Personas jurídicasES423 - Cuenca

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CUENCA DESTINADAS A LA ADECUACIÓN, MEJORA Y AMPLIACIÓN DE CEMENTERIOS MUNICIPALES EN MUNICIPIOS Y NÚCLEOS DE POBLACIÓN DE MENOS DE 250 HABITANTES.

La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones destinadas a cofinanciar actuaciones de adecuación, conservación, mejora, ampliación, reforma, modernización y equip amiento de cementerios municipales situados en municipios y núcleos de población de menos de 250 habitantes de la provincia de Cuenca. Unidad de Gestión Presupuestaria y Subvenciones Expediente 1857231N

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES423 - Cuenca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • General de Subvenciones, las entidades beneficiarias deberán:
  • Ejecutar la actuación subvencionada conforme a las condiciones establecidas en la presente convocatoria.
  • Destinar la inversión al fin para el que fue concedida durante el plazo legalmente exigible.
  • Justificar la aplicación de los fondos públicos recibidos en los términos previstos en estas normas.
  • Conservar los documentos justificativos durante el plazo establecido en la normativa aplicable.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control financiero que puedan realizar la Diputación Provincial de Cuenca, la Intervención General, el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha y cuantos órganos de control resulten competentes.
  • Comunicar la obtención de otras ayudas destinadas a financiar la misma actuación.
  • Cumplir las obligaciones de publicidad previstas en el artículo 27.
  • Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cuenca ( https://sede.dipucuenca.es), utilizando el trámite habilitado al efecto denominado "Subvención a Entidades Locales de la Provincia de Cuenca destinada a la adecuación, mejora y ampliación de cementerios municipales en municipios y núcleos de población de menos de 250 habitantes" , de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:
  • Modelo normalizado de solicitud (Anexo I).
  • Memoria valorada descriptiva de la actuación o presupuesto detallado de las inversiones a realizar.
  • Plano o documentación gráfica suficiente que permita identificar la ubicación de la actuación.
  • Certificado del Secretario-Interventor, conforme al modelo del Anexo IV, acreditativo de la titularidad del cementerio o, cuando éste no sea de titularidad de la entidad solicitante, de la disponibilidad del inmueble. En este último supuesto deberá aportarse, además, autorización del titular del cementerio conforme al modelo del Anexo V o cualquier otro documento válido en Derecho que acredite suficientemente la facultad de la entidad solicitante para ejecutar las actua ciones subvencionadas.
  • Declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiaria, incluyendo la acreditación de hallarse al corriente en el Unidad de Gestión Presupuestaria y Subvenciones Expediente 1857231N
  • cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, sin perjuicio de las facultades de comprobación de la Diputación Provincial. La presentación de la solicitud implicará la aceptación íntegra de las presentes bases y autorizará a la Diputación Provincial de Cuenca para realizar cuantas comprobaciones resulten necesarias respecto del cumplimiento de los requisitos exigidos en la con vocatoria, en los términos previstos en la legislación vigente. Cuando la actuación se refiera a un núcleo de población diferenciado del municipio solicitante, deberá presentarse una solicitud independiente por cada núcleo de población. Cada solicitud deberá identificar expresamente el núcleo de población al que se refiere la actuación y deberá acompañarse de la documentación técnica correspondiente a dicho núcleo. Un mismo Ayuntamiento podrá presentar tantas solicitudes como núcleos de población susceptibles de ser beneficiarios existan en su término municipal, además de la correspondiente al núcleo principal, en su caso.
  • El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca. Las solicitudes se presentarán en la forma prevista en el artículo anterior.
  • subvencionables efectivamente realizados y pagados por importe igual o superior al de la subvención concedida, sin que resulte exigible la acreditación o justificación del resto del coste de la actuación financiado mediante recursos propios o por otras fue ntes de financiación compatibles. La obligación de justificación se entenderá referida exclusivamente a la aplicación de los fondos concedidos por la Diputación Provincial de Cuenca a la finalidad para la que fueron otorgados Las subvenciones concedidas deberán justificarse en el plazo máximo de UN MES contado desde la finalización del período de ejecución previsto en el artículo 3 de la presente convocatoria. La justificación revestirá la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, de conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones. La cuenta justificativa se presentará electrónicamente, dirigida al órgano gestor de la Diputación
  • Instancia de justificación, conforme al modelo previsto en el Anexo II de la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cuenca, en la que conste el importe de la subvención concedida y el importe que se justifica.
  • Certificación expedida por la Secretaría de la entidad beneficiaria, conforme al modelo previsto en el Anexo III de la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones

Gastos y actuaciones

  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Tendrán la consideración de gastos subvencionables las inversiones que respondan de manera indubitada a la naturaleza y finalidad de la presente convocatoria, resulten estrictamente necesarias para la ejecución de las actuaciones subvencionadas y se realicen dentro del período de ejecución previsto en estas normas.
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    En particular, serán subvencionables las siguientes actuaciones:
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Adecuación, reforma y mejora de cementerios municipales.
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Construcción, ampliación y reparación de nichos, fosas y columbarios.
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Reparación o sustitución de cerramientos, muros perimetrales, vallados y accesos.
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Actuaciones destinadas a mejorar la accesibilidad y eliminar barreras arquitectónicas.
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Renovación o mejora de instalaciones eléctricas, alumbrado, abastecimiento de agua y otras instalaciones necesarias para el funcionamiento del cementerio.
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Pavimentación, urbanización interior y acondicionamiento de zonas de tránsito.
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Instalación de sistemas de drenaje, evacuación de aguas y saneamiento.
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Adecuación y mejora de zonas comunes.
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Adquisición e instalación de equipamiento inventariable directamente vinculado al funcionamiento del cementerio municipal.
  • ARTÍCULO 6.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Cualesquiera otras inversiones de naturaleza análoga que contribuyan de forma directa al cumplimiento de la finalidad de la presente convocatoria y se encuentren vinculadas al servicio municipal de cementerio.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos corrientes de funcionamiento.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos financieros, intereses deudores, recargos, sanciones administrativas o penales.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los tributos susceptibles de recuperación, compensación o deducción. Unidad de Gestión Presupuestaria y Subvenciones Expediente 1857231N
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de personal propio de la entidad beneficiaria.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · ineligible
    Los honorarios correspondientes a la redacción de proyectos, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud u otras asistencias técnicas, salvo cuando su contratación resulte legalmente preceptiva para la ejecución de la actuación subvencionada. No serán subvencionables actuaciones iniciadas con anterioridad al período de ejecución previsto en la convocatoria.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones destinadas a cofinanciar actuaciones de adecuación, conservación, mejora, ampliación, reforma, modernización y equip amiento de cementerios municipales situados en municipios y núcleos de población de menos de 250 habitantes de la provincia de Cuenca. Unidad de Gestión Presupuestaria y Subvenciones Expediente 1857231N