CONVOCATORIA EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES RUTAS DEL VINO DE · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES RUTAS DEL VINO DE LA PROVINCIA DE ZAMORA. AÑO 2026

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES419 - Zamora. La gestiona PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE ZAMORA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 160.000,00 €. Inicio: 24/09/2026. Plazo: Fin: 15/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que engloben territorios (todo o parte de ellos) de las diferentes Denominaciones de Origen del Vino existentes en la provincia de Zamora.
  • Que participen en las campañas de promoción de enoturismo ejecutadas por el Patronato de Turismo de Zamora.
  • Que sean Rutas certificadas como Rutas del Vino de España, o que estén en trámites para solicitar o conseguir la certificación del club de producto regulado por ACEVIN y la Secretaria de Estado de Turismo.
  • Que realicen las actividades subvencionadas en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas personas o asociaciones en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del
  • Cumplir el objetivo y realizar las actividades que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el Patronato Provincial de Turismo de Zamora la realización de la actividad, así como el cumplimiento de los otros requisitos y condiciones que determinan la concesión o disfrute de la subvención.
  • El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Patronato Provincial de Turismo de Zamora, en su caso y las de control financiero que correspondan a la Intervención Provincial en relación con las ayudas y subvenciones concedidas.
  • Comunicar al Patronato Provincial de Turismo de Zamora, en su caso, la solicitud y la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes Públicos nacionales o internacionales.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de 4
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actividad que sea objeto de subvención, en todas aquellas acciones de promoción, publicidad y divulgación que se realicen desde la entidad local y que sean subvencionadas por el Patronato Provincial de Turismo en cualquier medio y soporte, impreso y/o digital, debiendo hacerse constar la colaboración del Patronato Provincial de Turismo y su logotipo.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos de conformidad con lo previsto en la Base Décimotercera.
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • - Las solicitudes, que se formalizarán mediante instancia dirigida a la Ilmo. Sr. Presidente del Patronato Provincial de Turismo de Zamora, deberán ajustarse al modelo que aparece como Anexo I de las presentes bases debiendo contener, en todo caso, los extremos recogidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 5
  • - El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días (15) contados a partir del siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • - Las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de las vías previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, las solicitudes deberán presentarse por vía electrónica en el caso de aquellas personas que estén obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 2 y 3 de la art 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tales efectos, dentro del catálogo de trámites electrónicos dispuestos en la Sede Electrónica del Patronato Provincial de Turismo de Zamora (http://patronatoturismozamorasedelectronica.es.) figura un formulario electrónico para el actual procedimiento. El certificado electrónico con el que se realice la presentación de la solicitud deberá corresponder al solicitante de la ayuda o a su representante (el cual, en su caso, deberá acreditar poder adecuado y suficiente para tal representación).
  • - Se deberá aportar junto a la solicitud, conforme al modelo en Anexo I, la siguiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, sin perjuicio de la posibilidad de requerir la exhibición del documento original, de conformidad con los dispuesto en el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
  • Acreditación de la capacidad de obrar del beneficiario y, en su caso, de la representación con la que se actúa. La capacidad de obrar de los solicitantes que fueren personas jurídicas se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Si el solicitante es persona física, acompañará el Documento Nacional de Identidad.
  • Declaración de otras ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad y, en su caso, cuantía concedida. (ANEXO II). Este anexo se encuentra en los formularios en materia de subvenciones incluidos en la Sede Electrónica del Patronato Provincial de Turismo de Zamora (http://patronatoturismozamorasedelectronica.es.)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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