el otorgamiento de subvenciones a entidades que realizan actividades de cariz social en Santa Cristina d'Aro, para el e · 2026

Título oficial: Convocatoria para el otorgamiento de subvenciones a entidades que realizan actividades de cariz social en Santa Cristina d'Aro, para el ejercicio 2026

El objeto de la presente convocatoria es otorgar una subvención económica, con la finalidad de financiar proyectos, programas, actividades y actuaciones de carácter social promovidas por entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el municipio de Santa Cristina de Aro o que lleven a cabo actuaciones dirigidas a su población; de acuerdo con las bases específicas aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cristina de Aro en la sesión ordinaria realizada en fecha 28 de julio de 2026, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (BOPG) núm. 147, de 3 de agosto de 2026…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA CRISTINA D'ARO.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en este a convocatoria, las asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas que desarrollen actividades de carácter social y que cumplan los requisitos establecidos en éste a convocatoria y las específicas reguladoras.
  • Las entidades deberán reunir los siguientes requisitos:
  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
  • Tener entre sus finalidades estatutarias objetivos relacionados con el objeto de la convocatoria.
  • Desarrollar actividades o proyectos de carácter social en el municipio de Santa Cristina d'Aro o dirigidos a su población durante la anualidad 2026.
  • Disponer de un proyecto o programa de actividades debidamente definido y presupuestado.
  • Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Santa Cristina d'Aro.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • 1 Las entidades beneficiarías estarán obligadas a:
  • Ejecutar la actividad o proyecto que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar adecuadamente el cumplimiento de la finalidad y aplicación de los fondos recibidos.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control que pueda efectuar el Ayuntamiento, ya cualquier otra de comprobación y control financiero que puedan llevar a cabo los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando toda la información que les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y otros documentos debidamente auditados de acuerdo con la legislación mercantil y sectorial aplicable al/a la beneficiario/a en cada caso, así como de todos los estados contables y registros específicos exigidos por las bases reguladoras
  • Conservar los documentos justificativos durante el plazo legalmente establecido.
  • Hacer constar expresamente la colaboración económica del Ayuntamiento de Santa Cristina d'Aro en cualquier material de difusión, publicación o actuación vinculada al proyecto subvencionado.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos legalmente previstos.
  • No estar afecto por causa de incompatibilidad legal.
  • No será de aplicación en los siguientes casos:  Cuando no se esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.  Cuando se haya sido sancionado mediante resolución firme con pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones (38/2003, de 17 de noviembre), o la Ley General Tributaria.  A entidades que hayan sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • Dotación presupuestaria Las subvenciones a las que hace referencia esta convocatoria serán otorgadas con cargo a la aplicación presupuestaria 82 23100 48004 Subvenciones a entidades sociales correspondiente del presupuesto municipal del ejercicio 2026. La dotación económica máxima destinada a esta convocatoria de subvención será de 4.500 €. El otorgamiento de las subvenciones está condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto municipal vigente.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables · eligible
    Según el Art 31.1 LGS. Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en esta ley, aquellos que de forma indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por las bases reguladoras y la convocatoria de subvención. Serán gastos subvencionables las actividades programadas y los gastos derivados de la organización de actos y actividades de tipo social realizadas en el municipio de Santa Cristina d'Aro o para ciudadanos del municipio. Concretamente aquellos gastos/costes que sean necesarios/as para la ejecución del proyecto, los vinculados claramente a las actividades previstas en el mismo y hagan posible la consecución de los objetivos y de las finalidades que fomentan el otorgamiento de la subvención, los previstos en el presupuesto presentado con la solicitud o debidamente autorizadas en
  • cambios posteriores y que se efectúen y/o. Por tanto, podrán ser gastos subvencionables los relativos a: · eligible
    La contratación de personal (nóminas, facturas del personal de soporte, profesional, terapeutas...) necesario para el desarrollo de la actividad o proyecto. Con el tope que se establece en el punto 10.1.1.
  • cambios posteriores y que se efectúen y/o. Por tanto, podrán ser gastos subvencionables los relativos a: · eligible
    La contratación de servicios necesarios para la correcta realización de la actividad o proyecto presentado en la convocatoria de subvención. (Contratación de talleres, charlas...)
  • cambios posteriores y que se efectúen y/o. Por tanto, podrán ser gastos subvencionables los relativos a: · eligible
    Los gastos de adquisición de material fungible no inventariable cuando este material esté directamente relacionado con la actividad o proyecto concreto por el que se solicita la subvención
  • cambios posteriores y que se efectúen y/o. Por tanto, podrán ser gastos subvencionables los relativos a: · eligible
    Los gastos relativos a la difusión de la actividad o proyecto concreto por el que se solicita la subvención
  • cambios posteriores y que se efectúen y/o. Por tanto, podrán ser gastos subvencionables los relativos a: · eligible
    Gastos de transporte y desplazamiento necesarios para la realización de la actividad objeto de la subvención. Tope que se establece en el punto 10.1.2. Los tributos son gasto subvencionable cuando la entidad destinataria de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
  • cambios posteriores y que se efectúen y/o. Por tanto, podrán ser gastos subvencionables los relativos a: · eligible
    1. Limitaciones del gasto subvencionable según su tipología:
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Intereses deudores de las cuentas bancarias
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Recargos, sanciones administrativas, sanciones penales e intereses de demora
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Gastos derivados de procedimientos judiciales
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Gastos de personal de coordinación o estructurales de la entidad
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Actividades para la captación de socios de las entidades
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Gastos destinados a actividad con finalidad lucrativa que generen ingresos en la entidad
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Merchandising o productos destinados a la venta
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Gastos de suministros (luz, agua, gas, teléfonos, internet...)
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Tickets de gasolina que no justifican la actividad
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Seguros de vehículos particulares
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Compra de mobiliario u otras inversiones de material inventariable
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Resolución del procedimiento La Junta de Gobierno Local de la Alcaldía en base a la propuesta formulada por el órgano instructor emitirá la correspondiente resolución en el plazo máximo de 3 meses desde la fecha final de
  • Se considerarán gastos no subvencionables: · eligible
    Aceptación de la subvención La aceptación de la subvención otorgada se entenderá mediante la formulación de la solicitud. A tal efecto, una vez notificada la resolución de otorgamiento de la subvención, si el/la beneficiario/a no está interesado/a en percibir la subvención concedida dispondrá de un plazo de DIEZ DIAS HÁBILES para manifestar de forma expresa su renuncia.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de la presente convocatoria es otorgar una subvención económica, con la finalidad de financiar proyectos, programas, actividades y actuaciones de carácter social promovidas por entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el municipio de Santa Cristina de Aro o que lleven a cabo actuaciones dirigidas a su población; de acuerdo con las bases específicas aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cristina de Aro en la sesión ordinaria realizada en fecha 28 de julio de 2026, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (BOPG) núm. 147, de 3 de agosto de 2026. Se podrán subvencionar los proyectos y/o actividades de las entidades que tengan como objetivo fomentar la cohesión social, la inclusión, la igualdad de oportunidades, la no discriminación, la atención a colectivos vulnerables y mejorar la calidad de vida de las personas y sus familias; también aquellos que propongan proyectos y/o actividades preventivas o asistenciales en relación con situaciones de carencias o problemáticas sociales, que sean complementarias a las públicas existentes. El importe será variable en función del gasto que realicen las entidades para llevar a cabo los proyectos y/o las actividades. El procedimiento de la presente subvención será mediante concurrencia competitiva.