EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS MUNICIPALES PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD EN EL TEJIDO COMERCIAL, DE RESTAURACIÓN Y DE S…

Título oficial: CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS MUNICIPALES PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD EN EL TEJIDO COMERCIAL, DE RESTAURACIÓN Y DE SERVICIOS

El objeto de esta convocatoria es regular, para el ejercicio 2026, la concesión de subvenciones destinadas a mejorar la accesibilidad de establecimientos comerciales, de restauración y de servicios situados a nivel de calle en el municipio de Sant Feliu de Llobregat, de acuerdo con las bases regulatorias e specíficas aprobadas por el Pleno Municipal en sesión del 30 de junio de 2026. El objetivo de estas subvenciones es promover acciones destinadas a eliminar barreras arquitectónicas y mejorar las condiciones de accesibilidad de los establecimientos abiertos al público, contribuyendo así a una ciudad más inclusiva y accesible.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT FELIU DE LLOBREGAT.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €. Inicio: 12/08/2026. Plazo: Fin: 10/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Certificado de propiedad bancaria. La cuenta bancaria debe corresponder a la persona física o jurídica que solicita la subvención
  • Fotografías del estado antes de la acción elegible.
  • Facturas y comprobantes de pago.
  • Fotografías del estado tras la acción elegible.
  • Los requisitos para poder presentar la solicitud serán:
  • Estar al día con las obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento.
  • Obtén las licencias o autorizaciones municipales correspondientes antes de llevar a cabo las obras.
  • No hay ningún procedimiento de sanción ni corrección de deficiencias en la actividad en curso.
  • Así como el resto de los requisitos y obligacio nes establecidos en las bases regulatorias.
  • Publicidad Esta convocatoria será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), que la enviará al Diario Oficial de la Provincia de Barcelona, conforme a las disposiciones de los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre Subvenciones Generales. También se publicará en la Oficina Electrónica, en el Portal de Transparencia y en la Junta Electrónica del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat.
  • Régimen jurídico En todos los asuntos no previstos en esta convocatoria, las disposiciones de las bases reglamentarias específicas de la convocatoria, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Subvenciones Generales, su Reglamento de Ejecución, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el resto de las normativas aplicables.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de esta convocatoria es regular, para el ejercicio 2026, la concesión de subvenciones destinadas a mejorar la accesibilidad de establecimientos comerciales, de restauración y de servicios situados a nivel de calle en el municipio de Sant Feliu de Llobregat, de acuerdo con las bases regulatorias e specíficas aprobadas por el Pleno Municipal en sesión del 30 de junio de 2026. El objetivo de estas subvenciones es promover acciones destinadas a eliminar barreras arquitectónicas y mejorar las condiciones de accesibilidad de los establecimientos abiertos al público, contribuyendo así a una ciudad más inclusiva y accesible.