CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS A FAVOR DE PERSONAS FISICAS, ASOCIACIONES Y CLUBES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2026

Es objeto de esta convocatoria regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actividades, programas y proyectos dirigidos al fomento y la promoción de la

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES616 - Jaén. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORREDONJIMENO.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
  • Ser una asociación o club deportivo sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, legalmente constituida e inscrita en el Registro Autonómico correspondiente y que desarrolle su actividad en el municipio de Torredonjimeno.
  • Tener sede social o delegación en el término municipal de Torredonjimeno. En el caso de personas físicas, estar empadronado en el municipio de Torredonjimeno.
  • En el caso de personas físicas, ser deportista individual y participar de forma no profesional en competiciones a nivel nacional o internacional en el periodo de ejecución de esta convocatoria.
  • En los casos que proceda, estar inscrito en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Torredonjimeno de acuerdo con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Torredonjimeno. Los anteriores requisitos deberán reunirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la justificación de la subvención concedida.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Facilitar a la persona que designe el Iltmo. Ayuntamiento de Torredonjimeno, la inspección y documentación de la actividad, así como observar las indicaciones técnicas que se hagan sobre el desarrollo de la misma; debiendo someterse asimismo a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes. Cód. Validación: 7CAQTZ3MGZMD2K4NL946EKDAT Verificación: https://tosiria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 12
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, procedentes de otras Administraciones Públicas o entidades privadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Informar al Ayuntamiento de Torredonjimeno, sobre cualquier cambio que se produzca en el programa.
  • Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 3 del artículo 7 de la Ordenanza Municipal de subvenciones
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la Ordenanza Municipal de subvenciones.
  • Aportar en el momento de la justificación las certificaciones correspondientes al cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica de protección jurídica del menor 1/1996, de 15 de enero.
  • documentation
    Se establece un máximo de una solicitud de subvención por entidad o persona solicitante.
  • documentation
    La presentación de las solicitudes de subvención, debidamente suscritas por el solicitante o representante legal, se realizará preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torredonjimeno que se encuentra en la dirección , salvo aquelloshttp://tosiria.sedelectronica.es/ que estén obligados a su presentación electrónica de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 la Ley 39/2015, en cuyo caso la presentación electrónica es obligatoria. Los/as interesados/as en participar en esta convocatoria deberán presentar su solicitud, conforme al modelo que figura como Modelo A1, acompañada de la documentación que se detalla en el artículo siguiente, al objeto de acreditar que reúnen los requisitos necesarios para ser considerados beneficiarios.
  • documentation
    El plazo máximo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, sin perjuicio de su inserción en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torredonjimeno y en el tablón de anuncios.
  • documentation
    Las solicitudes y demás documentación a presentar deberán estar firmadas digitalmente por los solicitantes o sus representantes.
  • documentation
    Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que subsane su solicitud o aporte la documentación necesaria, mediante anuncio en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la sede electrónica municipal, en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles desde la publicación en el BOP, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa acuerdo que deberá ser dictado en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015 de 1 octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación de los documentos derivados de este trámite, que deberán firmarse digitalmente, se realizará preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torredonjimeno que se encuentra en la dirección , salvo aquellos que estén obligados a suhttp://tosiria.sedelectronica.es/ presentación electrónica de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 la Ley 39/2015, en cuyo caso la presentación electrónica es obligatoria.

Gastos y actuaciones

  • Artículo 11. Gastos subvencionables y no subvencionables · ineligible
    Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo de ejecución de la actividad subvencionada. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación de la subvención, en los términos establecidos en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal de subvenciones. No serán subvencionables los gastos de inversión y/o equipamiento ni los gastos en gratificaciones, excepto para entrenadores y jugadores sin relación contractual, debiendo cumplir éstas últimas con las disposiciones legales vigentes (declaración IRPF…) Como norma general, los pagos de los gastos imputados al proyecto subvencionado deberán
  • Artículo 11. Gastos subvencionables y no subvencionables · eligible
    Transferencia bancaria al proveedor/trabajador.
  • Artículo 11. Gastos subvencionables y no subvencionables · eligible
    Cheque nominativo a favor del proveedor/trabajador.
  • Artículo 11. Gastos subvencionables y no subvencionables · eligible
    Pago con tarjeta de crédito o débito. No se aceptarán los pagos realizados en efectivo.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto de esta convocatoria regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actividades, programas y proyectos dirigidos al fomento y la promoción de la