se recoge en el art. 17 de las Bases, la Comisión calificadora se encuentra sujeta a las siguientes normas respecto a la propuesta de aprobación y
  • La propuesta de resolución definitiva será aprobada por resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de La Roca del Vallès, que resolverá el expediente y deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes que resulten beneficiarios de una concesión de la subvención, su cuantía, y especificando la evaluación y los criterios de valoración seguidos por esta adjudicación.
  • Esta resolución, debidamente motivada, deberá emitirse en el plazo máximo de 3 meses a contar desde la finalización del período de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo que recoge el art. 124 del Decreto 179/1995. Sin perjuicio de la obligación de emitir resolución, transcurrido el plazo mencionado sin que se haya dic tado y notificado la resolución expresa, las solicitudes se entienden desestimades y, en consecuencia, denegada la subvención, de acuerdo con el artículo 54.2. e) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya.
  • Las resoluciones de cada procedimiento de convocat oria de subvenciones se notificarán mediante su publicación en el Tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de La Roca del Vallès, y en la BDNS, teniendo en cuenta lo que recoge a estos efectos el artículo 41 de la Ley 39/2015. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
  • 10 puntos: A todos los públicos.
  • 7 puntos: a un sector específico.
  • 0 puntos: no abierta. Elaboración y planificación de un calendario anual de actividades de l a entidad (5 puntos)
  • 5 puntos: elaboración calendario anual
  • 0 puntos: no elaboración calendario anual Actividades que contribu yan al con ocimiento y difusión de la cultura y patrimonio local dentro del municipio (15 puntos)
  • 15 puntos: Más de d os actividades que contribuyan al conocimiento y difusión de la cultura i patrimonio local dentro del municipio.
  • 10 puntos: una actividad que contribuya al conocimiento y difusión de la cultura y patrimonio local dentro del municipio.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura