Personas jurídicasES241 - Huesca

Convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones de protección animal en la provincia de Huesca para actividades en el marco de la protección animal.

Sanidad

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Tendrá la consideración de beneficiario de la subvención las asociaciones protectoras de animales con sede en la provincia de Huesca y que realicen su actividad en la misma. Se requiere que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida dentro del objeto o fines sociales de las asociaciones solicitantes. A tal fin deberán aportar copia de sus estatutos donde figuren los fines y objeto social de tales asociaciones.
  • No podrán tener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones protectoras de animales en las que concurra alguna de las causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora, las asociaciones protectoras deberán
  • Se hallan al corriente de sus obligaciones tributarias y por reintegro de subvenciones con la Diputación Provincial de Huesca. No será necesario aportar documentación acreditativa de las obligaciones tributarias y por reintegro de subvenciones con la Corporación, por cuanto los correspondientes certificados serán recabados a la Tesorería de la Diputación Provincial de Huesca directamente por el órgano instructor del procedimiento de concesión. No obstante, si el solicitante denegara expresamente el consentimiento para que se recaben los expresados certificados deberá aportarlos por sí mismo junto con la solicitud. Se entenderá que se hallan al corriente cuando no mantenga las deudas señaladas anteriormente en período ejecutivo, que comenzará el día inmediato siguiente de finalización del período voluntario.
  • Se hallan al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social. El cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se acreditará mediante la presentación por el solicitante ante el órgano concedente de la subvención de las certificaciones administrativas positivas expedidas por el órgano competente, salvo que se haya autorizado expresamente en el momento de la solicitud a que la Diputación Provincial pueda solicitar los correspondientes datos. En Decreto Nº 2394 de 06/07/2026 "5.Decreto Aprobación Asociaciones Animalistas 2026"
  • el caso de que ya estuvieran en poder de la Diputación Provincial de Huesca, el solicitante, siempre que estén vigentes, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo.
  • Con anterioridad a la propuesta de resolución se deberá requerir la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la declaración del punto 3, en un plazo no superior a 10 días.
  • Tener su sede en la provincia de Huesca.
  • Desarrollar actividades relacionadas con la protección y el bienestar animal en la provincia de Huesca.
  • SEXTO. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por medios electrónicos a través del Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Huesca, mediante el trámite habilitado al efecto. (Presentación Nueva Instancia) Decreto Nº 2394 de 06/07/2026 "5.Decreto Aprobación Asociaciones Animalistas 2026"
  • Los formularios normalizados que se deben adjuntar a la solicitud deberán ir suscritos por la persona que ostente la representación legal de la entidad. En todo caso, las solicitudes que se presenten, deberán ir acompañadas, obligatoriamente, de la documentación que se detalla y que se pueden encontrar en Impresos e instancias - Diputación Provincial de Huesca - dphuesca.es. Cada entidad podrá presentar una única solicitud, en la que podrá incluir una o varias actividades subvencionables. Para la correcta cumplimentación de los formularios y la presentación de la documentación es aconsejable
  • seguir la Guía para cumplimentar subvenciones, elaborada por esta Diputación. Ver el siguiente enlace: (Guía cumplimentar subvenciones). En relación con los indicadores de evaluación, deberán establecerse las metas previstas para cada una de
  • Número de animales sometidos a tratamiento veterinario de esterilización Se otorgarán 0,20 puntos por cada animal identificado mediante microchip que haya recibido tratamiento veterinario de esterilización, hasta un máximo de 5 puntos. El cumplimiento de este criterio se comprobará con la justificación recibida, debiendo figurar los animales esterilizados con su microchip a nombre de la asociación en las facturas justificativas. Caso de que no se realizasen las esterilizaciones previstas, la subvención se minorará proporcionalmente.
  • Número de otros tratamientos veterinarios realizados:
  • Vacunación rabia y tetravalente: 0,10 por cada vacunación
  • Desparasitación interna y externa: 0,10 cada desparasitación (interna y externa se computan como una única desparasitación)
  • Examen clínico para realizar test vectorial: 0,10 por cada examen clínico. Hasta un máximo de 2 puntos.
  • Actividades de sensibilización, formación y mediación
  • Más de 5 horas: 3 puntos. La puntuación máxima total será de 10 puntos.
  • NOVENO. CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES La financiación de cada actividad subvencionada podrá alcanzar hasta el 80 % del presupuesto considerado subvencionable por la Diputación Provincial de Huesca. La subvención a conceder por la Diputación de Huesca a cada solicitante tendrá un máximo de 5.000 €. Las entidades solicitantes podrán optar a una o varias de las actividades subvencionables previstas en la convocatoria. La cuantía concreta que corresponda a cada beneficiario se determinará en la resolución de concesión, de acuerdo con la puntuación obtenida, la disponibilidad presupuestaria y los límites establecidos en la presente convocatoria.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Sanidad