CONVOCATORIA FORMALIZACIÓN CONVENIOS DE COLABORACIÓN DE ESCOLARIZACIÓN DE NIÑOS EMPADRONADOS A CERDANYOLA DEL VALLÈS DE 0 A 3 AÑOS, DIRIGIDA A JARDINES DE INFANCIA PRIVADOS DE LA CIUDAD. AÑO 2026

El objeto de esta convocatoria es regular el procedimiento para la futura formalización de convenios de colaboración de escolarización de niños empadronados en Cerdanyola del Vallès de 0 a 3 años dirigida a las guarderías privadas de la ciudad. Las bases reguladoras de la convocatoria se aprueban conjuntamente con esta y se incorporan como Anexo 1, formando parte integrante de la misma.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CERDANYOLA DEL VALLÈS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    Las personas beneficiarias deberán justificar el destino de los fondos recibidos de acuerdo con los requisitos, plazos y medios previstos en las bases reguladoras.
  • justification
    Publicidad Esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
  • justification
    Régimen jurídico En todo lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo establecido en las bases reguladoras incorporadas como Anexo 1, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su reglamento de desarrollo, la normativa de régimen local y el resto de la normativa aplicable.
  • La guardería debe estar autorizada e inscrita en el Departamento de Educación y Formación Profesional de la Generalitat de Cataluña y disponer del número de código de centro. También deberá disponer de licencia municipal de actividades.
  • Garantizar mediante declaración responsable de la persona titular de la guardería,
  • b.1) No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para obtener subvenciones ni a los de contratar con el sector público, de conformidad con la normativa reguladora de subvenciones de la administración pública (art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones) y con la de contratos del sector público.
  • b.2) Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, el resto de administraciones y con la seguridad social, así como de las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.
  • b.3) Que dispone de acreditación de que todas las personas que se adscriben o se adscribirán a la ejecución del servicio no han sido condenadas por sentencia firme por algún delito de los establecidos en la Ley 26/2015, de 28 de julio, publicada en el BOE en fecha 29/07/2015, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia. La guardería presentará una declaración responsable con el formulario de solicitud y aportará los certificados previamente a la firma del convenio. La entidad solicitante debe cumplir los requisitos de estas bases reguladoras, así como cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarle. El cumplimiento de estos requisitos y condiciones se acredita mediante las declaraciones responsables que contiene la solicitud, que también incorporarán la autorización expresa para consultar datos tributarios y de la seguridad social. El Ayuntamiento verificará los datos y la licencia de actividad.
  • Acreditación de cumplimiento de los requisitos En lo que respecta a los requisitos, estos se acreditarán con la presentación de la
  • Documento de identidad de la persona solicitante
  • Documentación que acredite la personalidad jurídica de la entidad, inscrita en el
  • Copia de los estatuts vigentes de la sociedad o entidad, debidamente inscritos en el registro correspondiente.
  • Fotocopia del NIF de la entidad o sociedad.
  • Documentación que acredite la representación que ostenta la persona de la solicitud y copia de su DNI.
  • Documentación acreditativa de la representación con la que se actúa, debidamente inscrita en el registro correspondiente, en su caso, si se realiza en nombre de un tercero
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos indicados en la base 3.
  • documentation
    Instrucción del expediente
  • documentation
    de las cuotas mensuales y serán imputadas y abonadas por las familias con niños matriculados en plazas conveniadas. Las familias de niños matriculados en I2 (2 a 3 años) no aportarán ninguna cuota correspondiente al servicio de escolarización básica, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional decimoséptima de la Ley 2/2021 de diciembre de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público.
  • documentation
    Aceptación de la subvención Una vez notificada la concesión de la subvención, se entenderá aceptada tácitamente por parte de las beneficiarias.
  • documentation
    Formalización del convenio Una vez resuelta la convocatoria, en el plazo máximo de 10 días se aprobarán los convenios por el órgano municipal competente, aprobando también el gasto correspondiente. Una vez aprobado, se notificará a las guarderías, que tendrán un plazo máximo de 10 días para hacer efectiva su firma del Convenio. En el convenio formalizado con cada guardería constará el número de plazas escolares conveniadas de cada uno de los niveles educativos (I0, I1 e I2). El convenio establecerá los mecanismos de colaboración entre las guarderías y el Ayuntamiento para conseguir el objetivo de satisfacer el interés general de la ciudad promoviendo la educación de los niños y las niñas entre los 0 y los 3 años de edad, que

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables y no subvencionables · eligible
    Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan al objeto de la
  • Gastos subvencionables y no subvencionables · eligible
    Gastos derivados de la escolarización durante 5 horas diarias, de 9 h a 12 h y de 15 h a 17 h, de lunes a viernes, y para el periodo de 11 meses anuales, siguiendo el curso escolar de septiembre a julio. El mes de agosto no está incluido.
  • Gastos subvencionables y no subvencionables · ineligible
    Gastos derivados de las actividades educativas propias del ciclo, según el Decreto 21/2023, de 7 de febrero, de ordenación de las enseñanzas de la educación infantil. No se consideran subvencionables los siguientes gastos, que en todo caso serán
  • Gastos subvencionables y no subvencionables · eligible
    Gastos derivados de la prestación de servicios opcionales por la guardería y que sean de uso voluntario para las familias, las cuales deberán asumir su coste.
  • Gastos subvencionables y no subvencionables · eligible
    Gastos derivados de la compra de materiales didácticos, de otros conceptos de uso cotidiano y el optativo equipo de ropa inicial (bata y mochila).
  • Gastos subvencionables y no subvencionables · eligible
    Gastos derivados de las salidas o actividades o servicios complementarios que la guardería incluya en su Plan General Anual de Centro.
  • Gastos subvencionables y no subvencionables · eligible
    Inicio del procedimiento: aprobación de las bases específicas y convocatoria El procedimiento para la futura formalización de convenios de colaboración que regulen el régimen jurídico y económico de las subvenciones otorgadas se iniciará de oficio, mediante la aprobación de las bases específicas y convocatoria pública por el órgano municipal competente. Las bases específicas se harán públicas a través del tablón de edictos, de la web municipal y del Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona. El extracto de la convocatoria se trasladará a la BDNS para su publicación en el BOP de Barcelona.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de esta convocatoria es regular el procedimiento para la futura formalización de convenios de colaboración de escolarización de niños empadronados en Cerdanyola del Vallès de 0 a 3 años dirigida a las guarderías privadas de la ciudad. Las bases reguladoras de la convocatoria se aprueban conjuntamente con esta y se incorporan como Anexo 1, formando parte integrante de la misma.