CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN "FOMENTO DE LA ESCOLARIDAD CURSO 2025/2026”

La subvención tiene por finalidad fomentar la escolaridad, haciendo frente al reto demográfico e incentivar el comercio local en el municipio de Arroyomolinos de la Vera. Siendo obligatorio destinar el 50% del importe objeto de la subvención a la compra en los comercios de la Localidad. Serán beneficiarios de estas ayudas los matrimonios, parejas de hecho o familias monoparentales que tengan hijos/as, que estén empadronados en este municipio y que estén matriculados en el colegio “C.R.A. Vera Tiétar” de Arroyomolinos de la Vera durante el curso escolar 2025/2026…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES43 - EXTREMADURA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS DE LA VERA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Que el hijo/a para el que se solicita la ayuda esté empadronado en Arroyomolinos de la Vera, debiendo de estarlo en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud.
  • Que conste matrícula en el Colegio “ C.R.A. Vera Tiétar” de Arroyomolinos de la Vera y sea presentada en el Ayuntamiento. El requisito anterior, para ser beneficiarios de la ayuda, tendrá que mantenerse durante el curso académico 2025-2026, siendo comprobado de oficio por esta Administración tal circunstancia. A tales efectos, el Ayuntamiento podrá solicitar el reintegro de la subvención, si no se cumple con este compromiso de matriculación en el “ C.R.A. Vera Tiétar” de Arroyomolinos de la Vera, salvo casos debidamente justificados.
  • No estar sometido en ninguno de las causas fijadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento El órgano competente para la instrucción del expediente es la Concejala de Asuntos Sociales, Doña Brígida Mateos Vicente, quien impulsará el procedimiento y ordenará las actuaciones que estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones. La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes estará compuesta por los
  • Presidenta: Doña Rosalía García Vicente (Auxiliar Administrativo).
  • Vocal: Don Antonio Olinero Aguilar (Peón de Servicios Múltiples).
  • Secretaria: Doña Alicia Rodríguez García (Secretaria-Interventora). Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera Plza. de España, s/n, Arroyomolinos de la Vera. 10410 (Cáceres). Tfno. 927177587. Fax: 927177627 Cód. Validación: HNYPZF9RS7YRWKAD2J9HXZPLM Verificación: https://arroyomolinosdelavera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 7
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo I SOLICITUD de esta convocatoria. Se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el

Gastos y actuaciones

  • Gastos Subvencionables. · eligible
    Se consideran gastos subvencionables todos aquellos relacionados con el desarrollo de la actividad escolar, así como ropa, calzado y alimentación, con los límites establecidos en la presente convocatoria. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera Plza. de España, s/n, Arroyomolinos de la Vera. 10410 (Cáceres). Tfno. 927177587. Fax: 927177627 Cód. Validación: HNYPZF9RS7YRWKAD2J9HXZPLM Verificación: https://arroyomolinosdelavera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 7

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[4337].extracted_segments[1]

La subvención tiene por finalidad fomentar la escolaridad, haciendo frente al reto demográfico e incentivar el comercio local en el municipio de Arroyomolinos de la Vera. Siendo obligatorio destinar el 50% del importe objeto de la subvención a la compra en los comercios de la Localidad. Serán beneficiarios de estas ayudas los matrimonios, parejas de hecho o familias monoparentales que tengan hijos/as, que estén empadronados en este municipio y que estén matriculados en el colegio “C.R.A. Vera Tiétar” de Arroyomolinos de la Vera durante el curso escolar 2025/2026. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.