subvenciones a Ampas de Colegios de Alcàsser por actividad de Escola Matinera, curso 2026-2027

Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones a Ampas de Colegios de Alcàsser por actividad de Escola Matinera, curso 2026-2027

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de ayudas econó micas a las Ampas de los Colegios de esta población (CEIP 9 d`Octubre, CEIP Jaume I, Colegio Santisimo Cristo de la Fe), dirigidas a facilitar una solución para la conciliación de la vida laboral y familiar. En este sentido, las actuaciones subvencionadas consistirán en la concesión ayuda que cubra la diferencia entre el coste/alumno/mes y el pago que los padres efectúan por el servicio de atención a los niños en los colegios, en horario extraescolar, prefe rentemente entre las 6:30 y 9:00 horas de lunes a viernes.

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCÀSSER.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 33.637,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán solicitar estas ayudas las AMPAS de los colegios de esta población.
  • COLEGIO SANTISIMO CRISTO DE LA FE
  • Para ser beneficiario/a de estas ayudas se requerirá: Que dicha actividad alcance como mínimo los 10 alumnos/mes.
  • Cuantía individualizada de la subvención y criterios para su determinación El valor de la subvención para el período, ya iniciado, de septiembre 2026 a junio 2027 se establece en 1,25 euros alumno/día asistencia.
  • EXPRESIÓN DE QUE LA CONCESIÓN SE EFECTÚA MEDIANTE UN RÉGIMEN DE
  • PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: INDICACIÓN DE LOS ÓRGANOS CO MPETENTES PARA
  • Iniciación: El procedimiento s e inicia mediante la aprobación de la presente convocatoria por el órgano competente. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de Valencia. Asimismo, la convocatoria se publicará en el Tablón de Anuncios Electrónico del Ayuntamiento.
  • Instrucción. Completada la documentación, la Concejalía de Educación como órgano instructor de las ayudas
  • Las solicitudes serán informadas, por un órgano colegiado.
  • A la vista del informe del órgano colegiado, por la Concejal de Educación se formulará propuesta de resolución.
  • Resolución: La resolución sobre la concesión o denegación de las ayudas solicitadas, se realizará por ac uerdo de Alcaldía, se notificará a los/as solicitantes. El procedimiento se inicia de oficio y a tenor del art. 25 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el silencio administrativo tendrá efecto desestimatorio.
  • CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES. Las ayudas se concederán en régimen de concesión directa
  • PAGO DE LAS AYUDAS. POSIBILIDAD DE EFECTUAR PAGOS ANTICIPADOS Y ABONOS A
  • El pago de la subvención se realizará previa justificación por la Entidad colaboradora de la concurrencia de la situación . El pago se realiza rá mediante transferencia bancaria en el número de cuenta de la Entidad Colaboradora.
  • FORMA Y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN. REINTEGRO DE LA AYUDA.
  • Será justificación tanto del pago como del destino de los fondos, la transferencia realizada. En el caso de que el pago se hubiera realizado mediante ingreso en efectivo en la cuenta de la persona arrendadora, se deberán aportar los recibos originales de cada uno de los meses.
  • El concepto por el que se realiza, con indicación del mes al que corresponde.
  • El plazo de justificación será desde la notificación del acuerdo de concesión hasta la finalización curso escolar. El procedimiento se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y RD 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada ley.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de ayudas econó micas a las Ampas de los Colegios de esta población (CEIP 9 d`Octubre, CEIP Jaume I, Colegio Santisimo Cristo de la Fe), dirigidas a facilitar una solución para la conciliación de la vida laboral y familiar. En este sentido, las actuaciones subvencionadas consistirán en la concesión ayuda que cubra la diferencia entre el coste/alumno/mes y el pago que los padres efectúan por el servicio de atención a los niños en los colegios, en horario extraescolar, prefe rentemente entre las 6:30 y 9:00 horas de lunes a viernes.