CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A DEPORTISTAS DE ÉLITE MENORES DE 18 AÑOS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAMAYOR (SALAMANCA) – EJERCICIO 2026.

Es objeto de estas bases regular la concesión de diez subvenciones, por importe de 500,00 € cada una, a jóvenes deportistas de élite individuales (personas físicas) federados, menores de dieciocho años y empadronados en el municipio de Villamayor con una antelación mínima de 3 meses. (En caso de que no exista crédito disponible para todos los que resulten beneficiarios se concederá solamente una beca por familia). Son ayudas dirigidas a consolidar su progresión deportiva, en régimen de concurrencia competitiva según lo previsto en el art…

En resumen: Está orientada a Deportistas, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES415 - Salamanca. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILLAMAYOR.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Estar empadronados en el municipio de Villamayor en el momento de formalizar la solicitud, con una antelación mínima de al menos tres meses. El empadronamiento se comprobará de oficio.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Hacienda local. Esta situación será comprobada de oficio por el Ayuntamiento.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria y Seguridad Social.
  • No estar incursos en ninguno de los supuestos de prohibición establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones
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    Participación en campeonatos oficiales durante las dos últimas temporadas, hasta un máximo de
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    Asistencia a competiciones internacionales. 5 puntos
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    Asistencia a competiciones nacionales. 3 puntos
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    Asistencia a competiciones regionales. 2 puntos
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    Relación entre los gastos e ingresos del deportista derivados de la práctica deportiva, hasta un
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    Una cantidad de gastos acreditados la última temporada mayor que de ingresos sin alcanzar el doble = 1 punto.
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    Una cantidad de gastos acreditados la última temporada del doble hasta el triple de los ingresos obtenidos = 3 puntos.
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    Una cantidad de gastos acreditados la última temporada del triple o más que los ingresos = 6 puntos.
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    Diversidad funcional y/o trastornos de conducta, hasta 2 puntos, con el objetivo de impulsar la práctica deportiva de personas con discapacidad. Se aportará certificado de discapacidad emitido por el órgano competente o informe médico.
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    Previsión en función de la renta: si la renta de la unidad familiar del deportista durante el ejercicio 2025 no superó los siguientes baremos, se reconocerá una puntuación adicional de 3 puntos, a fin
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    Veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente cuando el último sea sábado o festivo. Las solicitudes se presentarán presencialmente en el registro del Ayuntamiento de Villamayor en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 o telemáticamente en la sede electrónica dentro del plazo indicado, sin perjuicio de cualquiera de las modalidades previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No se examinarán aquellas solicitudes presentadas fuera de plazo.
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    El modelo de solicitud se anexiona a las presentes bases y se puede obtener en el Registro del Ayuntamiento de Villamayor, sito en Plaza España nº 4, o a través de la web del Ayuntamiento, www.villamayor.es.
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    En ella se hará constar: 1º. Declaración responsable de no encontrarse incurso el beneficiario de la subvención en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, con mención expresa de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Villamayor. 2º. Identificación del beneficiario (padre/madre o tutor legal) de la subvención: nombre y apellidos, D.N.I., domicilio y teléfono. 3º. Identificación del menor deportista: nombre y apellidos, D.N.I. (en su caso), domicilio y teléfono. 4º. Identificación de las competiciones en las que ha participado el joven deportista en las dos últimas temporadas y puesto obtenido. 5º. El importe de los gastos subvencionables de la última temporada derivados del desarrollo de la actividad deportiva que se ha sufragado por el beneficiario, que coincidirá con el importe que se deberá justificar. 6º. El importe de los ingresos totales percibidos (premios competiciones, otras ayudas o subvenciones públicas, publicidad y patrocinio, etc) durante la última temporada.
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    La solicitud conforme al modelo normalizado deberá acompañarse de la siguiente documentación:  Fotocopia del NIF del solicitante (padres o tutor legal) y, en su caso del representante legal, Ayuntamiento de Villamayor Plza. España, 4, Villamayor. 37185 (Salamanca). Tfno. 923305605. Fax: 923286438 Cód. Validación: 9D2HLPWZJNGLNJE69S66N75SP Verificación: https://villamayor.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 13
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    Si no se hubiera tenido obligación de presentarla: Certificado negativo con la información fiscal. (Si no puede aportar dicho certificado negativo de la Agencia tributaria en el plazo de presentación de la documentación, deberá acreditar haberlo solicitado y presentar la declaración del año anterior o certificado negativo de ausencia de obligación de ese año.)
  • Utilizar la ayuda económica para los fines para los que fueron concedidos.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto de estas bases regular la concesión de diez subvenciones, por importe de 500,00 € cada una, a jóvenes deportistas de élite individuales (personas físicas) federados, menores de dieciocho años y empadronados en el municipio de Villamayor con una antelación mínima de 3 meses. (En caso de que no exista crédito disponible para todos los que resulten beneficiarios se concederá solamente una beca por familia). Son ayudas dirigidas a consolidar su progresión deportiva, en régimen de concurrencia competitiva según lo previsto en el art. 22 y siguientes de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Villamayor, aprobada por acuerdo plenario de 28 de noviembre de 2019, que contienen las bases reguladoras generales. La finalidad perseguida es la promoción de la práctica deportiva individual, sufragando en parte los gastos, y financiar su participación en distintas competiciones, quedando excluidas las disciplinas colectivas (parejas, relevos, conjuntos, equipos…) de cualquier deporte.