Convocatoria para dar soporte a proyectos transformadores y de impacto de investigación e innovación biomédica

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES53 - ILLES BALEARS. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, DOCENCIA E INVESTIGACIÓN EN SALUD.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Que el contrato se suscriba por escrito.
  • Que el órgano competente para conceder la subvención autorice previamente la formalización de este contrato.
  • En ningún caso se subcontratarán actividades que, aumentando el coste de la actividad subvencionada, no aporten valor añadido a su contenido.
  • No se subcontratará con las mismas entidades que formen parte del proyecto. En todo caso, se respetarán los límites y las condiciones establecidas en los apartados 3 a 7 del artículo 38 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y el artículo 25 de la Orden 36/2022, de la consejera de Salud y Consumo, por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de investigación e innovación en salud.
  • De acuerdo con el artículo 29.7.d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el beneficiario no podrá concertar la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con el mismo, salvo que se obtenga una autorización previa expresa del órgano concedente y que el importe subvencionable no exceda del coste incurrido por la entidad vinculada. La acreditación del coste se realizará en la justificación en los mismos términos establecidos para la acreditación del gasto del beneficiario. Se considerará que existe vinculación con las personas físicas o jurídicas o agrupaciones sin personalidad cuando se dé alguna de las circunstancias enumeradas a continuación, de acuerdo con el artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
  • Personas físicas unidas por relación conyugal o personas ligadas con análoga relación de afectividad, parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo.
  • Las personas físicas y jurídicas que tengan una relación laboral retribuida mediante pagos periódicos.
  • Ser miembros asociados del beneficiario a que se refiere el apartado 2 y miembros o partícipes de las entidades sin personalidad jurídica a que se refiere el apartado 3 del artículo 11 de la Ley General de Subvenciones.
  • Una sociedad y sus socios mayoritarios o sus consejeros o administradores, así como los cónyuges o personas ligadas con análoga relación de afectividad y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o de afinidad hasta el segundo.
  • Las sociedades que, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, reguladora del Mercado de Valores, reúnan las circunstancias requeridas para formar parte del mismo grupo.
  • Las personas jurídicas o agrupaciones sin personalidad y sus representantes legales, patronos o quienes ejerzan su administración, así como los cónyuges o personas ligadas con análoga relación de afectividad y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o de afinidad hasta el segundo.
  • Las personas jurídicas o agrupaciones sin personalidad y las personas físicas, jurídicas o agrupaciones sin personalidad que, conforme a normas legales, estatutarias o acuerdos contractuales, tengan derecho a participar en más de un 50 por ciento en el beneficio de las primeras. III. Procedimiento de solicitud y de concesión Decimotercero Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento de concesión
  • La Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación es el órgano competente para instruir los procedimientos de concesión de las ayudas de esta convocatoria.
  • El órgano competente para resolver la concesión de las ayudas es la consejera de Salud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.1.a) del Texto Refundido de la Ley de subvenciones y el artículo 9.2 de la Orden 36/2022, de la consejera de Salud y Consumo, por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de investigación e innovación en salud.
  • El órgano competente para la instrucción hará de oficio las actuaciones que estime necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos en virtud de los cuales haya de formularse la propuesta de resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
  • A todos los efectos, y de acuerdo con las normas establecidas para la prevención del fraude, todas las personas que intervengan en el procedimiento de selección de beneficiarios y verificación del cumplimiento de condiciones reforzarán su implicación en este objetivo a través de una declaración de ausencia de conflicto de intereses, y se comprometerán de manera actualizada en el supuesto de que se modifique la situación respecto
  • Aquesta és una còpia autèntica imprimible d'un document electrònic. Podeu comprovar la seva validesa al següent enllaç: https://csv.caib.es/concsvfront/view.xhtml?hash=1d27124b771fdfd499ad48eb67f006ffd997ca2c39b85d077c138c646ba20382 CSV: 1d27124b771fdfd499ad48eb67f006ffd997ca2c39b85d077c138c646ba20382 Pàgina 30/65 Carrer del Calçat, 2 A, 2n 07011 Palma Tel. 971 17 74 00 salut.caib.es 30 a la declaración original, motivo que les impediría participar en el procedimiento. Decimocuarto Plazo de presentación de solicitudes El plazo para presentar las solicitudes de las ayudas es de veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Decimoquinto Presentación de la solicitud y documentación
  • Las entidades interesadas presentarán las solicitudes de forma electrónica mediante el trámite telemático disponible en el procedimiento publicado en la Sede Electrónica de esta Administración (https://www.caib.es/seucaib). No se tendrán por presentadas en el Registro las solicitudes que se presenten por cualquier otra vía telemática diferente de este trámite telemático. Así mismo, en la Sede Electrónica de la Administración se publicará toda la información y los listados relativos a la tramitación del expediente indicados en esta convocatoria.
  • Para participar en esta convocatoria, la entidad solicitante presentará la
  • El formulario de solicitud. Se tiene que seleccionar el formulario de acuerdo si el proyecto es individual, coordinado o multicéntrico, así como identificar el área temática seleccionada para la evaluación del proyecto, cuya relación figura en el anexo 2. El formulario se rellenará de acuerdo

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Investigación, desarrollo e innovación