CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL RESPIRO FAMILIAR DE PERSONAS CUIDADORAS DE PERSONAS DEPENDIENTES Y/O CON DISCAPACIDAD

La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir a hacer efectivo el principio de igualdad, mediante un sistema de ayudas económicas destinadas al respiro familiar de personas cuidadoras habituales no profesionales en el término de Villaviciosa de Odón por un importe total de 15.000,00 euros, con cargo al programa de Respiro Familiar, aplicación presupuestaria 2317 48001 Respiro Familiar 2026.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Familias e infancia, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiarias de las ayudas de respiro familiar, las personas que cumplan los siguientes
  • Ser persona cuidadora habitual no profesional que atienda de forma continuada a una o más personas en su domicilio, ayudándolas en el desarrollo de las actividades de la vida diaria.  En caso de que la ayuda sea solicitada por varias personas cuidadoras habituales vinculadas a una misma persona dependiente y/o con discapacidad, el total de gastos financiables no podrá superar las cuantías máximas establecidas por beneficiario.
  • Tener reconocido, por el organismo competente, un grado de discapacidad igual o superior al 33% y un grado de dependencia I, II o III, conforme a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, siempre que no disponga de plaza pública en servicio de atención residencial ni de prestación económica vinculada a dicho servicio.
  • Tener reconocido, por el órgano competente, un grado de discapacidad igual o superior al 75%, aunque no se tenga reconocido un grado de dependencia.
  • Estar empadronada en Villaviciosa de Odón.
  • Valoración de los servicios sociales municipales:  La persona cuidadora habitual deberá acreditar ante los Servicios Sociales de Villaviciosa de Odón el cumplimiento de los requisitos indicados.  Los Servicios Sociales municipales emitirán un informe justificando la necesidad de beneficiarse del programa de respiro familiar.
  • Estar al corriente de obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón en la fecha de presentación de la solicitud.
  • Que la necesidad de respiro familiar para la que se solicita la ayuda se haya producido dentro del periodo indicado en las bases reguladoras y convocatoria.
  • Aportar la documentación exigida en las bases y convocatoria.
  • No encontrarse incurso en ninguno de los supuestos de prohibición recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. Esta circunstancia deberá declararse mediante la documentación incluida en el Anexo II.
  • La solicitud se formalizará por escrito según el modelo normalizado que se encuentra en el Anexo I. Deberá ser presentada junto con la documentación señalada en el artículo 8, en el Registro General del Ayuntamiento, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Publicas. Las solicitudes también podrán ser descargadas en la página web del Ayuntamiento o proporcionadas en el Centro de Servicios Sociales.
  • La documentación para presentar para la valoración de la ayuda económica es la siguiente:
  • Fotocopia del DNI, NIE de todos los miembros computables de la unidad familiar. Código para validación: KLMSV-B689U-V0G54 Verificación: https://sede.aytovillaviciosadeodon.es/portal/verificarDocumentos.do?pes_cod=-2&ent_id=5&idioma=1&opc_id=10027&opc_id=10027 Documento generado desde la Plataforma Firmadoc | Página 3/11 PAC_Documento solicitado (con firma)
  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico.
  • Certificado de calificación de discapacidad expedido por el organismo competente que incluya el baremo de movilidad, cuando se trate de solicitantes en situación de discapacidad o si hubiera algún miembro con discapacidad en la unidad convivencial.
  • Se podrá solicitar algún documento aclaratorio por parte de la Comisión de Valoración cuando no quede suficientemente acreditada algún requisito
  • Presupuesto del coste que generaría, en el caso de respiro familiar en Centro Sociosanitario externo.
  • No encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. Esta circunstancia será declarada por medio de la documentación contenida en el Anexo II
  • Justificante de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como del pago de sus obligaciones tributarias en el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón.
  • Ficha de terceros cumplimentada y con indicación expresa de la cuenta corriente donde se realizará el ingreso. Anexo III.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir a hacer efectivo el principio de igualdad, mediante un sistema de ayudas económicas destinadas al respiro familiar de personas cuidadoras habituales no profesionales en el término de Villaviciosa de Odón por un importe total de 15.000,00 euros, con cargo al programa de Respiro Familiar, aplicación presupuestaria 2317 48001 Respiro Familiar 2026.