Personas físicasES523 - Valencia / València

Convocatoria I concurso Arte urbano "Obrim persianes, obrim mirades"

El objeto de esta convocatoria del concurso « Obrim persianes, obrim mirades» es fomentar la creación artística contemporánea, la participación ciudadana y la sensibilización en materia de igualdad mediante la realización de intervenciones de arte urbano en persianas de viviendas particulares del municipio de Xeraco. Esta iniciativa forma parte de las actuaciones impulsadas por la Concejalía de Igualdad para promover la igualdad entre mujeres y hombres a través del arte, como herramienta para la transformación del espacio público, reflexión ciudadana y promoción de los valores democráticos…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE XERACO.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Las obras deberán ser originales e inéditas, no podrán haber sido reproducidas en ningún otro espacio ni vulnerar derechos de propiedad intelectual de terceros. Las intervenciones se adaptarán a las dimensiones de la persiana asignada y respetarán las condiciones técnicas que determine la organización. No se admitirán obras con contenidos discriminatorios, ofensivos, violentos o contrarios a los valores constitucionales, democráticos o de igualdad.
  • Temática La temática de las obras será la igualdad entre mujeres y hombres, entendida como un valor fundamental de una sociedad democrática, inclusiva y respetuosa con los derechos humanos. Las propuestas artísticas deberán promover la reflexión y la sensibilización de la ciudadanía en torno a la igualdad de oportunidades, la corresponsabilidad, la eliminación de los estereotipos de género, la diversidad, la inclusión, el respeto mutuo, el empoderamiento de las mujeres, la prevención de la violencia contra las mujeres y cualquier otro valor que contribuya a construir una sociedad más justa e igualitaria. Las obras deberán transmitir estos valores mediante un lenguaje artístico respetuoso, creativo y accesible al conjunto de la ciudadanía, evitando cualquier contenido discriminatorio, sexista, ofensivo o contrario a los principios de igualdad y convivencia. Codi Validació: 4DP35MKHS7K5RJGR26QP4REEL Verificació: https://xeraco.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 2 de 13
  • Participantes y requisitos Se establece una única categoría. Podrá participar cualquier persona mayor de edad, de manera individual. La convocatoria seleccionará un máximo de diez artistas participantes. Con carácter general, cada artista realizará una única intervención sobre una de las persianas seleccionadas, que será la obra presentada al concurso. Excepcionalmente, en los casos previstos en el apartado 7, una misma persona artista podrá realizar más de una intervención, pero solo una de ellas podrá ser presentada al concurso y optar al premio. Las personas participantes presentarán un boceto de la propuesta artística que pretenden ejecutar. No podrán participar las personas que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Las personas participantes presentarán una declaración responsable acreditativa de esta circunstancia y, con carácter previo a la concesión del premio, deberán acreditar que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
  • Personas propietarias de las viviendas Las personas propietarias que deseen ceder la persiana de su vivienda para la realización
  • de las intervenciones deberán presentar una solicitud que incluya:  Dirección de la vivienda.  Fotografía actual de la persiana.  Dimensiones aproximadas.  Autorización expresa para la realización de la intervención artística. La persiana deberá estar orientada directamente a la vía pública. No podrán presentarse persianas correspondientes a locales comerciales, garajes comerciales u otros inmuebles destinados a actividades económicas, salvo que la organización determine excepcionalmente su admisión por razones de interés o adecuación al desarrollo del concurso.
  • Las personas interesadas presentarán:  Solicitud de participación.  Boceto en color de la propuesta.  Memoria explicativa del proyecto.  Relación del material y del tipo de pintura necesarios para la ejecución de la obra, con indicación aproximada de las cantidades requeridas. Codi Validació: 4DP35MKHS7K5RJGR26QP4REEL Verificació: https://xeraco.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 3 de 13
  • Las solicitudes se presentarán a través del Registro General o de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Xeraco. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día 4 de septiembre de 2026 , ambos incluidos, de acuerdo con lo que establece la presente convocatoria. Las solicitudes presentadas fuera de este plazo no serán admitidas, salvo que concurran las circunstancias previstas en la normativa vigente.
  • Criterios de valoración Las obras realizadas en el marco del concurso serán valoradas por el jurado de acuerdo con
  • Composición del jurado El jurado estará formado por personas designadas por el Ayuntamiento de Xeraco con conocimientos o experiencia en los ámbitos del arte, la cultura y la igualdad. Su composición se hará pública antes de la resolución del concurso. El jurado valorará las intervenciones artísticas realizadas de acuerdo con los criterios establecidos en estas bases y propondrá la obra ganadora del premio.
  • Premio Se establece un único premio de 800,00 euros y diploma acreditativo para la mejor intervención artística realizada en el marco de esta convocatoria. El importe del premio irá con cargo a la aplicación presupuestaria que se determine en la correspondiente convocatoria del Ayuntamiento de Xeraco. El premio estará sujeto a la normativa fiscal vigente y, si procede, se le practicarán las retenciones legalmente establecidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • (IRPF). El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por la persona premiada, una vez dictada la resolución de concesión. Con carácter previo a la concesión del premio, la persona beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Xeraco, así como no ser deudora por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones, de acuerdo con la normativa vigente. De conformidad con el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el premio no requerirá una justificación posterior por responder su concesión a la concurrencia de una determinada situación en la persona beneficiaria. El jurado podrá declarar desierto el premio cuando considere que ninguna de las obras presentadas reúne la calidad artística suficiente o no se ajusta a la temática o a los requisitos establecidos en estas bases.
  • Las personas propietarias podrán repintar, sustituir o retirar la intervención artística en cualquier momento, sin que esto genere ningún derecho a indemnización a favor de la persona autora de la obra. Las personas artistas se comprometen a ejecutar fielmente el proyecto seleccionado, salvo las modificaciones autorizadas expresamente por la organización. Los artistas y las artistas deberán indicar en su solicitud el tipo de pintura y las cantidades aproximadas necesarias para la ejecución de la obra. El Ayuntamiento de Xeraco facilitará la pintura necesaria para la ejecución de las intervenciones, de acuerdo con las necesidades indicadas por las personas participantes. Las herramientas y el resto de materiales necesarios serán aportados por cada artista, salvo que la organización determine otra cosa. Las personas participantes autorizan al Ayuntamiento de Xeraco a fotografiar, reproducir y difundir las obras realizadas en cualquier soporte de comunicación institucional, con finalidades exclusivamente culturales, educativas o de promoción de la actividad, sin ánimo de lucro y haciendo constar, siempre que sea posible, la autoría de la obra.
  • Aceptación de las bases La participación en esta convocatoria implica la aceptación íntegra de las presentes bases. La Concejalía de Igualdad del Ayuntamiento de Xeraco se reserva la facultad de interpretar estas bases y de resolver cualquier incidencia no prevista, adoptando las medidas necesarias para el correcto desarrollo del concurso. Codi Validació: 4DP35MKHS7K5RJGR26QP4REEL Verificació: https://xeraco.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 6 de 13
  • Règim jurídic La present convocatòria del Concurs per a la decoració de persianes de cases particulars del municipi de Xeraco, organitzada per la Regidoria d’Igualtat de l'Ajuntament de Xeraco, es regirà pel que disposa la Llei 38/2003, de 17 de novembre, General de Subvencions; el seu Reglament, aprovat pel Reial decret 887/2006, de 21 de juliol; les Bases d'Execució del Pressupost Municipal vigent; la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques; així com per la resta de normativa que resulte aplicable. La concessió del premi s'efectuarà en règim de concurrència competitiva.
  • Objecte L'objecte d'aquesta convocatòria del concurs «Obrim persianes, obrim mirades» és fomentar la creació artística contemporània, la participació ciutadana i la sensibilització en matèria d'igualtat mitjançant la realització d'intervencions d'art urbà en persianes de vivendes particulars del municipi de Xeraco. Aquesta iniciativa forma part de les actuacions impulsades per la Regidoria d’Igualtat per promoure la igualtat entre dones i homes a través de l'art com a eina de transformació de l'espai públic, reflexió ciutadana i promoció dels valors democràtics. Les intervencions es realitzaran exclusivament sobre persianes de vivendes particulars visibles des de la via pública. Queden excloses les persianes de locals comercials, establiments o qualsevol immoble destinat a activitats econòmiques.
  • Requisits de les obres Les obres hauran de ser originals i inèdites, no podran haver estat reproduïdes en cap altre espai ni vulnerar drets de propietat intel·lectual de tercers. Les intervencions s'adaptaran a les dimensions de la persiana assignada i respectaran les condicions tècniques que determine l'organització. No s'admetran obres amb continguts discriminatoris, ofensius, violents o contraris als valors constitucionals, democràtics o d'igualtat.
  • Temàtica La temàtica de les obres serà la igualtat entre dones i homes , entesa com un valor fonamental d'una societat democràtica, inclusiva i respectuosa amb els drets humans. Les propostes artístiques hauran de promoure la reflexió i la sensibilització de la ciutadania al voltant de la igualtat d'oportunitats, la corresponsabilitat, l'eliminació dels estereotips de gènere, la diversitat, la inclusió, el respecte mutu, l'empoderament de les dones, la prevenció de la violència contra les dones i qualsevol altre valor que contribuïsca a construir una societat més justa i igualitària. Les obres hauran de transmetre aquests valors mitjançant un llenguatge artístic respectuós, creatiu i accessible al conjunt de la ciutadania, evitant qualsevol contingut discriminatori, sexista, ofensiu o contrari als principis d'igualtat i convivència. El jurat valorarà especialment la capacitat de les propostes per comunicar el missatge de manera original, positiva i integrada en l'entorn urbà.
  • Participants i requisits S'estableix una única categoria. Podrà participar qualsevol persona major d'edat, de manera individual. Codi Validació: 4DP35MKHS7K5RJGR26QP4REEL Verificació: https://xeraco.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 8 de 13
  • La convocatòria seleccionarà un màxim de deu artistes participants. Amb caràcter general, cada artista realitzarà una única intervenció sobre una de les persianes seleccionades, que serà l'obra presentada al concurs. Excepcionalment, en els casos previstos en l'apartat 7, una mateixa persona artista podrà realitzar més d'una intervenció, però només una d'elles podrà ser presentada al concurs i optar al premi. Les persones participants presentaran un esbós de la proposta artística que pretenen executar. No podran participar les persones que es troben incurses en alguna de les prohibicions previstes en l'article 13 de la Llei General de Subvencions. Les persones participants presentaran una declaració responsable acreditativa d'aquesta circumstància i, amb caràcter previ a la concessió del premi, hauran d'acreditar que es troben al corrent de les seues obligacions tributàries i davant la Seguretat Social.
  • Persones propietàries de les vivendes Les persones propietàries que desitgen cedir la persiana de la seua vivenda per a la

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de esta convocatoria del concurso « Obrim persianes, obrim mirades» es fomentar la creación artística contemporánea, la participación ciudadana y la sensibilización en materia de igualdad mediante la realización de intervenciones de arte urbano en persianas de viviendas particulares del municipio de Xeraco. Esta iniciativa forma parte de las actuaciones impulsadas por la Concejalía de Igualdad para promover la igualdad entre mujeres y hombres a través del arte, como herramienta para la transformación del espacio público, reflexión ciudadana y promoción de los valores democráticos. Las intervenciones se realizarán exclusivamente sobre persianas de viviendas particulares visibles desde la vía pública. Quedan excluidas las persianas de locales comerciales, establecimientos o cualquier inmueble destinado a actividades económicas.