CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A CLUBS QUE ORGANIZAN CARRERAS DE MONTAÑA. ÁREA DE DEPORTES. AÑO 2025

La convocatoria tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones y ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a entidades y clubs , que otorgue el Área de Deportes en su ámbito competencial para el diseño y desarrollo de Carreras de Montaña en el Municipio. Dichas ayudas y subvenciones se regirán por las presentes bases reguladoras y por las disposiciones que se determinen en cada convocatoria especifica. Podrán concurrir a esta subvención aquellos clubs que organicen carreras de montaña en el Concejo de Langreo…

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LANGREO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    Permiso de Organización expedido por la Federación Deportiva correspondiente (o certificación del Club, Asociación o Agrupación Deportiva que colabora en la organización de la prueba cuando no sea exigible el Permiso Federativo).
  • documentation
    Certificado de autorización expedid o por el órgano administrativo pertinente (Dirección de Seguridad Pública del Principado de Asturias, cuando la prueba se desarrolle íntegramente por vías situadas dentro de su ámbito territorial o por la Jefatura Central de Tráfico, cuando la prueba se desarrolle por vías de más de una Comunidad Autónoma.
  • documentation
    Justificante de contratación de seguro de responsabilidad civil.
  • documentation
    Justificante de la contratación de seguro de accidentes.
  • documentation
    Croquis preciso del recorrido.
  • documentation
    Itinerario y horarios de paso por los puntos determinantes del recorrido de la cabeza y el cierre de la prueba. Langreo, a ………….. de ………………………… de 20
  • Para ser beneficiarios de las ayudas las entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • La entidades y clubs deportivos , deberán estar legalmente constituidos de conformidad con lo establecido en el Decreto 24 /1998, de 11 de junio, por el que se regula el funcionamiento de los Clubes Deportivos y Agrupaciones de Clubes de ámbito autonómico del Principado de Asturias, e inscritas en el Registro de Entidades de Ayuntamiento de Langreo, en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias y en la Federación correspondiente o en su caso en Asociaciones o Delegaciones reconocidas por el Consejo Superior de Deporte. En caso de Federaciones de ámbito territorial asturiano deberán estar legalmente constituidas de conformidad con lo establecido en el Decreto 56 /1995, de 12 de abril, por el que se regulan las Federaciones Deportivas del Principado de Asturias.
  • No estar incursas las personas jurídicas o las entidades, o las personas que ostentan la representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de su bvenciones, por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38 / 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. del 18 de noviembre), según modelo Anexo III.
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias t anto estatales como autonómicas, de Seguridad Social y Agencia Tributaria, y no ser deudor del Ayuntamiento de Langreo, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes del mismo, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, líquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la Propuesta de
  • Desarrollar las actividades directamente por los beneficiarios de la subvención que figurarán inscritos en el Registro de E ntidades del Ayuntamiento de Langreo , así como en el correspondiente registro de la Consejería pertinente del Principado de Asturias.
  • Tener debidamente justificados los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Langreo. Se establece como obligación para los beneficiarios que deberán proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 25 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones, relativo a las causas de reintegro.
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución El órgano competente para la instrucción del expediente es la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Langreo dentro de las condiciones de concurrencia competitiva ya explicados en párrafos anteriores. El órgano competente para resolverlo será el Alcalde/Presidente del Ayuntamiento de Langreo, previo dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Servicios Sociales y Deportes.
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes se f ormalizarán conforme al modelo que contienen las presentes bases que se adjunta como Anexo I y se presentarán, cumplimentados todos y cada uno de sus apartados junto con la documentación adjunta, en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados, en el artículo 16.4 de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) diario oficial en el que se publicará el extracto de la convocatoria, por conducto de la BDNS , una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la i nformación requerida para su publicación; forma y plazo en que deban presentarse las solicitudes.
  • La solicitud podrá realizarse por medio de cualquiera de las siguientes vías:
  • Presencialmente, en el Servicio de Información y Atención Ciudadana (SIAC), sito en la planta baja del Ayuntamiento de Langreo (Plaza de España, s/n, 33900 - Langreo). En este caso se aconseja concertar cita previa a través del portal web municipal (www.ayto langreo.es) o por teléfono (985678800).
  • Por medio del Regis tro electrónico habilitado en l a sede electrónica de nuestro portal web (https://tramites.ayto-langreo.es/), previa identificación en el mismo.
  • En cualquier otra Administración Pública, adherida al Sistema de Interconexión de Registros.
  • Así como por cualquiera de las vías las previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Oficinas de correos, por ejemplo) Deberán acompañarse al modelo de solicitud que se adjunta como Anexo I, los documentos
  • Fotocopia del C.I.F. de la entidad, así como del N.I.F. del representante.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La convocatoria tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones y ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a entidades y clubs , que otorgue el Área de Deportes en su ámbito competencial para el diseño y desarrollo de Carreras de Montaña en el Municipio. Dichas ayudas y subvenciones se regirán por las presentes bases reguladoras y por las disposiciones que se determinen en cada convocatoria especifica. Podrán concurrir a esta subvención aquellos clubs que organicen carreras de montaña en el Concejo de Langreo. Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención económica para financiar los gastos de los proyectos seleccionados y serán compatibles con otras financiaciones. En los casos de concurrencia de subvenciones municipales, con las otras administraciones públicas, la suma de las mismas no podrá superar el 80% del coste de la actividad o proyecto subvencionado. La ayuda concedida no superará, en ningún caso, el importe resultante de aplicar el 80% al presupuesto de la actividad subvencionada y atenderá en su caso a los criterios en cada anexo. Los proyectos serán subvencionados hasta agotar las partidas presupuestarias y sin que pueda exceder