Personas físicasEstudiantes y educaciónES523 - Valencia / València

Convocatoria para la concesión de ayudas individuales para comedor escolar, dirigidas al alumnado de primer y segundo ciclo de educación infantil y primaria de los centros educativos, y al alumnado infantil de primer ciclo de la Escuela infantil

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En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCÀSSER.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Serán personas beneficiarias de las presentes ayudas el padre, la madre o el/la
  • Debe estar matriculado su hijo/hija o tutelado en la Escuela Municipal o estar matriculado en un centro educativo de Alcàsser público, concertado o privado en las etapas de Infantil o Primaria.
  • No recibir ninguna otra ayuda pública por el mismo concepto si su importe, sumado al de las ayudas reguladas en estas bases, superan el coste del servicio de comedor.
  • Utilizar diariamente el servicio de comedor, a no ser por causas debidamente justificadas. La falta de justificación de, al menos, diez días comportará la baja en el servicio de comedor. En todo caso, los beneficiarios podrán renunciar al servicio de comedor en el plazo de un mes desde el otorgamiento. La falta de renuncia y no utilización del servicio dará lugar a que el ejercicio siguiente no se le pueda otorgar.
  • Haber presentado la solicitud y documentación requerida, en los plazos establecidos por la convocatoria correspondiente, de Ayudas de Comedor de la Consellería competente de la GVA, excepto el alumnado de la Escoleta Infantil Municipal y primer ciclo de infantil de los centros concertados o privados.
  • Que residan en Alcàsser antes del 31 de mayo de 2026 y que estén empadronados antes de la fecha mencionada.
  • No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. No obstante, atendiendo a la naturaleza de las prestaciones objeto de esta convocatoria, se exceptúan las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 relativas Cód. Validación: 3JSSJ5WHXQALZTJLRZXM55SRZ Verificación: https://alcasser.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 12
  • Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo del curso para el que se solicita la ayuda.
  • Las personas beneficiarias deberán comunicar, en su caso, la renuncia de la subvención concedida por dejar de ser usuario, de forma permanente, del servicio de comedor escolar.
  • Las personas beneficiarias deberán comunicar a la entidad concedente la obtención de subvenciones o becas para la misma finalidad, procedente de cualquier otra administración pública.
  • El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos comportará la no admisión de la solicitud o la revocación de la ayuda, con correlativo reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas indebidamente, previa audiencia, en todo caso, de las personas interesadas.
  • ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL
  • El/la Director/a de cada uno de los centros de Infantil y Primaria, y de la EIM.
  • Secretario/a: Secretario/a de cualesquiera de los centros de Infantil y Primaria. El órgano competente para resolver será la Alcaldía.
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria, junto a los documentos necesarios. Se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Cód. Validación: 3JSSJ5WHXQALZTJLRZXM55SRZ Verificación: https://alcasser.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 12
  • Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
  • Alumno matriculado en la EIM o en primer ciclo de infantil de centros
  • Solicitud (Anexo I al documento).
  • Declaración de ingresos de la unidad familiar (Anexo II).
  • Rellenar y firmar el documento de autorización para acceso a datos personales,

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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