CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES

El objeto de la convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las subvenciones económicas que otorga el Ayuntamiento de Amposta para la realización de programas y actividades de promoción y participación deportiva, siempre y cuando no figuren incluidas en otros programas específicos del Ayuntamiento o que queden englobadas en los convenios de colaboración con el Ayuntamiento de Amposta.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES514 - Tarragona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE AMPOSTA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 35.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán acogerse a esta convocatoria todas las Asociaciones Deportivas y Clubes deportivos sin ánimo de lucro que tengan su domicilio social en Amposta, inscritos en el registro de entidades deportivas de la Secretaría General del Deporte de la Generalitat de Catalunya y en la federación correspondiente, con la excepción de aquellas entidades que tengan firmados un convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Amposta que cubra uno o todos los objetivos de la convocatoria. Podrán acogerse al programa A3 las personas físicas (o representante legal, si procede) con domicilio fiscal en Amposta y que no formen parte de un club o entidad que tenga convenio con el Ayuntamiento o que solicite la misma ayuda como entidad.
  • Que se encuentren al corriente de sus deudas con el Ayuntamiento y que no estén incursos en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
  • Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90.bis y 92.bis del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002).
  • Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que les pueda afectar.
  • Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Amposta, dentro del plazo máximo fijado.
  • Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será la Concejala de Deportes, a través de su departamento. Estas fases se desarrollarán atendiendo a lo establecido en la LGS. Una vez instruido el procedimiento, es competente para su resolución la Junta de Gobierno Local, por delegación del Alcalde.
  • Plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes, junto con la documentación exigida, deberán presentarse como máximo hasta el día 27 de septiembre de 2026, en el Registro del Ayuntamiento de Amposta, Plaza del Ayuntamiento, 3-4, planta baja.
  • Plazo de resolución y notificación El plazo para el otorgamiento de las subvenciones será, como máximo, de tres meses a contar desde la fecha de cierre del periodo de presentación de solicitudes. El plazo para presentar alegaciones o reclamaciones a la resolución provisional del otorgamiento de las subvenciones a particulares, entidades culturales y asociaciones para la realización de programas y actividades deportivas para el año 2026 será, como máximo, de diez (10) días a contar desde la notificación del otorgamiento de las subvenciones.
  • Subsanación de deficiencias Si la solicitud de inicio no reúne los requisitos fijados en estas bases, los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como de la persona solicitante, y/o cualquiera de los previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al solicitante, de acuerdo con lo establecido en el
  • Las solicitudes según Modelos Anexo I, debidamente cumplimentadas, deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, entendiendo que en dicha solicitud se incluye la autorización para que este Ayuntamiento pueda solicitar el certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • En caso de que el solicitante sea una asociación, presupuesto general de ingresos y gastos de la asociación previsto para el año 2026.
  • Fotocopia del documento del CIF de la entidad o asociación y fotocopia del DNI del solicitante.
  • Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria y Seguridad Social o certificados que acrediten esta situación.
  • Relación actualizada de los miembros de la junta directiva (modelo RJD).
  • En aquellas solicitudes para programas anuales de la actividad deportiva se deberá añadir:
  • Modelo Memoria explicativa del Proyecto deportivo programa A.1.
  • Relación de participantes (modelo VEI o VEE) y fotocopia de la ficha deportiva.
  • Fotocopias de los títulos de entrenadores o monitores. En aquellas solicitudes para organización de acontecimientos deportivos extraordinarios se
  • Explicación detallada de la actividad (memoria del proyecto).
  • Ámbito de la competición y participantes.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de la convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las subvenciones económicas que otorga el Ayuntamiento de Amposta para la realización de programas y actividades de promoción y participación deportiva, siempre y cuando no figuren incluidas en otros programas específicos del Ayuntamiento o que queden englobadas en los convenios de colaboración con el Ayuntamiento de Amposta.