otorgar ayudas con destino a la realización de campañas de fomento del consumo: Bono Consumo 2026 del municipio de la V…

Título oficial: Convocatoria para otorgar ayudas con destino a la realización de campañas de fomento del consumo: Bono Consumo 2026 del municipio de la Vall de Gallinera.

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VALL DE GALLINERA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 31.187,00 €. Inicio: 01/10/2026. Plazo: Fin: 16/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Documento Nacional de identidad Codi Validació: 7TA3P3MDG4ZC3YFH94KYTPTE5 Verificació: https://valldegallinera.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 12 de 15
  • En el caso de menores de edad, además del DNI del tutor legal beneficiario, algún documento de curso legal que justifique la condición de tutor del menor en el nombre del cual se solicita el bono.
  • El control del límite máximo de la subvención y edad se realizará por el personal del Ayuntamiento mediante la comprobación del DNI, NIE o pasaporte en el momento en que se solicitan los bonos.
  • Los solicitantes que cumplan las condiciones establecidas, podrán obtener 1 bono de 90,00 euros para cada solicitante, el cual se dividirá en 3 bonos de 30,00 euros, para compras iguales o superiores a 30,00 euros, en una primera convocatoria. Si transcurrido el plazo de convocatoria existieron excedente de bonos, la Alcaldía podrá acordar un plazo extraordinario, para solicitar un segundo bono, en aquellos que ya hubieron obtenido uno con anterioridad, o a aquellos que no hubieron obtenido ninguno. En este segundo plazo se atenderá por orden de entrada hasta agotar los 450 bonos emitidos.
  • Los bonos de 90,00 euros se dividirán en 3 fracciones de 30,00 euros cada una, cada fracción tendrá que utilizarse al mismo establecimiento colaborador indicado en cada bono. Por cada fracción del bono utilizado el beneficiario pagará directamente al establecimiento 7,00 €, por cada compra igual a 30,00 euros. Si la compra supera los 30,00 euros, además abonará la diferencia. En todo caso, el importe subvencionado nunca podrá superar los 23,00 euros por cada fracción de 30,00 euros de compra.
  • Cada una de las fracciones que componen el bono tendrá que utilizarse en un establecimiento diferente, en ningún caso se podrá utilizar más de una fracción del bono en el mismo establecimiento adherido a la convocatoria
  • Los bonos podrán solicitarse, de forma presencial, desde el día 1 hasta el día 16 de octubre (ambos incluidos), en las dependencias municipales. No se podrá utilizar ninguno otro mecanismo para solicitar el bono, dado el carácter tangible de este instrumento.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Comercio, Turismo y Pymes