Personas físicasES612 - Cádiz

10 BECAS EN LA FORMACIÓN PRÁCTICA DE LA BANDA MUNICIPAL DE MÚSICA DE JEREZ DE LA FRONTERA PARA UN PERIODO DE 20 MESES C · 2026/2028

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE 10 BECAS EN LA FORMACIÓN PRÁCTICA DE LA BANDA MUNICIPAL DE MÚSICA DE JEREZ DE LA FRONTERA PARA UN PERIODO DE 20 MESES COMO MÁXIMO, ENTRE LOS CURSOS 2026 A 2028

La presente convocatoria se dirige a personas físicas interesadas en la formación práctica, el

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 122.284,00 €. Inicio: 01/09/2026. Plazo: Fin: 30/06/2028.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Llevar a cabo la actividad de prácticas formativas para la que ha sido concedida según las condiciones especificados en la convocatoria, bajo la dirección y valoración de un tutor designado al efecto.
  • Acreditar ante la Delegación de Cultura el cumplimiento de los requisitos y condiciones para ser solicitante. Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir los objetivos de la subvención con unos niveles de dedicación y rendimiento satisfactorios y cumplir las directrices establecidas.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, lo que podrá acreditarse en la forma prevista por el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por lo que la presentación de la solicitud de la subvención conllevará la autorización del solicitante para que el instructor obtenga directamente dichos ce rtificados, sin perjuicio de que el solicitante deniegue expresamente dicho consentimiento, debiendo aportar en este caso las referidas certificaciones.
  • Realizar la práctica formativa con sus propios instrumentos.
  • Características del desarrollo de las becas.
  • El T utor. Durante la realización de dicha formación práctica actuará como tutor el director de la Banda de Música de Jerez, que asumirá la responsabilidad de dirigir, orientar y supervisar el desarrollo de las prácticas formativas velando por el est ricto cumplimiento del plan formativo. Esta tutorización continua asegurará que la estancia del becario le proporcione el aprendizaje y perfeccionamiento técnico que se persigue. El tutor deberá firmar cada mes una ficha de seguimiento de las prácticas for mativas de los participantes, que garantice la orientación y consulta del alumnado, facilitándoles su horario de formación práctica de forma mensual para la correcta planificación. El tutor emitirá una memoria final de evaluación basada en el seguimiento periódico en el que se certifiquen el aprovechamiento académico del alumno y el cumplimiento de los objetivos del plan formativo.
  • Horario. El beneficiario tiene la obligación de cumplir con el horario, normas y funciones asignadas y determinadas en la presente convocatoria. Los becados tendrán que realizar 38 horas mensuales.
  • Compromiso de confidencialidad . En todo momento el alumno, antes de comenzar la formación, debe manifestar su compromiso de confidencialidad a la que tenga acceso autorizado, así como la adopción de las obligaciones y deberes relativos al tratamiento de datos personales, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Dichas obligaciones de confidencialidad subsisten con carácter indefinido tras la finalización de la formación. La concesión y disfrute de las becas no genera relación contractual o es tatutaria alguna entre el becario y el Ayuntamiento de Jerez, por consiguiente, no supondrá en ningún caso relación de empleo ni funcionarial.
  • T ener una edad comprendida entre los 18 y 30 años.
  • T ener nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea, o ser extranjero con residencia legal en España.
  • Acreditar tener superado el nivel correspondiente a quinto curso del grado profesional de las enseñanzas musicales del instrumento por el que se presente, mediante cualquier documento oficial expedido por el órgano competente.
  • La acreditación de los tres puntos anteriores se efectuará mediante cualquier documento oficial expedido por el órgano competente.
  • Asimismo los solicitantes, para obtener la condición de ben eficiario, no podrán incurrir en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Las solicitudes, deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:  Fotocopia del D.N.I  Certificado de estudios cursados o cualquier otro documento oficial que acredite tener superado el nivel de estudios requeridos en la base 7.  Currículum detallado de los méritos que se aleguen. No es preciso presentar la documentación que acredite los méritos alegados en el mismo. Sólo se solicitará a los aspirantes elegidos para las plazas convocadas.  Declaración respon sable de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, de acuerdo con el art. 13.2 de la Ley 38/2003. Conforme al ANEXO I
  • Modo de presentación. Las solicitudes así como la documentación necesaria, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera sito en calle Consistorio nº 15, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://www.sedeelectronica.jerez.es/tramites/registro_electronico) o en la forma
  • Una vez presentada la documentación requerida y si fuese necesaria la subsanación de la misma, se le concederá un plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la circunstancia para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria se dirige a personas físicas interesadas en la formación práctica, el