CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR 2026/2027

La subvención tiene por finalidad permitir al Ayuntamiento de Casar de Cáceres aplicar una política de ayuda a la educación de los vecinos y vecinas de Casar de Cáceres, permitiendo que pueda beneficiarse de ella cualquier vecino o vecina del municipio que reúna los requisitos de edad y matriculación, sin que se suponga o pueda suponer un obstáculo la falta de recursos económicos, en los límites que más adelante se señalan.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASAR DE CÁCERES.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Acepta las bases de la convocatoria.
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    Cumplen los requisitos exigidos por la misma.
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    Son ciertos los datos que constan en esta solicitud.
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    No está incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario regulado en el art. 13 de la Ley 38/ 2003 de 17 de noviembre, general de Subvenciones.
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    Se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (art. 13 LGS), así como con el Ayuntamiento de Casar de Cáceres.
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    El alumnado deberá estar empadronado en Casar de Cáceres.
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    El alumno/a asiste regularmente a clase, y no es considerado absentista en el curso 2025/2026.  El solicitante es ☐ la madre, ☐ el padre, ☐ o el representante legal del menor (márquese lo que proceda). Nº cuenta
  • documentation
    DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON ESTA SOLICITUD. ☐ DNI del solicitante. ☐ En caso de padres separados: Sentencia de separación con el convenio regulador ☐ Documento bancario ☐ Facturas del material escolar adquirido por el importe subvencionado, a nombre del solicitante ☐ Libro de familia o equivalente. En relación con la Protección de Datos de Carácter Personal, resulta necesaria la lectura de la información suministrada al efecto en el reverso de esta solicitud y, asimismo,
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    SEÑALAR CON UNA “X” LO QUE PROCEDA ☐ Doy mi consentimiento para que el Ayuntamiento de Casar de Cáceres pueda obtener de forma directa, a través de certificados telemáticos, la acreditación por el beneficiario del cumplimiento de l as obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y empadronamiento. (Si no otorga la autorización, deberá aportar las correspondientes certificaciones) Casar de Cáceres, a……………… de ................................................................................. de 2026 Firma:______________________________________________________.
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    INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES De acuerdo con el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos Personales), SE INFORMA que los datos personales facilitados en este formulario serán tratados p or el Ayuntamiento de Casar de Cáceres con la finalidad de gestionar adecuadamente las ayudas a las familias para la adquisición de material escolar en el curso 2025/2026. El mencionado tratamiento de datos personales es necesario para que el Ayuntamiento pueda cumplir con las competencias atribuidas por la Ley 7/85, de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Sus datos personales no serán comunicados a terceros, salvo obligación legal. Igualmente se informa que podrá ejercer sus derechos ante el responsable del tratamiento.
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    TRATAMIEN TO Concesión de subvenciones Descripción ampliada: Dotación de una prestación económica para la adquisición de material escolar. Plazo d e conservación : Los datos pasarán a formar parte de un expediente administrativo, el cual deberá ser conservado durante el tiempo que se establezca en las distintas disposiciones legales y reglamentarias. Decisiones automatizadas: No se adoptan decisiones automatizadas ni se elaboran perfiles
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    Bases Reguladoras Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza específica para la concesión de subvenciones en materia de ayudas económicas para el aprendizaje de idiomas y material escolar, aprobada en fecha 28/10/2018 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 0240 de fecha 14/12/2018, y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado. La obtención de esta ayuda no implica su automática renovación para cursos sucesivos.
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    Créditos Presupuestarios La cuantía total máxima de las ayudas convocadas es de 12.000 € siendo la partida presupuestaria de aplicación 2310 48003.
  • Podrán solicitar la subvención aquellos alumnos/as, y en su representación sus tutores legales, que en el curso escolar 2026/2027 estén matriculados en segundo ciclo de educación infantil, en
  • Estar empadronado/a en el municipio de Casar de Cáceres en el comienzo del curso escolar.
  • Estar matriculado/a en el curso escolar 2026/2027 en segundo ciclo de educación infantil, en educación primaria o educación secundaria.
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    Justificante del abono de la adquisición del material escolar en cualquier establecimiento de la localidad durante los meses de agosto y/o septiembre de 2026. La justificación del empadronamiento será comprobada de oficio por parte del Ayuntamiento.
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    Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento El órgano competente para la instrucción del expediente es la Agente de Empleo y Desarrollo Local. Este solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones. El órgano competente para resolver será la Alcaldía.
  • documentation
    Plazo y Documentación. Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán a la Alcaldesa del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 2 de octubre de 2026. Deberán acompañar a la solicitud los documentos siguientes (no será necesario acompañar los documentos 1, 3 y 4 en caso de haber sido presentado en convocatorias anteriores. En ese caso, deben indicar la convocatoria, expediente y fecha en la que fue presentada.)
  • documentation
    Documento que acredite la personalidad del solicitante o su representante (DNI del solicitante).

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La subvención tiene por finalidad permitir al Ayuntamiento de Casar de Cáceres aplicar una política de ayuda a la educación de los vecinos y vecinas de Casar de Cáceres, permitiendo que pueda beneficiarse de ella cualquier vecino o vecina del municipio que reúna los requisitos de edad y matriculación, sin que se suponga o pueda suponer un obstáculo la falta de recursos económicos, en los límites que más adelante se señalan.