Personas físicasES51 - CATALUÑA

LOS PREMIOS DEL XXXII CONCURSO DE FOTOGRAFIA SANT VICENÇ 2027

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS DEL XXXII CONCURSO DE FOTOGRAFIA SANT VICENÇ 2027

El objeto de las subvenciones de esta convocatoria es la concesión de premios a las personas que reúnan los requisitos y participen en el concurso de fotografía de Sant Vicenç de este año, con la finalidad de promover la fotografía como expresión artística y cultural, fomentar la participación ciudadana en actividades culturales, reconocer el talento de los fotógrafos y fotógrafas y difundir el patrimonio y la identidad de Mollet del Vallés. Se entiende realizada la actividad subvencionada con la presentación de las obras en el momento de la solicitud.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MOLLET DEL VALLÈS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.150,00 €. Inicio: 01/10/2026. Plazo: Fin: 20/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. La inscripción es gratuita y pueden participar todas las personas aficionadas a la fotografía que lo deseen.
  • 2. Para participar en el concurso Premio fotografía Sant Vicenç es necesario realizar el trámite de inscripción a través de la sede electrónica de la web municipal del Ayuntamiento de Mollet del Vallès. En la misma web también se podrá acceder al banner del premio de fotografía con enlace directo al trámite.
  • 3. Podrán ser beneficiarios de estos premios todas las personas aficionadas a la fotografía que lo deseen siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
  • Presentar la solicitud en el plazo y forma mencionados en el artículo siguiente.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y demás administraciones, y con la Seguridad Social, así como de las obligaciones de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.
  • 4. La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud, mediante la presentación de los documentos que se indican en el artículo siguiente.
  • Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes Las solicitudes de participación en el concurso deben formalizarse por vía telemática mediante el trámite específico a través de la sede electrónica municipal https://seu.molletvalles.cat, del 1 al 20 de octubre de 2026, ambos incluidos. También se podrán presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y aceptación de las normas que la regulan.
  • La Fiesta La presentación de la solicitud del premio implica la autorización, por parte de quien se beneficia, para que el Ayuntamiento obtenga de forma directa por medios telemáticos los certificados de la Agencia Tributaria, de la Tesorería de la Seguridad Social y del Ayuntamiento de Mollet, relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias y al cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
  • Documentos que deben acompañar a la solicitud Las solicitudes deben estar firmadas por la persona, además de adjuntar las fotografías en la forma y con los requisitos establecidos en las bases.
  • Órganos competentes para la instrucción y la propuesta de concesión La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones se desarrolla a través de dos órganos: el órgano instructor y el órgano colegiado.
  • La persona instructora del procedimiento será el/la jefe/a de sección o técnico/a del ámbito correspondiente. Esta persona deberá verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario, así como realizar el seguim iento del procedimiento de concesión de los premios. Si con las solicitudes no se acredita alguno de los requisitos, la persona instructora dará un plazo de diez días hábiles para que se reparen los errores. Si transcurrido este plazo no se han reparado, el interesado entenderá por desistida de su solicitud. La persona instructora del procedimiento evaluará las solicitudes conforme a los requisitos, elevando su propuesta recogiendo la deliberación del jurado.
  • 2 Órgano colegiado: El órgano colegiado, llamado Jurado, está formado por un mínimo de 3 y un máximo de 5 profesionales del mundo de la fotografía y el audiovisual. La persona instructora será responsable de instruir a los miembros del jurado respecto del contenido de las bas es del concurso para garantizar una correcta interpretación y aplicación. La decisión del jurado será inapelable y cualquier interpretación de las bases se someterá a su arbitraje. El Jurado velará por el estricto cumplimiento de las normas del concurso y resolverá los casos dudosos que puedan presentarse.
  • Primer premio: 300 € y diploma
  • Segundo premio: 200 € y diploma
  • Tercer premio: 150 € y diploma
  • Premio único: 250 € y diploma
  • Criterios objetivos de la concesión de los premios Cada fotografía se valorará con una puntuación de 0 a 100 puntos, por cada una de las
  • Veredicto y entrega de premios El veredicto se hará público el 8 de enero de 2026, a las 19 h en el Centro Cultural La Marineta. Al acto asistirán las personas participantes premiadas. En caso de que no puedan asistir, debe venir alguna persona en su representación a recoger el premio con la autorización del autor/a de la fotografía premiada.
  • EXPOSICIÓN La exposición de fotografías será del 8 de enero al 21 de febrero de 202 7 en el Centro Cultural La Marineta. Todas las fotografías se podrán ver en la página web del Ayuntamiento de Mollet del Vallès.
  • Derechos de autor Todas las fotografías premiadas estarán en poder del Ayuntamiento de Mollet del Vallès, que se reserva su derecho de reproducción.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de las subvenciones de esta convocatoria es la concesión de premios a las personas que reúnan los requisitos y participen en el concurso de fotografía de Sant Vicenç de este año, con la finalidad de promover la fotografía como expresión artística y cultural, fomentar la participación ciudadana en actividades culturales, reconocer el talento de los fotógrafos y fotógrafas y difundir el patrimonio y la identidad de Mollet del Vallés. Se entiende realizada la actividad subvencionada con la presentación de las obras en el momento de la solicitud.