Personas físicasES511 - Barcelona

AYUDAS ECONÓMICAS INDIVIDUALES PARA LA ASISTENCIA A ACTIVIDADES DEPORTIVAS ORGANIZADAS POR ENTIDADES DEPORTIVAS. CURSO · 2026/2027

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS INDIVIDUALES PARA LA ASISTENCIA A ACTIVIDADES DEPORTIVAS ORGANIZADAS POR ENTIDADES DEPORTIVAS. CURSO 2026-2027

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BARBERÀ DEL VALLÈS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 23.000,00 €. Inicio: 19/09/2026. Plazo: Fin: 18/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar empadronadas en el municipio de Barberà del Vallès, en fecha anterior a la fecha de aprobación de la convocatoria. Esta información deberá acreditarse mediante la presentación de un certificado de empadronamiento y convivencia o la autorización a la Administración Local para que pueda comprobar los datos.
  • Presentar la solicitud en el plazo y forma establecida.
  • Haber nacido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2022, dato que se acreditará mediante el documento nacional de identidad, libro de familia, tarjeta de residencia o número de identificación de personas extranjeras o pasaporte.
  • Que el total de ingresos anuales de la unidad familiar establecido en el artículo 12, de la convocatoria, sea inferior a tres veces el importe vigente del IRSC. Este dato deberá acreditarse con la declaración de la renta del último ejercicio fiscal, mediante un certificado de la Agencia Tributaria en el que se indique que no existe la obligación de presentarla o con la autorización a la Administración Local para obtener los datos de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas de la familia o de cada uno de los miembros de la unidad familiar.
  • Cumplir los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria que se especifican en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, que se acreditará mediante una declaración de la persona solicitante. Además de las obligaciones de las personas beneficiarias de subvenciones establecidas en el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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