Personas físicasES511 - Barcelona

Convocatoria para la concesión de prestaciones sociales económicas por urgencia social, de Ayudas Complementarias a la Educación curso 2026/27

La presente convocatoria tiene por objeto posibilitar la solicitud y concesión de prestaciones sociales económicas por urgencia social, complementarios a la educación a las familias con alumnos de escolarización infantil y obligatoria, en las escuelas de Sant Feliu de Llobregat, con el fin de garantizar la asistencia a las salidas obligatorias programadas por el centro escolar, la adquisición de los libros, material escolar, y otros recursos educativos para el curso 2026-2027…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT FELIU DE LLOBREGAT.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    El período de solicitud es del 24 de agosto al 30 de septiembre de 2026. Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos en http://www.santfeliu.cat/tramits Sólo en caso de no disponer de medios electrónicos, se podrá pedir cita previa, del 2 de septiembre al 29 de septiembre de 2026, para presentar la solicitud presencialmente en la Oficina de Atención Ciudadana Resumen de plazos  Solicitudes electrónicas: 24 de agosto al 30 de septiembre de 2026  Solicitudes presenciales a la OAC: del 7 a 30 de septiembre de 2026.  Solicitud de cita previa para atención presencial a la OAC: del 2 de septiembre al 29 de septiembre de 2026. El Ayuntamiento valorará todas las solicitudes presentadas dentro del plazo fijado en la convocatoria de la ayuda. Será causa de denegación la presentación de la solicitud de ayuda fuera de plazo
  • documentation
    Criterios económicos Que los ingresos anuales de la persona solicitante y su núcleo familiar sean iguales o
  • documentation
    o Documento de no oposición a la consulta de datos económicos de la última renta disponible, de todos los miembros del núcleo familiar mayores de 16 años, o documentación que acredite la situación económica según los parámetros establecidos, ya sea porque existe oposición a la consulta de datos o bien porque su situación económica ha variado durante este año y deberá acreditarse debidamente. o Excepcionalmente, en caso de no disponer de esta documentación tendrán que hacer declaración responsable de ingresos). o En caso de progenitores separados o divorciados donde haya incumplimiento de las aportaciones económicas indicadas en el convenio será necesario que la persona solicitante aporte la sentencia de incumplimiento correspondiente al Ayuntamiento para acreditar tal situación. En este último caso, recibirá el 100% de la prestación económica solicitada. o Documento que acredite el número y titularidad del beneficiario de la cuenta bancaria donde realizar el ingreso de la prestación en caso de concesión.
  • documentation
    Importes de las prestaciones sociales El importe de la prestación social concedida se ingresará a los beneficiarios en la cuenta bancaria que hayan indicado en la solicitud. El importe económico será de una cantidad fija, según los cursos y centros donde el alumno
  • Resolución El Ayuntamiento revisará todas las solicitudes presentadas dentro del plazo fijado y de acuerdo con los criterios establecidos, indicará a las familias, a las que corresponde la prestación, así como el importe del mismo, o bien la denegación, si corresponde. El acuerdo de resolución de estas prestaciones corresponde a la Junta de Gobierno Local y se comunicará a cada una de las familias. Las prestaciones económicas reguladas en la presente convocatoria quedan sometidas al régimen fiscal vigente en el momento de su otorgamiento.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objeto posibilitar la solicitud y concesión de prestaciones sociales económicas por urgencia social, complementarios a la educación a las familias con alumnos de escolarización infantil y obligatoria, en las escuelas de Sant Feliu de Llobregat, con el fin de garantizar la asistencia a las salidas obligatorias programadas por el centro escolar, la adquisición de los libros, material escolar, y otros recursos educativos para el curso 2026-2027. Esta convocatoria se ajusta a los criterios de las bases generales que regulan las prestaciones económicas sociales del ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat, aprobadas por el Pleno de la corporación en fecha 24 de febrero de 2022. También se ajusta a las bases específicas que regulan las convocatorias por derecho de concurrencia de las prestaciones económicas sociales complementarias a las actividades de educación aprobadas por el Pleno de la Corporación en fecha 24 de febrero de 2022. Estas prestaciones sociales económicas por urgencia social sólo serán embargables en la forma ordenada en el artículo 607.3 de la Ley 1/200, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil, tal y como prevé el artículo 4.1.b) y 4.2 del Real decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas y otras medidas de carácter económico. Quedará excluido de las ayudas complementarias a la educación, el alumnado vulnerable, de acuerdo con el Decreto 11/2021, de 16 de febrero, que tengan asignada una dotación económica por razones socioeconómicas del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya. Niños con necesidades educativas específicas derivadas de situaciones socioeconómicas (NEE B) Curso 2026-2027.