Personas físicasES511 - Barcelona

el otorgamiento de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, con objeto de fomentar actividad · 2026/2027

Título oficial: Convocatoria para el otorgamiento de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, con objeto de fomentar actividades relacionadas con la educación durante el curso 2026/2027.

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ÒDENA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 27.000,00 €. Inicio: 02/11/2026. Plazo: Fin: 30/09/2027.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Los padres/madres o tutores legales con hijos/as o niños a su cargo en edad de escolarización obligatoria deben garantizar la asistencia obligatoria del niño al centro educativo.
  • Estar matriculados en los centros educativos del municipio.
  • No recibir ninguna otra ayuda por la misma finalidad.
  • No estar la familia en procedimiento de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con el Ayuntamiento de Òdena, y estar al corriente del resto de las obligaciones tributarias y de la seguridad social
  • 1.1.- Requisitos específicos para las ayudas destinadas a los gastos de comedor escolar de niños/as matriculados en las guarderías “Els Vailets” y “L'Avió de Paper” durante el curso 2026-2027. En cuanto a esta ayuda, lo podrán solicitar las familias que tengan hijos/as escolarizados en las guarderías “Els Vailets” y “El Avión de papel” durante el curso 2026-2027 y su renta por capitán sea menor al 500,00€ incluido. La renta per cápita de mantenimiento será el resultado de restar a la cantidad de la renta familiar, el importe del alquiler o mensualidad (hipoteca) por la compra de la vivienda, que sea primera vivienda, dividida por el número de miembros que forman parte de la unidad familiar de convivencia. El número de miembros serán los que forman la unidad familiar de convivencia, en el caso de familias monoparentales en el cómputo de número de miembros que forman parte de la unidad familiar de convivencia se sumará 1. No se restará ningún tipo de hipoteca o alquiler que corresponda a una vivienda distinta a la primera vivienda. La ayuda del comedor será para el curso 2026-2027.
  • 2.1.- Requisitos específicos para las ayudas destinadas al transporte escolar no obligatorio en el Institut Escola Castell d'Òdena. En cuanto a esta ayuda sólo lo podrán solicitar las familias empadronadas en el municipio y residentes en el núcleo del Pla d'Òdena o núcleo del Espelt que tengan hijos/as escolarizados en el Instituto Escuela Castillo de Òdena.
  • 2.2.- Documentación específica a aportar para la solicitud de ayuda al transporte escolar no obligatorio en el Institut Escola Castell d'Òdena. Formulario de solicitud se podrá presentar trimestral o anualmente y deberá registrarse presentándolo en el registro general del Ayuntamiento (también se podrá recoger en el ayuntamiento) Fotocopia del documento acreditativo (factura, recibo, etc.) del gasto satisfecho con el coste del transporte. Fotocopia del DNI/NIE/pasaporte de/la solicitante de la ayuda. Certificado de convivencia (original) de la unidad familiar de convivencia librado por el Ayuntamiento. Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria donde debe ingresarse el importe concedido.
  • 3.2.- Documentación específica a aportar para la solicitud de ayuda al transporte escolar del mediodía en el Institut Escola Castell Instancia-formulario de la solicitud. Se podrá recoger en las oficinas del Ayuntamiento. Certificado o documento justificativo emitido por el servicio de Policía Local del Ayuntamiento de Òdena donde figure los kilómetros de desplazamiento entre el centro escolar y el lugar de residencia. Fotocopia del DNI/NIE/pasaporte de/la solicitante de la ayuda. Certificado de convivencia (original)de la unidad familiar de convivencia entregado por el Ayuntamiento
  • Certificado de escolarización en el Instituto Escuela Castillo de Òdena del curso 2026-2027.
  • Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria donde debe ingresarse el importe concedido.
  • 4.1.- Requisitos específicos para la ayuda para transporte escolar de niños/as matriculados en las guarderías “Els Vailets” y “ El Avión de papel” Se establece una beca anual por familia de niño/a escolarizado durante el curso escolar 2026-2027 en las guarderías “Els Vailets” y “El Avión de papel” y que cumplen los siguientes baremos de kilometraje: De2 a 4 km 200,00 € Además de 4 km 250,00 € Plazo de solicitud la ayuda del 8 de enero al 15 de julio de 2027 La beca se satisfará una vez finalizado el curso escolar 2026-2027. Esta ayuda es incompatible con ninguna otra ayuda por la misma finalidad.
  • 4.2.- Documentación específica a aportar por la ayuda de transporte escolar de niños/as matriculados en las guarderías “Els Vailets” y “El Avión de Papel” Instancia-formulario de la solicitud. Se podrá recoger en las oficinas del ayuntamiento. Fotocopia del DNI/NIE/pasaporte de/la solicitante de la ayuda. Certificado de convivencia (original) de la unidad familiar de convivencia librado por el Ayuntamiento. Documento/justificante emitido por los hogares “Els Vailets” y “L'Avió de Paper” con los datos de la matriculación del niño durante el curso escolar 2026-2027 o bien un resguardo de la matrícula. Certificado o documento justificativo emitido por el servicio de Policía Local del Ayuntamiento de Òdena donde figure los kilómetros de desplazamiento entre el centro escolar y el lugar de residencia. Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria donde debe ingresarse el importe concedido.
  • - Tramitación y plazos de presentación: El período de presentación de las solicitudes se iniciará en todo caso una vez publicada la convocatoria de las mismas; será de al menos 15 días naturales y previsiblemente será durante el mes de octubre/noviembre de cada año. Habrá una única convocatoria por curso escolar. Es necesario presentar la solicitud y toda la documentación en el registro de entrada del Ayuntamiento de Òdena. También se podrán presentar en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Las solicitudes presentadas fuera del plazo no serán aceptadas.
  • - Órganos competentes para la instrucción y resolución: Por los Servicios Técnicos de este Ayuntamiento se elaborará el correspondiente informe sobre la adecuación y el cumplimiento de los requisitos en todas y cada una de las solicitudes. Estas solicitudes serán resueltas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno previa propuesta de la Concejala de Educación. Las resoluciones se notificarán de forma individualizada a las familias solicitantes. En caso de resoluciones positivas relativas al transporte escolar, se considerarán notificadas por la percepción del pago. Una vez recibida la resolución de la beca se establece un período de 10 días a partir de la notificación para poder presentar las reclamaciones pertinentes. Las solicitudes desestimadas por falta de documentación no se podrán presentar como reclamaciones . Esta reclamación se formalizará con instancia en el Ayuntamiento.
  • - Bajas, renuncias, traslados y ausencias: Los centros o familias informarán al Ayuntamiento por escrito (instancia municipal) cuando algún alumno/a beneficiario de ayuda cause baja, se traslade de centro, renuncie, o por causa justificada no pueda disfrutar de la ayuda. El Ayuntamiento se reserva el derecho de suspender la ayuda si la familia no hace un uso adecuado de la beca, previa comunicación a la familia y al centro.
  • - Publicidad de las ayudas concedidas. Las ayudas otorgadas al amparo de estas bases serán objeto de publicidad, con indicación de la convocatoria, la aplicación presupuestaria, el/la beneficiario/a, la cantidad concedida, la finalidad, los diferentes proyectos subvencionados y los participantes en cada proyecto o programa, conforme se vayan publicando en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, a través de su envío a la Base de Datos Nacional.
  • - Incompatibilidad. Estas ayudas son incompatibles con las que las familias puedan percibir de los Servicios Sociales, del propio Ayuntamiento o de otros organismos por el mismo concepto. Asimismo, no se concederá ningún tipo de ayuda a las familias que sean deudores a la Hacienda Pública municipal por cualquier concepto.
  • - Distribución de la subvención. El crédito máximo para financiar la totalidad de las subvenciones dependerá de la consignación presupuestaria anualmente prevista. En caso de que el número de peticiones de ayuda supere el crédito disponible, se establece una preferencia a favor de los peticionarios en rentas per cápita de mantenimiento más bajas hasta agotar el crédito máximo previsto.
  • - Seguimiento: Los beneficiarios de las ayudas están obligados a facilitar la información que los órganos de control de la Administración puedan requerirles. El Ayuntamiento de Òdena podrá en todo momento realizar las actuaciones adecuadas para averiguar la veracidad de los datos facilitados por los solicitantes, especialmente las que hagan referencia a la situación económica familiar. En este sentido, podrán consultarse padrones y registros relativos a la titularidad de bienes y la realización de actividades económicas. Igualmente, las ayudas serán retiradas total o parcialmente cuando se detecte que ha habido ocultación o falsedad de los datos solicitados. Odena, 16 de octubre de 2026 El alcalde Jaume Xaus Memorable

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Educación