Personas físicasES21 - PAIS VASCO

CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2023 DE SUBVENCIONES MUNICIPALES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A FINANCIAR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN MATERIA DE CULTURA EN EL MUNICIPIO DE ONDARROA

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES21 - PAIS VASCO. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ONDARROA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • En el caso de entidades, estar inscritas en el registro correspondiente (en su caso).
  • Que la actividad subvencionada esté comprendida en el objeto social o fines estatutarios.
  • Haber justificado adecuadamente las subvenciones previamente concedidas por el Ayuntamiento de Ondarroa, en su caso.
  • El incumplimiento de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • No realizar actividades contrarias al principio de igualdad entre mujeres y hombres ni ser sancionadas por infringir dicho principio.
  • - En ningún caso podrán obtener la condición de persona beneficiaria:
  • Personas físicas o jurídicas cuyos fines, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria, actuación, organización o estatutos sean contrarios al principio de igualdad de mujeres y hombres.
  • Las personas físicas y jurídicas que hayan sido sancionadas, con carácter firme, en vía administrativa, laboral o penal, por vulnerar el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo.
  • Entidades o empresas que incumplan las obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista
  • - El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia hasta el 30 de septiembre de 2026.
  • - Las solicitudes para acogerse a las ayudas reguladas en el presente Decreto deberán formularse en el modelo de solicitud general que se adjunta a la presente convocatoria. El Ayuntamiento podrá facilitar este modelo telemáticamente a todas las personas que lo soliciten. En el supuesto de subvenciones dirigidas a personas físicas, dichas solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Ondarroa, c/Kantoipe, 3. Asimismo, se podrán presentar telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento: https://www.ondarroa.eus En el caso de subvenciones dirigidas a asociaciones u otras personas jurídicas, se
  • presentarán telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento: https://www.ondarroa.eus Podrán presentarse en la forma y lugar que se establecen en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • - En la solicitud se hará constar expresamente el domicilio señalado a efectos de notificaciones. El solicitante estará obligado a comunicar al Ayuntamiento de Ondarroa cualquier variación de sus datos, especialmente en lo que se refiere a su domicilio y datos bancarios.
  • - Documentación: Junto con la solicitud se adjuntará:
  • Cuando las solicitudes se presenten en nombre de una persona jurídica, documento acreditativo de la representación de la persona física para actuar en nombre de dicha entidad y copia de los Estatutos.
  • Proyecto detallado de la actividad o actividades para las que se solicita la
  • ayuda, que necesariamente deberá contener:
  • Denominación del proyecto de la actividad.
  • Duración y calendario de la actividad

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura