Personas físicasES521 - Alicante / Alacant

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS DE DEPORTES, ENGLOBADOS DENTRO DE LA GALA DEL DEPORTE Y LA CULTURA DE CALP, ANUALIDAD 2026.

La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de premios a favor de las personas empadronadas en Calp, con el fin de poner en valor y dar visibilidad a las distintas modalidades deportivas y reconocer los méritos y la trayectoria de quienes hayan destacado en el ámbito deportivo.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CALP.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Las personas beneficiarias deberán cumplir los requisitos establecidos en la Base Segunda de las
  • PLAZO Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Cód. Validación: 5ZLKNNZGL3A3LPGJGS4Z5ZCWG Verificación: https://calp.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 11
  • Las solicitudes y la documentación correspondiente se presentarán durante un plazo de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de las Oficinas Municipales de Atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Calp o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes de participación serán específicas para la presente convocatoria y deberán ser suscritas por las personas interesadas o, en su caso, por sus representantes legales, incorporando la declaración responsable respecto de los requisitos y obligaciones establecidos en las bases reguladoras.
  • La documentación que deberá acompañar a la solicitud será: Solicitud de inscripción. Copia del DNI/NIE del participante y, en su caso, del representante. Memoria individualizada con expresa mención de los méritos y trayectoria deportiva en los que se fundamenta la solicitud. Los méritos deberán corresponder al periodo de hasta veinte meses anteriores a la publicación de la convocatoria. Documentación que acredite cada uno de los méritos alegados. Resguardo de invitación (en su caso). La aportación de méritos que no correspondan al periodo subvencionable supondrá el requerimiento para su subsanación. Las personas solicitantes podrán autorizar al Ayuntamiento para que recabe directamente los certificados relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Los certificados y declaraciones responsables tendrán la validez establecida en las bases reguladoras.
  • FORMA ESPECÍFICA DE PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS Las candidaturas podrán presentarse por las vías previstas en las bases reguladoras, no pudiendo realizarse para un mismo candidato/a dos solicitudes de participación.
  • : cada entidad deportiva inscrita en el Registro de Asociaciones delClubes deportivos locales municipio de Calp podrá realizar como máximo una solicitud de candidatura de deportistas inscritos en su club deportivo para el total de las categorías/modalidades previstas.
  • : podrán presentar la solicitud de forma individual y personal aquellasDeportistas independientes personas que practiquen deporte de forma libre y no estén actualmente vinculadas a ningún club del municipio de Calp.
  • : la Concejalía de Deportes podrá invitar de oficio o a propuesta delDeportistas invitados/as Consell Municipal d’Esports a deportistas a presentarse a la convocatoria. En este caso, podrán Cód. Validación: 5ZLKNNZGL3A3LPGJGS4Z5ZCWG Verificación: https://calp.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 11
  • presentar la solicitud de forma personal, participen o no en un club del municipio de Calp. Para que la presentación sea válida, deberá adjuntarse el justificante de invitación que será facilitado por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Calp.
  • CUANTÍA DE LOS PREMIOS Se establece un total de SIETE (7) PREMIOS, con una dotación total de 6.300,00 €, distribuidos de
  • SÉPTIMO PREMIO: 500,00 €. La distribución de las cuantías responde a una escala decreciente para los cuatro primeros premios y establece una cuantía igual de 500,00 € para los tres últimos premios, agotando la totalidad del crédito presupuestario disponible de 6.300,00 €. A los premios en metálico se les descontará la correspondiente retención del IRPF, de conformidad con la Ley 35/2006 y el Real Decreto 439/2007. Los premios se abonarán mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria que conste en la solicitud de participación. Cada participante podrá recibir un único premio.
  • justification
    La justificación deberá acreditar los méritos alegados para la concesión del premio, mediante la memoria y documentación acreditativa presentada conforme a la Base Séptima de las bases reguladoras. El plazo para la justificación será el mismo que para la solicitud de la subvención, siendo el establecido en la presente convocatoria.
  • justification
    PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, así como en la página web municipal y en el Portal de Transparencia. La presente convocatoria y su resolución serán objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de conformidad con el artículo 23 de la Ley 38/2003. Cód. Validación: 5ZLKNNZGL3A3LPGJGS4Z5ZCWG Verificación: https://calp.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 11
  • justification
    Sin perjuicio de lo anterior, la información podrá difundirse mediante otros medios publicitarios para garantizar que llegue al mayor número posible de personas destinatarias.
  • justification
    NOTIFICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS De conformidad con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, los actos administrativos que se dicten en el ámbito de esta convocatoria se notificarán mediante su publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, surtiendo dicha publicación efectos de notificación.
  • justification
    ALEGACIONES Y SUBSANACIÓN DE LA SOLICITUD Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá a la persona solicitante, mediante anuncio publicado en la web municipal, para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la lista provisional, proceda a la subsanación de defectos y/o formule las alegaciones pertinentes, con la advertencia de que, en caso contrario, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución dictada al efecto, de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.
  • justification
    CRITERIOS DE CONCESIÓN Los premios serán concedidos atendiendo a los méritos de las candidaturas y a los criterios establecidos en la Base Novena de las bases reguladoras.
  • justification
    FASE DE INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá al Departamento de Subvenciones del Ayuntamiento de Calp. El órgano instructor realizará de oficio las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formular su propuesta de resolución. Presentada la solicitud, si es correcta en todas sus partes y se acompaña de la documentación exigida, se admitirá a trámite. Cód. Validación: 5ZLKNNZGL3A3LPGJGS4Z5ZCWG Verificación: https://calp.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 11
  • justification
    COMISIÓN DE VALORACIÓN Y MECÁNICA DE ELECCIÓN La Comisión de Valoración estará compuesta por el Consell Municipal d’Esports del Ayuntamiento de Calp y será el órgano competente para evaluar las solicitudes y formular la propuesta de concesión a través del órgano instructor. El funcionamiento de la Comisión se regirá por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y sus miembros estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en sus artículos 23 y 24.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[6529].extracted_segments[2]

La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de premios a favor de las personas empadronadas en Calp, con el fin de poner en valor y dar visibilidad a las distintas modalidades deportivas y reconocer los méritos y la trayectoria de quienes hayan destacado en el ámbito deportivo.